RESOLUCION N° 112-2015-CG - Aprueban la Directiva N° 003-2015-CG/GPROD “Emisión del Informe Previo establecido por el literal l) del artículo 22° de la Ley N° 27785”

Fecha de publicación25 Febrero 2015
Fecha de disposición25 Febrero 2015
El Peruano
Miércoles 25 de febrero de 2015 547367
Reconocen y felicitan a Administrador
de la Corte Superior de Justicia de
Loreto por su desempeño
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N°1559-2014-PJ/CSJLO-P
Iquitos, doce de diciembre de dos mil catorce.
VISTO:
El escrito presentado por el Ing. Alejandro Augusto
Cedeño Monrroy, de fecha 05 de diciembre de 2014,
mediante el cual presenta su renuncia al cargo de
Administrador de la Corte Superior de Justicia de Loreto;
y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18° de la Ley N°28175 - Ley Marco
del Empleo Público, señala que: “El desempeño
excepcional de un empleado origina el otorgamiento de
especial reconocimiento que deberá enmarcarse en las
siguientes condiciones: a) lograr resultados ef‌i cientes
en el servicio que presta a la población; b) constituir
modelo de conducta para el conjunto de empleados;
c) promover valores sociales; d) promover benef‌i cios a
favor de la entidad; e) mejorar la imagen de la entidad
frente a la colectividad”;
Que, es política de la Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Loreto emitir reconocimiento a los jueces y
personal de su circunscripción que realizan destacadas
labores en el desempeño de sus funciones, así como
de funcionarios del Poder Judicial que coadyuvan a la
gestión del buen funcionamiento del Sistema de Justicia a
favor de los justiciables;
Que, el referido funcionario, durante sus tres años
y siete meses de servicios prestados en este Distrito
Judicial, con una gestión ef‌i ciente y ef‌i caz, ha contribuido
al logro de las metas trazadas por esta Presidencia
durante el periodo 2013-2014, lo que ha posibilitado
obtener logros tangibles para la institución como es
la construcción del nuevo local del Módulo Penal, la
implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo,
el Servicio de Orientación al Adolescente (SOA), entre
otros; denotando dedicación, ef‌i ciencia, y compromiso
en las labores desempeñadas; por lo que debe
expedirse la resolución de felicitación y reconocimiento
respectivo para el mencionado funcionario, instándole
a continuar con esa práctica que constituye un modelo
de conducta para el conjunto de empleados y que
promueve benef‌i cios a favor de! Poder Judicial;
En uso de las atribuciones conferidas por los incisos
3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Primero.- RECONOCER Y FELICITAR al Señor
Ing. ALEJANDRO AUGUSTO CEDEÑO MONRROY
- Gerente Público, como Administrador de la Corte
Superior de Justicia de Loreto, por haber contribuido,
con una gestión ef‌i ciente y ef‌i caz, para el logro de las
metas trazadas por esta Presidencia durante el periodo
2013-2014.
Segundo.- COMUNICAR la presente resolución a!
Presidente del Poder Judicial, a la Gerencia General del
Poder Judicial, a la Autoridad Nacional del Servicio Civil
- SERVIR y al interesado, para los f‌i nes pertinentes; y, a
la Of‌i cina de Administración para que se agregue al f‌i le
personal del mencionado funcionario.
Regístrese y comuníquese.
WILBERT MERCADO ARBIETO
Presidente
1203735-1
ORGANOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Aprueban la Directiva Nº 003-2015-CG/
GPROD “Emisión del Informe Previo
establecido por el literal l) del artículo
22° de la Ley Nº 27785”
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 112-2015-CG
Lima, 24 de febrero de 2015
VISTO, la Hoja Informativa N° 00002-2015-CG/
GPROD del Departamento de Gestión de Productos
que recomienda la aprobación del proyecto de Directiva
“Emisión del Informe Previo establecido por el literal l) del
artículo 22° de la Ley N° 27785”;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
82° de la Constitución Política del Perú, la Contraloría
General de la República goza de autonomía conforme
a su Ley Orgánica y tiene como atribución supervisar la
legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de
las operaciones de la deuda pública y de los actos de las
instituciones sujetas a control;
Que, conforme a lo dispuesto por los literales l) e y)
del artículo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General
de la República, es atribución de la Contraloría General
informar previamente sobre las operaciones, f‌i anzas,
avales u otras garantías que otorgue el Estado, inclusive
los proyectos de contratos, que en cualquier forma
comprometa su crédito o capacidad f‌i nanciera, sea que se
trate de negociaciones en el país o en el exterior, así como
regular el procedimiento, requisitos, plazos y excepciones
para el ejercicio del control previo externo aludido;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 052-
2010-CG se aprobó el “Reglamento para la emisión del
Informe Previo establecido por el literal l) del artículo 22°
de la Ley N° 27785”, cuyo objeto es establecer un marco
normativo que regule el trámite al que deben someterse
las solicitudes de emisión del Informe Previo que se
presenten ante la Contraloría General de la República, en
el caso de operaciones que comprometan el crédito o la
capacidad f‌i nanciera del Estado a que se ref‌i ere el literal
l) del artículo mencionado;
Que, mediante el documento de visto, el Departamento
de Gestión de Productos propone la aprobación del
proyecto de Directiva denominada “Emisión del Informe
Previo establecido por el literal l) del artículo 22° de la
Ley N° 27785”, indicando que resulta necesario adecuar
el actual dispositivo normativo al marco legal vigente,
precisando los alcances, las operaciones materia del
Informe Previo y sus excepciones; así como los plazos
y requisitos que deberán acreditar ante el Organismo
Superior de Control, el Gobierno Nacional, los Gobiernos
Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades, para la
obtención del referido Informe Previo;
En uso de las facultades previstas en el artículo 32° de
la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 003-2015-
CG/GPROD “Emisión del Informe Previo establecido por
el literal l) del artículo 22° de la Ley N° 27785”, la misma
que en anexo forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- La Directiva “Emisión del Informe
Previo establecido por el literal l) del artículo 22° de la
Ley N° 27785”, entrará en vigencia a partir del día hábil
siguiente a la publicación de la presente Resolución en el
diario of‌i cial El Peruano.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de
Contraloría N° 052-2010-CG que aprobó el “Reglamento
para la emisión del Informe Previo establecido por

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