RESOLUCION N° 057-2015-BCRP-N - Autorizan viaje de funcionario a Alemania, en comisión de servicios

Fecha de disposición05 Septiembre 2015
Fecha de publicación05 Septiembre 2015
560784 NORMAS LEGALES Sábado 5 de setiembre de 2015 /
El Peruano
DICE:
(...) BENAJMIN ISRAEL MORON DOMINGUEZ
DEBE DECIR:
(...) BENJAMIN ISRAEL MORON DOMINGUEZ
1283767-1
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a Alemania,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
Nº 057-2015-BCRP-N
Lima, 13 de agosto de 2015
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido una invitación del Deutsche Bundesbank
para participar en el curso sobre ”Implementación de
Política Monetaria”, que se realizará del 21 al 25 de
setiembre de 2015 en la ciudad de Frankfurt, Alemania;
Es política del Banco Central de Reserva del Perú
mantener actualizado a su personal en aspectos
fundamentales relacionados con su f‌i nalidad y funciones;
La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad
Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la
consecución de la estabilidad monetaria mediante la
ejecución de la política monetaria, la evaluación del
sistema f‌i nanciero, la vigilancia del funcionamiento de los
mercados monetarios y cambiarios y proponer medidas
que permitan mejorar su ef‌i ciencia;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,
su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y
sus normas modif‌i catorias y, estando a lo acordado por el
Directorio en su sesión de 11 de junio de 2015.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor
Diego Chávez Guevara, Especialista en Análisis Táctico
de Operaciones Monetarias y Cambiarias, a la ciudad de
Frankfurt, Alemania, del 21 al 25 de setiembre de 2015 y el
pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora,
a f‌i n de que intervenga en el certamen indicado en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será
como sigue:
Pasaje US$ 1720,52
Viáticos US$ 500,00
TOTAL US$ 2220,52
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de derechos
aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1279675-1
CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Directiva “Servicio de Atención
de Denuncias”
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 268-2015-CG
Lima, 4 de setiembre de 2015
VISTO, la Hoja Informativa N° 00010-2015-CG/
GPROD del Departamento de Gestión de Productos;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 82° de la
Constitución Política del Perú, la Contraloría General de
la República es el órgano superior del Sistema Nacional
de Control, encargado de supervisar la legalidad de la
ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones
de la deuda pública y de los actos de las instituciones
sujetas a control;
Que, la Contraloría General de la República conforme
al literal n) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República, tiene por atribución recibir y
atender denuncias de los ciudadanos, relacionadas con
las funciones de la administración pública, otorgándoles
el trámite correspondiente sea en el ámbito interno, o
derivándolas ante la autoridad competente; estando
la identidad de los denunciantes y el contenido de la
denuncia protegidos por el principio de reserva;
Que, el literal q) del artículo 9° de la Ley N° 27785
señala que la participación ciudadana es el principio del
control gubernamental que permite la contribución de la
ciudadanía en el ejercicio del control gubernamental;
Que, el artículo 4° de la Ley N° 29542, Ley de
protección al denunciante en el ámbito administrativo y
de colaboración ef‌i caz en el ámbito penal, establece
que la Contraloría General de la República es la
autoridad competente que recibe y evalúa las denuncias
presentadas, dando trámite a las que se encuentren dentro
de su ámbito de competencia y derivando aquellas cuyo
trámite corresponda ser efectuado por otras instancias
administrativas que, por disposición legal expresa, tengan
competencia sobre la materia objeto de la denuncia;
Que, por Resolución de Contraloría N° 385-2011-
CG se aprobó la versión actualizada de la Directiva N°
006-2011-CG/GSND “Sistema Nacional de Atención
de Denuncias”, con el objetivo de regular la adecuada
atención de las denuncias presentadas ante el Sistema
Nacional de Atención de Denuncias;
Que, el artículo 14° de la Ley N° 27785 señala que
el ejercicio del control gubernamental por el Sistema en
las entidades se efectúa bajo la autoridad normativa y
funcional de la Contraloría General, la que establece los
lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos
correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza
y/o especialización de dichas entidades, las modalidades
de control aplicables y los objetivos trazados para su
ejecución;
Que, las Normas Generales de Control Gubernamental
aprobadas por Resolución de Contraloría N° 273-2014-
CG def‌i nen a los servicios relacionados como aquellos
que están vinculados a los procesos de carácter técnico
y especializado derivados de atribuciones o encargos
legales, que generan productos distintos a los servicios de
control previo, simultáneo y posterior, y que son llevados
a cabo por los órganos del Sistema Nacional de Control
con el propósito de coadyuvar al control gubernamental;
Que, la Contraloría General de la República viene
desarrollando un proceso de Modernización del Sistema
Nacional de Control, en el cual se ha priorizado el
proyecto “Mejora de la atención al cliente en la CGR y
fortalecimiento del SINAD”, cuyo objetivo es elevar la
satisfacción de los segmentos de clientes a través de
una respuesta oportuna y profesional, con la f‌i nalidad de
incrementar la conf‌i anza y legitimidad de la Contraloría
General de la República;
Que, en el marco del citado proyecto resulta
necesario emitir un documento normativo que regule el
servicio relacionado de atención de denuncias a cargo
de la Contraloría General de la República y los Órganos
de Control Institucional, protegiendo la identidad del
denunciante y el contenido de la denuncia, acorde a un
nuevo modelo de operación que permita a los órganos
del Sistema Nacional de Atención de Denuncias - SINAD
realizar una intervención rápida, tener una mayor
cobertura de atención, así como mayor presencia de
control en las entidades sujetas a control;
Que, en ese sentido, conforme al documento del
visto, el Departamento de Gestión de Productos propone
la aprobación del proyecto de Directiva denominada
“Servicio de Atención de Denuncias”, en el marco de sus
funciones establecidas en el inciso 1 del artículo 25° del

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