RESOLUCION N° 0225-2015-UNHEVAL-CU - Otorgan duplicado de diploma del grado académico de Bachiller en Ciencias Contables y Financieras de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco

Fecha de disposición12 Abril 2015
Fecha de publicación12 Abril 2015
El Peruano
Domingo 12 de abril de 2015 550469
Pasaje US$ 908,68
Viáticos US$ 1720,00
TOTAL US$ 2628,68
Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a
exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,
cualquiera fuere su clase o denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1222218-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma del
grado académico de Bachiller en
Ciencias Contables y Financieras de la
Universidad Nacional Hermilio Valdizán
de Huánuco
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
RESOLUCIÓN Nº 0225-2015-UNHEVAL-CU.
Cayhuayna, 10 de febrero de 2015.
Vistos los documentos que se acompañan en dieciséis
(16) folios;
CONSIDERANDO:
Que el administrado Max Gaviria Oroche, mediante
FUT Nº 223706, de fecha 04.ENE.2015, dirigido al Rector
solicita duplicado del Grado de Bachiller en Ciencias
Contables y Financieras, por motivo de pérdida, para cuyo
efecto adjunta copia certif‌i cada de la denuncia policial que
consta que se ha extraviado su grado de Bachiller, copia
de la Resolución Nº 1179-R-92, y la publicación de la
pérdida del documento en el diario;
Que la Jefe Encargada de Asesoría Legal, mediante
Informe Nº 018-2015-UNHEVAL/AL, del 09.ENE.2015,
manif‌i esta al Rector que la Ley Nº 28626, de fecha
18.NOV.2005, faculta a las universidades públicas
y privadas a expedir duplicados de diplomas de los
grados académicos y títulos profesionales por motivos
de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se
cumple con las formalidades y requisitos de seguridad
previstos por cada Universidad; mediante Resolución
Nº 1503-2011-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores,
aprobó el Reglamento del Duplicado de los Grados
Académicos y Título Profesional expedido por las
Universidades del país, en la cual en los artículos 5º, 7º,
8º y 9º regula los requisitos y procedimiento, debiendo
precisarse que el Art. 5º ha sido modif‌i cado mediante
Resolución Nº 1256-2013-ANR, de fecha 26.AGO.2013;
quedando precisada que los documentos a presentarse
para duplicado por motivo de pérdida es: 1. Solicitud.
2. Recibo de pago de los derechos correspondientes.
3. Declaración Jurada de haber perdido el diploma
4. Copia simple expedida por el Secretario General
de la Universidad de la Resolución de Consejo
Universitario que conf‌i ere el grado académico o título
profesional. 5. Publicación en un diario de mayor
circulación del lugar, del aviso de pérdida del diploma
y solicitud del duplicado; 6. Los demás requisitos que
señale la respectiva Universidad. El Art 7º del referido
Reglamento señala la nulidad del Diploma Anterior:
La expedición del duplicado de los diplomas de los
grados académicos, títulos profesionales, así como
de segunda especialidad, automáticamente anula los
diplomas originales manteniéndose la validez legal del
acto jurídico del otorgamiento del grado académico o
del título profesional. La Universidad luego de expedir
el duplicado del diploma, deberá informar al Registro de
la Asamblea Nacional de Rectores para la anulación de
la inscripción del diploma original; asimismo el Art. 9º
DE LA INFORMACIÓN: Las universidades remitirán a
la Asamblea Nacional de Rectores la información sobre
los diplomas de duplicado de grados académicos,
título profesionales, así como de segunda especialidad
expedidos, para el Registro correspondiente; y la
Disposición Complementaria en su Artículo Unico del
Reglamento Modif‌i cado establece que la Resolución
del Consejo Universitario que aprueba la expedición del
duplicado de diploma en caso de pérdida o deterioro
será publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano; estando
a las normas acotadas precedentemente, se verif‌i ca de
la documentación presentada por el administrado Max
Gaviria Oroche, que los mismos reúnen los requisitos
estblecidos en el Art. 5º del Reglamento de Duplicado de
Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos
por las universidades del país, razón por la cual resulta
procedente su solicitud de emitir un duplicado del Grado
de Bachiller; atendiendo además que de conformidad
con lo dispuesto en el Art. 71º, inciso h) del Estatuto de
la UNHEVAL, establece como una de las atribuciones
del Consejo Universitario el de conferir los grados
académicos y los títulos profesionales aprobados por
las facultades, en tal sentido corresponde a dicho
órgano otorgar el duplicado del Grado de Bachiller,
asimismo deberá remitirse la información respectiva a la
Superintendencia Nacional de Educación Universitaria,
en reemplazo de la Asamblea Nacional de Rectores;
Que dado cuenta en la sesión ordinaria de Consejo
Universitario, del 28.ENE.2015, estando de acuerdo
con las consideraciones de orden fáctico expuestas por
Asesoría Legal, el pleno acordó:
1. Otorgar el duplicado del Diploma del Grado
Académico de Bachiller en Ciencias Contables y
Financieras al administrado MAX GAVIRIA OROCHE,
expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán
de Huánuco, el 02 de SETIEMBRE de 1992, por motivo
de pérdida del diploma original.
2. Precisar que la expedición del duplicado del
Diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias
Contables y Financieras a favor del administrado MAX
GAVIRIA OROCHE, anula automáticamente el diploma
original, manteniéndose la validez legal del acto jurídico
del otorgamiento del grado académico de bachiller.
3. Disponer que la Dirección General de Administración
adopte las acciones correspondientes para que la
resolución a emitirse sea publicada en el diario of‌i cial El
Peruano.
4. Remitir, a través de la Of‌i cina de Secretaría General
de la UNHEVAL, a la Superintendencia Nacional de
Educación Universitaria, la información del duplicado del
diploma expedido, para el registro correspondiente.
Que el Rector remite el caso a Secretaría General, cn
el Proveído Nº 0099-2015-UNHEVAL-CU/R, para que se
emita la resolución correspondiente;
Estando a lo acordado, a las atribuciones conferidas
al señor Rector, por la Ley Universitaria Nº 30220, el
Estatuto de la UNHEVAL, a la Resolución Nº 003-2013-
UNHEVAL-AU, que reconoce al Dr. Guillermo A. Bocangel
Weydert, como Rector; y a la Resolución Nº 0159-2015-
UNHEVAL-R, que encarga las funciones de Secretaria
General a la Mg. Cecilia V. Martínez Morales, mientras
dure la ausencia de la titular;
SE RESUELVE:
1º. OTORGAR el duplicado del Diploma del Grado
Académico de Bachiller en Ciencias Contables y
Financieras al administrado Max Gaviria Oroche,
expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán
de Huánuco, el 02.SET.1992, por motivo de pérdida del
diploma original.
2º. PRECISAR que la expedición del duplicado del
Diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias
Contables y Financieras a favor del administrado MAX
GAVIRIA OROCHE, anula automáticamente el diploma
original, manteniéndose la validez legal del acto jurídico
del otorgamiento del grado académico de bachiller.
3º. DISPONER que la Dirección General de
Administración adopte las acciones correspondientes
para que la resolución a emitirse sea publicada en el
diario of‌i cial El Peruano.
4º. REMITIR, a través de la Of‌i cina de Secretaría
General de la UNHEVAL, a la Superintendencia Nacional
de Educación Universitaria, la información del duplicado
del diploma expedido, para el registro correspondiente.

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