RESOLUCION N° 0052-2015-GORE-ICA/PR - Delegan diversas facultades en funcionarios del Gobierno Regional de Ica

Fecha de publicación27 Febrero 2015
Fecha de disposición27 Febrero 2015
El Peruano
Viernes 27 de febrero de 2015 547633
Que consta de la Resolución Nº 015-2015-P/TC, que
inicialmente, se consideró la necesidad de realizar reuniones
anticipadas de coordinación entre las personas encargadas
de las actividades protocolares de cada uno de los Tribunales
Constitucionales, autorizándose el viaje de la Especialista en
Protocolo, señora María Milagros Morales Soto;
Que no obstante; se reconsideró la decisión contenida
en la resolución referida en el considerando precedente,
dif‌i riéndose la oportunidad del viaje para sostener reuniones
previas a la ceremonia de presentación y entrega del SIGE-
RD a realizarse el 5 de marzo de 2015, así como recabar
los antecedentes de la última Conferencia Iberoamericana
de Justicia Constitucional que organizó el Tribunal
Constitucional de República Dominicana, correspondiendo,
en consecuencia, dejar sin efecto la resolución;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la
el Reglamento Interno de Trabajo, la Ley Nº 27619, el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, su modif‌i catoria el
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Décimo Tercera
Disposición Final de la Ley Nº 28411 y la Directiva Nº 001-
2013-DIGA/TC aprobada por Resolución de Dirección
General Nº 24/2013-DIGA/TC.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución
Administrativa Nº 015-2015-P/TC.
Artículo Segundo.- Autorizar el viaje de la señora
María Milagros Morales Soto, del 2 al 7 de marzo de 2015
a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana,
para f‌i nes expuestos en la presente resolución.
Artículo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto
en esta resolución irrogará egreso del presupuesto del
Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:
COMISIONADA FECHA DE
VIAJE PASAJE
AÉREO
VIÁTICOS
CARIBE
US$ 430.00 x DIA
MARIA
MILAGROS
MORALES SOTO
DEL 2 AL 7 DE
MARZO 2015 S/.
4,274.45 US$ 2,150.00
Artículo Cuarto.- La presente resolución no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros, cualquiera fuera su denominación.
Artículo Quinto.- La señora María Milagros Morales
Soto informará dentro de los quince días calendario
siguientes de realizado el referido viaje, sobre las
coordinaciones efectuadas.
Artículo Sexto.- Comunicar la presente Resolución a la
señora María Milagros Morales Soto, a la Secretaría General,
la Dirección General de Administración y a las Of‌i cinas de
Administración de Personal, Imagen Institucional, Proyectos,
Tecnologías de la Información y Control Institucional.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
ÓSCAR URVIOLA HANI
Presidente
1204435-2
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE ICA
Autorizan inscripción de Ariansen
Allemant Corredores de Seguros
Sociedad Anónima Cerrada en el
Registro de Intermediarios y Auxiliares
de Seguros
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 0052-2015-GORE-ICA/PR
Ica, 10 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de
la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, a su vez, el artículo 4º de la Ley Nº 27867,
“Los gobiernos regionales tienen por f‌i nalidad esencial
fomentar el desarrollo regional integral sostenible,
promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y
garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad
de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los
planes y programas nacionales, regionales y locales de
desarrollo.”;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 65.1 del
artículo 65º de la Ley del Procedimiento Administrativo
General, el ejercicio de la competencia es una obligación
directa del órgano administrativo que la tenga atribuida
como propia, salvo el cambio de competencia por motivos
de delegación o evocación, según lo previsto en dicha
Ley;
Que, los Lineamientos para la Administración del
Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público , emitidos en
el marco del Decreto Ley Nº 25650, modif‌i cado mediante
Decreto de Urgencia Nº 053-2009, los cuales fueron
aprobados por Resolución Ministerial Nº 238-2009-EF-10
y modif‌i catorias, establecen las obligaciones que deben
cumplir los titulares de las entidades contratantes o los
funcionarios que cuenten con la delegación de funciones
correspondientes, en los temas relativos a procesos de
selección y contratación de consultores;
aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento,
modif‌i catorias, señalan los procedimientos que deben
observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los
procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y
conforme dispone el artículo 5º de la citada Ley, el Titular
de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la
autoridad que le otorga la mencionada Ley;
Que, de otra parte, el artículo 57º del Reglamento
de las Sociedades de Auditoría conformantes del
Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución
de Contraloría Nº 063-2007-CG, señala que la Entidad
para el inicio de la auditoría, suscribirá el contrato con la
Sociedad designada;
Que, según el artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular
de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede
delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo
establezca expresamente la Ley General;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
ref‌i ere que las modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
programático son aprobadas mediante Resolución del
Titular, a propuesta de la Of‌i cina de Presupuesto o de la
que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar
dicha facultad de aprobación, a través de disposición
expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano;
Que, conforme a lo señalado en el artículo 50º de la
Directiva de Tesorería Nº 001-2007- EF-77.15, aprobada
por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF-77.15, los
titulares y suplentes de las cuentas bancarias son
designados mediante Resolución del Titular del Pliego o
del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera
expresa esta facultad;
Que, teniendo en consideración la estructura orgánica del
Gobierno Regional de Ica, aprobada mediante Ordenanza
Regional Nº 0016-2013-GORE-ICA, y con el propósito de
lograr una mayor f‌l uidez a la marcha administrativa del
Gobierno Regional, es conveniente efectuar las delegaciones
a diversos órganos de este Gobierno;
En consecuencia, estando a lo establecido en el inciso
4 del artículo 29º del Reglamento de Organización y
Funciones del Gobierno Regional de Ica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegación en temas del Fondo de
Apoyo Gerencial al Sector Público
Delegar en la Gerencia General Regional y en la
Of‌i cina Regional de Administración, del Gobierno Regional
de Ica, las facultades siguientes:

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