RESOLUCION N° 048-2015/SUNAT - Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT a Bélgica, en comisión de servicios

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición13 de Febrero de 2015
El Peruano
Viernes 13 de febrero de 2015 546647
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadora de
la SUNAT a Bélgica, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 048-2015/SUNAT
Lima, 11 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que mediante Carta N° 15NL0025 de fecha 14 de enero
de 2015, la Secretaría General de la Organización Mundial
de Aduanas - OMA cursó invitación a la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
- SUNAT, para participar en la 55° Sesión del Comité
del Sistema Armonizado y en la Reunión del Grupo de
Trabajo previa a dicha Sesión, que se llevarán a cabo en
la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 9 al 20 de
marzo de 2015;
Que la OMA es la única organización intergubernamental
con competencia exclusiva en materia de aduanas y
trabaja principalmente a través de Comités Técnicos, entre
los que se encuentra el Comité del Sistema Armonizado,
el cual ha desarrollado el Sistema de Codi cación y
Descripción del Sistema Armonizado – SA, que es el
instrumento legal base universal para la determinación de
los tributos aduaneros y el sistema internacional comercial
estadístico;
Que periódicamente, el citado Comité realiza un
examen del SA para tener en cuenta la evolución de la
tecnología y las pautas del comercio internacional, a la vez
que atiende consultas de los países miembros respecto a
controversias de clasi cación arancelaria;
Que en los referidos eventos se discutirán entre otros
temas, la clasi cación de los monitores con conectores
VGA y HDMI, caso propuesto por el Perú, y el estudio de la
clasi cación de las pulpas concentradas, jugos en polvos,
frutas en polvo, preparaciones para uso en alimentación
animal, prendas de vestir, diodos emisores de luz (LED) y
vehículos para transporte de carga;
Que la participación de la SUNAT en los citados
eventos, se enmarca dentro del objetivo estratégico
institucional de reducir costos y tiempos para el usuario;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para
la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos
de esta naturaleza, conforme al Informe N° 07-2015-
SUNAT/5C0000 de fecha 4 de febrero de 2015, resulta
necesario autorizar la participación en dichos eventos de
la trabajadora Betty Corina Ynafuku Yoza, Profesional
III de la División de Arancel Integrado de la Gerencia
de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la
Intendencia Nacional de Técnica Aduanera;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la nalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y nancieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora Betty Corina
Ynafuku Yoza del 7 al 21 de marzo de 2015, para participar
en los referidos eventos; debiendo la SUNAT asumir,
con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de
pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de
Aeropuerto (TUUA), y los viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs.
27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y
la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT;
y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo
8° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N° 122-2014/SUNAT y modi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora Betty
Corina Ynafuku Yoza, Profesional III de la División de Arancel
Integrado de la Gerencia de Tratados Internacionales,
Valoración y Arancel de la Intendencia Nacional de Técnica
Aduanera del 7 al 21 de marzo de 2015, para participar en
la 55° Sesión del Comité del Sistema Armonizado y en la
Reunión del Grupo de Trabajo previa a dicha Sesión, que se
llevarán a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica,
del 9 al 20 de marzo de 2015.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2015 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
Señora Betty Corina Ynafuku Yoza
Pasajes (incluye la Tarifa Única
por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 734,91
Viáticos US $ 7 020,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora
deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1199882-1
Dan por concluida designación de
Auxiliares Coactivos de la Intendencia
Regional La Libertad
INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
N° 060-00-0000004-SUNAT/6G0000
Trujillo, 6 de febrero del 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Intendencia N° 060-00-
0000019/SUNAT publicado en el Diario O cial el Peruano
el 11 de enero del 2007, se designó como auxiliar coactivo
de la Intendencia Regional La Libertad, al señor Dante
Alejandro Cruz Arteaga;
Que, mediante Resolución de Intendencia N° 060-00-
0000084/SUNAT publicado en el Diario O cial el Peruano
el 23 de noviembre del 2012, se designó como auxiliar
coactivo de la Intendencia Regional La Libertad, a la
señora Emma Fiorella Bengoa Seminario;
Que, mediante Resolución de Intendencia N° 060-00-
0000012/SUNAT publicado en el Diario O cial el Peruano
el 26 de julio del 2013, se designó como auxiliar coactivo
de la Intendencia Regional La Libertad, al señor Salvador
Teodoro Quiroz Solano;

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