RESOLUCION N° 013-GCSPE-ESSALUD-2015 - Establecen de manera progresiva, la utilización de la 'Plataforma Virtual de Seguros y Prestaciones Económicas'

Fecha de disposición04 Mayo 2015
Fecha de publicación04 Mayo 2015
El Peruano
Lunes 4 de mayo de 2015
551970
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE CHU WONG
Gerente Central de Seguros y Prestaciones
Económicas
ESSALUD
1232142-1
Establecen de manera progresiva, la
utilización de la “Plataforma Virtual de
Seguros y Prestaciones Económicas”
SEGURO SOCIAL DE SALUD
ESSALUD
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL
DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONOMICAS
Nº 013-GCSPE-ESSALUD-2015
Lima, 27 de abril de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 656-PE-ESSALUD-2014 del 31 de diciembre de
2014, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) del Seguro Social
de Salud -ESSALUD, cuyo artículo 133° establece que la
Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas
es el órgano de línea encargado de proponer las
políticas, normas y estrategias de aseguramiento, así
como gestionar los procesos relacionados al régimen
contributivo de la Seguridad Social y otros seguros de
riesgos humanos;
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, tiene como finalidad
fundamental la obtención de mayores niveles de
eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre
una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y
optimizando el uso de los recursos públicos, contexto
bajo el cual una de las principales acciones que
comprende la Ley en mención es la institucionalización
de la evaluación de la gestión por resultados, a través
del uso eficiente de las Tecnologías de la Información
y Comunicaciones;
Que, en el marco del gobierno electrónico, el
desarrollo de nuevas tecnologías de la información
y las necesidades de los asegurados y entidades
empleadoras, propicia la adopción de políticas
administrativas para optimizar los servicios que brinda
EsSalud, a través de la eliminación de las gestiones
administrativas del procedimiento convencional en un
marco propulsor del desarrollo tecnológico, electrónico
e informático;
Que, a efectos de garantizar el acceso oportuno de
los asegurados a los servicios que brinda EsSalud, el
Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA
de EsSalud, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 010-2010-TR, describe procedimientos de registro
excepcional tramitados de manera presencial ante las
Agencias de Seguros y Of‌i cinas de Aseguramiento;
Que, mediante Resolución de Gerencia Central de
Aseguramiento Nº 24-GCAS-ESSALUD-2011 del 15 de
julio de 2011, se estableció el “Sistema Informático de
Aseguramiento – SAS” como soporte de la Plataforma
de Aseguramiento para su utilización por las entidades
empleadoras y asegurados comprendidos en el Régimen
Contributivo de la Seguridad Social en Salud que
administra EsSalud;
Que, a f‌i n de optimizar y mejorar los servicios que
brinda la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones
Económicas, EsSalud implementará una plataforma
virtual a través de internet como parte del sistema
de aseguramiento, que permitirá a las entidades
empleadoras y asegurados realizar transacciones no
presenciales relacionadas con los procedimientos de
seguros y prestaciones económicas;
Que, en uso de las atribuciones conferidas;
SE RESUELVE:
Primero.- ESTABLECER de manera progresiva,
la utilización de la “Plataforma Virtual de Seguros y
Prestaciones Económicas”, a través de la cual las entidades
empleadoras y asegurados de EsSalud, realicen trámites
no presenciales relacionados con los procedimientos de
seguros y prestaciones económicas.
Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Plataforma
de Aseguramiento, que en coordinación con las áreas
competentes de la Gerencia Central de Seguros y
Prestaciones Económicas, elaboren los cronogramas
y procedimientos respectivos para la utilización de
la Plataforma Virtual de Seguros y Prestaciones
Económicas.
Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Plataforma de
Aseguramiento la difusión de la presente Resolución, así
como la publicación en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y en
la página web Institucional.
Cuarto.- DISPONER que la presente resolución
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE CHU WONG
Gerente Central de Seguros y Prestaciones
Económicas
ESSALUD
1232141-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan auxiliar coactivo de la
Intendencia Regional Ayacucho
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
N° 2400240000003
Ayacucho, 27 de abril de 2015
CONSIDERANDO:
Que, es necesario designar nuevo auxiliar coactivo
de la Intendencia Regional Ayacucho para garantizar el
normal funcionamiento de su cobranza coactiva;
Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 133-2013-EF y modif‌i catoria, establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de auxiliar coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado declaración
jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, el Artículo Único de la Resolución de
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de
Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente
Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para
designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia
de cada intendencia;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR