RESOLUCION N° 021-2014-SMV/01 - Autorizan difusión del Proyecto de modificación del Reglamento de los Mecanismos Centralizados de Negociación para Valores de Deuda Pública e Instrumentos Derivados de estos

Fecha de disposición27 Octubre 2014
Fecha de publicación27 Octubre 2014
MateriaDerecho Procesal
El Peruano
Lunes 27 de octubre de 2014 535997
Acreditación de las instituciones de Educación Superior
No Universitaria – Segunda versión;
De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la
Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado
con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220
Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-
MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Of‌i cializar la acreditación a las carreras
profesionales de Formación Docente en las especialidades
de Educación Inicial y Educación Primaria del Instituto
Superior de Educación María Montessori – Arequipa,
otorgada mediante Acuerdo: Nº 031-2014-CDAH, de
Sesión del 03 de octubre 2014, del Consejo Directivo
Ad Hoc del SINEACE, con una vigencia de tres (03)
años, contados a partir de la publicación de la presente
resolución.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, así como en el
Portal Web del SINEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE
1154787-3
Oficializan Acuerdo mediante el cual
se aprobó el nuevo “Procedimiento
de Evaluación Externa con Fines
de Acreditación de Instituciones
de Educación Básica y Técnico
Productiva”
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DIRECTIVO AD HOC
Nº 014-2014-COSUSINEACE/CDAH-P
Lima, 17 de octubre de 2014
VISTOS:
El Informe N° 029-2014/DEAEBTP-SINEACE y
Memorándum Nº 095-2014-SINEACE/ST-DEA-EBTP,
de fechas 29 y 30 de setiembre 2014 respectivamente,
emitidos por la Dirección de Evaluación y Acreditación de
Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del
SINEACE establece como f‌i nalidad del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de
la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las
instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio
de calidad, con el propósito de optimizar los factores
que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de
las destrezas y competencias necesarias para alcanzar
mejores niveles de calif‌i cación profesional y desarrollo
laboral;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición
Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley
Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en
reorganización el Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad Educativa –
SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción
del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma
invocada precedentemente, el Ministerio de Educación
mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU,
del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad
Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un
representante del Ministerio de Educación y la presidenta
del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las
funciones necesarias para la continuidad del sistema
y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la
reorganización del SINEACE;
Que, de acuerdo al literal h) del artículo 7° de la
resolución antes mencionada, el Consejo Directivo
Ad Hoc, tiene como función, aprobar y modif‌i car las
normas que regulan la autorización y funcionamiento de
las entidades evaluadoras con f‌i nes de acreditación y
entidades certif‌i cadoras;
Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección
de Evaluación y Acreditación de Educación Básica y
Técnico Productiva, propone la aprobación de la nueva
norma denominada “Procedimiento de Evaluación
externa con f‌i nes de Acreditación de Instituciones de
Educación Básica y Técnico Productiva”, la misma que
además de considerar aspectos técnicos y normativos
que optimizan procedimientos, se encuentra en
coherencia con la situación jurídica actual del
SINEACE;
Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo
Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 03 de
octubre 2014, mediante Acuerdo N° 032-2014-CDAH, se
aprobó el “Procedimiento de Evaluación Externa con Fines
de Acreditación de Instituciones de Educación Básica y
Técnico Productiva”, en atención a la recomendación de
la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación
Básica y Técnico Productiva;
De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la
Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado
con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220
Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-
MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Of‌i cializar el Acuerdo N° 032-2014-
CDAH de sesión del 03 de octubre 2014, mediante
el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó el nuevo
“Procedimiento de Evaluación Externa con Fines de
Acreditación de Instituciones de Educación Básica y
Técnico Productiva”, que en anexo forma parte de la
presente resolución.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto el “Procedimiento
de Evaluación Externa con Fines de Acreditación de
Instituciones de Educación Básica y Técnico Productiva”,
que fuera aprobado a través de la Resolución de
Presidencia del Consejo Superior N° 061-2014-
COSUSINEACE-P, de fecha 02 de mayo 2014.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, así como en el
Portal Web del SINEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
COSUSINEACE
1154787-4
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Autorizan Difusión del Proyecto de
modificación del Reglamento de
los Mecanismos Centralizados de
Negociación para Valores de Deuda
Pública e Instrumentos Derivados de
estos
RESOLUCIÓN SMV Nº 021-2014-SMV/01
Lima, 23 de octubre de 2014

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