RESOLUCION N° 094-2014-BCRP - Aprueban medidas de austeridad en el BCRP, para el ejercicio 2015

EmisorBANCO CENTRAL DE RESERVA
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2014
El Peruano
Domingo 28 de diciembre de 2014
541816
Que, ante el incremento de actividades relacionadas
con la minería ilegal, lavado de activos, extorsión con
empleo de sicarios, trá co ilícito de migrantes, contrabando
y comercialización ilícita de bienes del patrimonio cultural
de la Nación, trata de personas y, en general, el crimen
organizado dentro del territorio nacional, lo cual amerita
incrementar la capacidad operativa de las autoridades
migratorias y reforzar el marco legal relacionado con la
seguridad nacional y el orden interno;
Que, en este sentido, a n de fortalecer el control
migratorio en la zona fronteriza con Ecuador y reducir
el ujo de migración irregular, especí camente en el
Departamento de Tumbes por donde se produce la mayor
cantidad de ingresos irregulares al territorio peruano
por parte de extranjeros que no efectúan el control
migratorio correspondiente, se ha visto la necesidad de
crear un Puesto de Veri cación Migratoria en la localidad
de Carpitas, Distrito de Canoas Punta Sal, Provincia de
Contralmirante Villar, Departamento de Tumbes, el mismo
que dependerá de la Jefatura Zonal de Tumbes;
Que, de acuerdo a lo expuesto el Puesto de
Veri cación Migratoria de Carpitas tendrá como principal
función corroborar que los extranjeros que ingresaron
al territorio peruano por la ciudad de Aguas Verdes -
Tumbes, hayan efectuado el control migratorio de ingreso
ante la autoridad competente a través de cualquier Puesto
de Control Fronterizo;
Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 580-
2014-MIGRACIONES-AJ emitido por la O cina General
de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de
Migraciones - MIGRACIONES; y,
De conformidad a lo dispuesto en la Ley de Extranjería
N° 703 y modi catoria por Decreto Legislativo N° 1043; el
Decreto Legislativo N° 1130 que crea la Superintendencia
Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; el Reglamento
de Organización y Funciones de la Superintendencia
Nacional de Migraciones aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-2013-IN, modi cado por Decreto Supremo N° 008-
2014-IN y la Resolución Suprema Nº 135-2014-IN;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CRÉASE el Puesto de Veri cación
Migratoria Carpitas, en la localidad de Carpitas, Distrito
de Canoas Punta Sal, Provincia de Contralmirante Villar,
Departamento de Tumbes, que estará a cargo de la
Jefatura Zonal de Tumbes de la Superintendencia Nacional
de Migraciones - MIGRACIONES, por los fundamentos
expuestos en la presente resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que la O cina
General de Planeamiento y Presupuesto formule la
directiva correspondiente en un plazo no mayor de treinta
(30) días a n de establecer las funciones especí cas
que se realizarán en el Puesto de Veri cación Migratoria
Carpitas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDWIN RAMÓN PALOMINO VEGA
Superintendente Nacional
1182020-1
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Aprueban medidas de austeridad en el
BCRP, para el ejercicio 2015
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
Nº 094-2014-BCRP
Lima, 22 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo a lo normado por los artículos 84º y 86º de
la Constitución Política, el Banco Central de Reserva del
Perú (BCRP) es una persona jurídica de derecho público
con autonomía dentro de su Ley Orgánica, gobernado
por un Directorio de siete miembros, cuya nalidad es
preservar la estabilidad monetaria;
Según el artículo 3 de su Ley Orgánica, el BCRP,
en el ejercicio de su autonomía en el cumplimiento de
su nalidad y funciones, se rige exclusivamente por las
normas de dicha Ley y su Estatuto;
Por otra parte, el literal ñ) del artículo 24 de la Ley
Orgánica del BCRP dispone que le corresponde al
Directorio aprobar, modi car y supervisar su presupuesto
anual;
Asimismo, el artículo 86 de la Ley Orgánica establece
que el BCRP cuenta con autonomía presupuestal.
Este es responsable de la programación, formulación,
aprobación, ejecución, ampliación, modi cación y control
del presupuesto institucional;
En concordancia con lo anterior, la Décima Disposición
Final de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional del Presupuesto, señala que el BCRP rige su
proceso presupuestario de conformidad con su Ley
Orgánica, en el marco de lo dispuesto por el artículo 84º
En esa misma línea, el literal b) de la Primera
Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº
30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2015, señala que para el caso del BCRP las
disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el
gasto público y de ingresos de personal a aplicarse en
el año 2015 son aprobadas y dictadas mediante acuerdo
de su Directorio y deben publicarse en el diario o cial El
Peruano;
El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú,
en concordancia con la Constitución y la Ley, en ejercicio
de la autonomía que éstas le otorgan, ha dispuesto
mantener una política de austeridad en el gasto, que a su
vez coadyuve a las mejoras en la e ciencia y procesos de
la institución.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las medidas de austeridad
siguientes, que serán de aplicación para el ejercicio
2015:
a. Establecer 931 plazas permanentes para el Cuadro
de Asignación de Personal del Banco para el período
enero - diciembre 2015.
b. La contratación de nuevo personal se realizará
mediante concurso público, lo que incluye a los
cursos de extensión universitaria de Economía y de
Finanzas.
c. Los concursos públicos para la contratación de
personal y la convocatoria y selección de practicantes se
publicarán en el Portal Institucional.
d. El monto para la contratación por locación de
servicios que se celebre con personas naturales de
manera directa o indirecta no sobrepasará la remuneración
máxima del puesto de gerente del Banco por el tiempo de
contratación. Las excepciones a este tope son aprobadas
por el Gerente General.
e. No están autorizados los gastos de publicidad, salvo
los requeridos por las normas legales y los vinculados al
ejercicio de las funciones que la Constitución Política le
asigna al Banco.
f. Los viajes que se autorizan en el Banco se realizarán
en categoría económica, pudiendo exceptuarse los casos
previstos para el sector público.
g. La Gerencia General emitirá una norma interna con
disposiciones de austeridad adicionales.
Artículo 2.- La presente Resolución de Directorio rige
a partir del 1 de enero del 2015.
Artículo 3.- La Resolución de Directorio Nº 089-
2013-PRE000 regirá hasta el 31 de diciembre del
2014.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1181472-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR