RESOLUCION N° 110-2014-SERFOR-DE - Designan fedatarios del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR

Fecha de disposición09 Enero 2015
Fecha de publicación09 Enero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 9 de enero de 2015 544223
Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el
citado documento de gestión, en tanto se establece las
actividades y responsabilidades de cada uno de los órganos
y unidades orgánicas de la Entidad, en concordancia con
los objetivos institucionales, determinándose el desarrollo
de la gestión bajo el enfoque por resultados; debiéndose
publicar el texto de la resolución que así lo apruebe en
el Diario Of‌i cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en
el numeral 3) del artículo 10 del Decreto Supremo N°
001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones
relativas a la publicidad, publicación de Proyectos
Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter
General;
De conformidad con lo dispuesto por el literal e) del
numeral 4.1 del artículo 4 y el literal c) del artículo 8 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 008-2014-MINAGRI; así como por el Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 997,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Agricultura, modif‌i cado por
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional
(POI) del Ministerio de Agricultura y Riego para el Año
Fiscal 2015, cuyo texto en Anexo forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- El cumplimiento de la ejecución,
seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional
(POI) del Ministerio de Agricultura y Riego, para el Año
Fiscal 2015, es de responsabilidad de los órganos,
unidades orgánicas, programas y proyectos del Ministerio
de Agricultura y Riego, en el ámbito de su competencia,
con la f‌i nalidad de alcanzar los objetivos sectoriales.
Artículo 3º.- La Of‌i cina General de Planeamiento
y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego,
presentará al Ministro de Agricultura y Riego un informe
trimestral, respecto al seguimiento de los avances de la
implementación del Plan Operativo Institucional (POI) del
Ministerio de Agricultura y Riego, para el Año Fiscal 2015;
sin perjuicio de atender el requerimiento de informe que le
solicite la Alta Dirección del MINAGRI.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano; y en la misma
fecha, conjuntamente con el Anexo que forma parte
de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de
Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal
del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1185856-1
Designan fedatarios del Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
- SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 110-2014-SERFOR-DE
Lima, 29 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna
Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna
Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico
especializado con personería jurídica de derecho público
interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio
de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el artículo 127° de la Ley N° 27444 Ley del
Procedimiento Administrativo General, establece el
régimen de fedatarios, señalando en su numeral 1 que
cada entidad debe designar fedatarios institucionales
adscritos a su unidad de recepción documental, en
número proporcional a sus necesidades de atención,
quienes sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan
gratuitamente sus servicios a los administrados;
Que, el numeral 2 del mencionado artículo precisa que
el fedatario tiene como labor personalísima comprobar
y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe
el administrado y la copia presentada, la f‌i delidad
del contenido de esta última para su empleo en los
procedimientos de la entidad, cuando en la actuación
sea exigida la agregación de los documentos o el
administrado desee agregarlos como prueba. También
pueden, a pedido de los administrados, certif‌i car f‌i rmas
previa verif‌i cación de la identidad del suscriptor, para las
actuaciones administrativas que sean necesarias;
Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 08-
2014-SERFOR-DE, se designaron a los fedatarios de
SERFOR, sin embargo, por necesidad institucional, se
ha considerado pertinente adicionar profesionales que
ejercerán las funciones de fedatario del Servicio Nacional
Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR; en los términos
señalados en la citada resolución; y,
De conformidad con lo establecido en el artículo 127°
de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General y el Reglamento de Organización y Funciones del
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Incorporar a partir de la fecha como
fedatarios del Servicio Nacional Forestal y de Fauna
Silvestre - SERFOR, a los (as) siguientes profesionales:
• Ing. Maximiliano Reynaga Rivas
• Abog. Jessica Violeta Oblitas Méndez de Díaz
• Abog. Kirla Echegaray Alfaro
• Abog. Patricia Herminia Espejo Urioste
• Ing. Piero Petrodi Del Pozo Cavero
Artículo 2°.- Los Fedatarios designados desempeñarán
sus funciones en forma Ad-honorem y el servicio que
brinden será absolutamente gratuito.
Artículo 3°.- Los citados Fedatarios quedan obligados
a llevar un Registro de los actos que autentiquen y de
las certif‌i caciones que realicen en el ejercicio de sus
funciones.
Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución de
Dirección Ejecutiva en el Portal Institucional del Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.
pe) SERFOR.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Directora Ejecutiva (e)
Servicio Nacional Forestal y de
Fauna Silvestre
1186045-1
AMBIENTE
Aprueban el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) del
Instituto Geofísico del Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 001-2015-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 136 se crea el
Instituto Geofísico del Perú (IGP) como Organismo Público
Descentralizado del Sector Educación, cuya f‌i nalidad es
la investigación científ‌i ca, la enseñanza, la capacitación,

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