RESOLUCION N° 027-2014-SMV/01 - Modifican el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras

Fecha de publicación03 Diciembre 2014
Fecha de disposición03 Diciembre 2014
El Peruano
Miércoles 3 de diciembre de 2014 539147
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº
001-2003-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar con efectividad al 30 de
noviembre de 2014, la renuncia formulada por el Q.F.
Alberto Valle Vera, al cargo de Director General del Centro
Nacional de Productos Biológicos, Nivel F-4, del Instituto
Nacional de Salud, efectuada por Resolución Jefatural
Nº 476-2009-J-OPE/INS, dándosele las gracias por los
servicios prestados a la Institución.
Artículo 2º.- Encárguese a la Of‌i cina General de
Información y Sistemas, la actualización del Directorio
Institucional que aparece en la Página Web www.ins.gob.
pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3°.- Notif‌i car la presente Resolución a los
interesados, a la Of‌i cina Ejecutiva de Personal y al Órgano
de Control Institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE
Jefe
1172520-5
Designan Director General del Centro
Nacional de Productos Biológicos del
INS
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 368-2014-J-OPE/INS
Lima, 1 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Director
General del Centro Nacional de Productos Biológicos
del Instituto Nacional de Salud, cargo considerado de
conf‌i anza, y a f‌i n de garantizar la continuidad del servicio y
el normal desarrollo de las actividades institucionales, que
conlleven al logro de los objetivos y metas programadas,
resulta necesario designar al funcionario que ocupará
dicho cargo;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la
Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva
del Régimen Especial de Contratación Administrativa de
Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº
1057, señala que el personal establecido en los numerales
1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4º de la Ley
28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el
Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057,
está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8º
de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede
ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida
en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la
entidad;
Que, resulta necesario emitir el acto resolutivo de
designación, en el cargo señalado en líneas precedentes,
considerando que ocupará una plaza orgánica contenida
en el Cuadro para Asignación de Personal, aprobado por
la Resolución Suprema Nº 042-2013-SA y que mediante
la Resolución Jefatural Nº 033-2014-J-OPE/INS, se
aprobó el reordenamiento del CAP, en dicho CAP el cargo
mencionado se encuentra con Cod. Nº 448 y código 131
11 00 2, Clasif‌i cación EC del Instituto Nacional de Salud;
Con las visaciones del Sub Jefe, de la Dirección
General de Asesoría Técnica, de Asesoría Jurídica y de la
Dirección Ejecutiva de Personal, y;
De conformidad con lo establecido en la Ley 27594
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la
Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva
del Régimen Especial de Contratación Administrativa de
Servicios, en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula
el Régimen Especial de Contratación Administrativa
de Servicios, en su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modif‌i catorias; y en
uso de las facultades establecidas en el literal h) del
artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones
del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto
Supremo Nº 001-2003-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar a partir del 01 de diciembre de
2014, al Q.F. Alberto Valle Vera, en el cargo de Director
General del Centro Nacional de Productos Biológicos del
Instituto Nacional de Salud.
Artículo 2º.- Encárguese a la Of‌i cina General de
Información y Sistemas, la actualización del Directorio
Institucional que aparece en la Página Web www.ins.gob.
pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3º.- Notif‌i car la presente Resolución al
interesado, a la Of‌i cina Ejecutiva de Personal y al Órgano
de Control Institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE
Jefe
1172520-6
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Modifican el Reglamento de Fondos
de Inversión y sus Sociedades
Administradoras
RESOLUCIÓN SMV Nº 027-2014-SMV/01
Lima, 2 de diciembre de 2014
VISTOS:
El Expediente Nº 2014045433 y el Informe Conjunto
871-2014-SMV/10/06/12 del 01 de diciembre de
2014, emitidos por la Of‌i cina de Asesoría Jurídica, la
Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la
Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al literal a) del artículo 1° del Texto Único
Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia
del Mercado de Valores, SMV, aprobado mediante
Decreto Ley N° 26126 y modif‌i cado por Ley N° 29782,
Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado
de Valores, y la Ley N° 30050, Ley de Promoción del
Mercado de Valores (en adelante, Ley Orgánica), la SMV
está facultada para dictar las normas legales que regulen
materias del mercado de valores;
Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5° de la
Ley Orgánica, el Directorio de la SMV tiene por atribución
la aprobación de la normativa del mercado de valores,
mercado de productos y el sistema de fondos colectivos,
así como aquella a que deben sujetarse las personas
naturales o jurídicas sometidas a su supervisión;
Que, mediante Resolución Conasev N° 042-2003-
EF/94.10, se aprobó el Reglamento de Fondos de
Inversión y sus Sociedades Administradoras, el mismo
que establece el régimen aplicable a las Sociedades
Administradoras y a los Fondos de Inversión colocados
mediante oferta pública que administran;
Que, resulta relevante promover la constitución de
fondos de inversión constituidos por oferta pública cuyo
objetivo de inversión sea la adquisición o construcción
de bienes inmuebles que se destinen a su arrendamiento
u otra forma onerosa de cesión en uso, a los que se
denominará “Fondos de Inversión en Renta de Bienes
Inmuebles”, para promover el mercado de valores y
contribuir así con el desarrollo económico del país;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR