RESOLUCION N° 052-2015-SERNANP - Aprueban el Plan Maestro, período 2015 -2019, del Refugio de Vida Silvestre Bosques Nublados de Udima

Fecha de disposición10 Abril 2015
Fecha de publicación10 Abril 2015
El Peruano
Viernes 10 de abril de 2015 550353
gob.pe a efectos de recibir los comentarios y aportes de
la ciudadanía, dentro de los veinte (20) días calendario
siguientes a la publicación de la presente Resolución en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo
1222470-1
SERVICIO NACIONAL
DE AREAS NATURALES
PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Aprueban el Plan Maestro, período
2015-2019, del Refugio de Vida
Silvestre Bosques Nublados de Udima
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
N° 052-2015-SERNANP
Lima, 16 de marzo de 2015
VISTO:
El Informe N° 076-2015-SERNANP-DDE, de fecha
26 de enero de 2015, mediante el cual la Dirección
de Desarrollo Estratégico, emite su conformidad a la
propuesta de aprobación del Plan Maestro del Refugio
de Vida Silvestre Bosques Nublados de Udima, periodo
2015-2019.
CONSIDERANDO:
Perú establece que es obligación del Estado promover
la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas
naturales Protegidas;
Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición
Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013,
Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Ambiente, se crea el Servicio de Áreas Naturales
Protegidas por El Estado – SERNANP, el mismo que se
constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas
Naturales Protegidas por El Estado – SINANPE, y en su
autoridad técnico-normativa;
Que, mediante Decreto Supremo N° 020-2011-
MINAM, se establece el Refugio de Vida Silvestre Bosques
Nublados de Udima, sobre la superf‌i cie de 12 183.20
ha; ubicado en los distritos de Catache y Calquis de la
provincia de Santa Cruz del departamento de Cajamarca;
Que, de conformidad con el literal g) del artículo de
función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de
las Áreas Naturales Protegidas;
Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas
contarán con documentos de planif‌i cación de carácter
general y específ‌i co, por tipo de recurso y actividad,
aprobados por el SERNANP con la participación de los
sectores competentes correspondientes, los mismos que
una vez aprobados constituyen normas de observancia
obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle
dentro del Área;
Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará
un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo
que constituye el documento de planif‌i cación de más alto
nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y
que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y
revisado cada cinco (5) años;
Que, el numeral 5 del artículo 1° del Decreto Supremo
N° 008-2009-MINAM que estableció “Disposiciones para la
elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales
Protegidas” precisa que el proceso de elaboración de los
Planes Maestros y en particular su zonif‌i cación, debe
obligatoriamente considerar que el establecimiento de las
Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos
ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la
creación de las mismas;
Que, mediante Resolución Directoral N° 06-2013-
SERNANP-DDE de fecha 06 de junio del 2013, se aprobó
los Términos de Referencia para la elaboración del Plan
Maestro del Refugio de Vida Silvestre Bosques Nublados
de Udima;
Que, mediante Resolución Directoral N° 50-2014-
SERNANP-DDE de fecha 14 de noviembre del 2014, se
aprobó la modif‌i cación de los Términos de Referencia
para la elaboración del Plan Maestro del Refugio de Vida
Silvestre Bosques Nublados de Udima;
Que, mediante Resolución Presidencial N° 049-
2014-SERNANP de fecha 19 de febrero del año 2014,
se aprobaron las “Disposiciones Complementarias al
en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales
Protegidas de administración nacional”;
Que, el Informe del visto concluye que la propuesta
de Plan Maestro del Refugio de Vida Silvestre Bosques
Nublados de Udima, periodo 2015-2019, ha sido
elaborada en cumplimiento de lo regulado en la Ley de
Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento y lo dispuesto
en las “Disposiciones Complementarias al Reglamento
de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de
administración nacional”;
Con las visaciones de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica,
de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales
Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y
de la Secretaría General, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en el
literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización
y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 006-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Plan Maestro, período 2015-
2019 del Refugio de Vida Silvestre Bosques Nublados
de Udima, como documento de planif‌i cación de más alto
nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto
consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Establecer la delimitación de la zona de
amortiguamiento, que se encuentra def‌i nida en la memoria
descriptiva y en el mapa base, que consta en el Anexo 2,
el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
La versión of‌i cial digital de los límites se encuentra
en el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas
por el Estado – SERNANP, y constituye en lo sucesivo el
documento of‌i cial al que deberá recurrirse en materia de
ordenamiento territorial.
Artículo 3°.- Encargar a la Jefatura del Refugio de
Vida Silvestre Bosques Nublados de Udima, velar por la
implementación del referido Plan Maestro.
Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano, así como en el Portal Institucional
del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además
deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese y comuníquese.
PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas
por el Estado
Memoria descriptiva de la Zona de Amortiguamiento
del Refugio de Vida Silvestre Bosques Nublados
de Udima
ANP Refugio de Vida Silvestre Bosques
Nublados de Udima
Límites La demarcación de los límites se realizó
en base a las Cartas Topográf‌i cas de
escala 1/25,000 elaborada y publicada
por la Of‌i cina de Catastro Rural
(Ministerio de Agricultura)-COFOPRI,
imágenes RapidEye 2011-2012,
DEM Aster (resolución espacial 30
m), imágenes de repositorio de los
servidores de ESRI y Google Maps

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