RESOLUCION MINISTERIAL Nº 835-2015 DE/SG - Aprueban el reporte “Anexo de Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias”

Fecha de disposición19 Septiembre 2015
Fecha de publicación19 Septiembre 2015
561798 NORMAS LEGALES Sábado 19 de setiembre de 2015 /
El Peruano
Primero Enrique Ernesto CAÑAMERO Huamán, CIP.
00917928, DNI. 40495159, para que se le realice una
intervención quirúrgica; asimismo, cumplir el proceso
de recuperación post operatorio, en el Hospital Johns
Hopkins Community Physicians Orthopedics (Centro
Altamente Especializado) de la ciudad de Baltimore,
Estado de Maryland, Estados Unidos de América, del 20
de setiembre al 7 de octubre de 2015; así como, autorizar
su salida del país el 19 de setiembre y su retorno el 8 de
octubre de 2015.
Artículo 2º.- Autorizar el viaje al exterior del Capitán
de Navío SN.(MC) Armando Jesús TEVES Flores, CIP.
02965422, DNI. 25421690, como médico acompañante
del Teniente Primero Enrique Ernesto CAÑAMERO
Huamán, en la ciudad de Baltimore, Estado de Maryland,
Estados Unidos de América, del 20 al 23 de setiembre
de 2015; así como, autorizar su salida del país el 19 y su
retorno el 24 de setiembre de 2015.
Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan,
de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Maryland (Estados
Unidos de América) - Lima
US$. 1,400.00 x 2 personas US$. 2,800.00
Viáticos:
US$. 440.00 x 1 persona x 4 días US$. 1,760.00
Viáticos:
US$. 440.00 x 1 persona x 18 días US$. 7,920.00
---------------------
TOTAL A PAGAR: US$ 12,480.00
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 5º.- El Of‌i cial Superior acompañante, deberá
cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular
de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de
la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo
plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar
la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el
artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002 y sus modif‌i catorias.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1289821-2
Aprueban el reporte “Anexo de
Responsables del Manejo de Cuentas
Bancarias”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 835-2015-DE/SG
Jesús María, 16 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, es necesario acreditar el nuevo cuadro de
responsables del manejo de las cuentas bancaria de
la Unidad Ejecutora Nº 009 Of‌i cina Previsional de las
Fuerzas Armadas de la Dirección General Previsional del
Ministerio de Defensa;
Que, de acuerdo a la estructura organizacional de
la Unidad Ejecutora Nº 1124 Of‌i cina Previsional de las
Fuerzas Armadas de la Dirección General Previsional
del Ministerio de Defensa, el Señor Contralmirante (R)
GILBERTO WILLIAM YAÑEZ GENTILLE quien se
desempeña en el cargo de Director General Previsional,
hace las veces de Director General de Administración,
asimismo la Señora CPC ANA MARÍA OCHOA
HERNÁNDEZ quien se desempeña en el cargo de Jefe
de la Unidad de Tesorería hace las veces de Tesorera;
Que, con Resolución Ministerial Nº 766-2014 DE/SG
del 18.09.2014 se aprobó a los responsables del manejo
de la cuentas bancarias para el año 2014, el mismo que
no fuera presentada en su oportunidad ante la Dirección
General de Endeudamiento y Tesoro Público, por cambio
de colocación de responsables suplentes;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la
normatividad del Sistema Nacional de Tesorería;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el reporte “Anexo de
Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias” de
fecha 01 de Setiembre 2015 que detalla a los titulares
y suplentes designados para el manejo de la Cuenta
Bancaria de la Unidad Ejecutora Nº 1124 Of‌i cina
Previsional de las Fuerzas Armadas.
Articulo 2º.- Déjese sin efecto la Resolución Ministerial
Nº 766-2014 DE/SG, de fecha 18 de Setiembre del 2014.
Articulo 3º.- Remitir copia fedateada de la presente
Resolución Ministerial a la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1289221-1
Autorizan ingreso al territorio de la
República de personal militar de Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 836-2015-DE/SG
Lima, 17 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) Nro. 635 del 15 de setiembre
de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio
de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización
para el ingreso de personal militar de la República del
Ecuador, sin armas de guerra;
Que, con Of‌i cio Nº 1489-2015-MINDEF/VPD/B/01.a,
del 17 de setiembre de 2015, el Director General de
Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa,
emite opinión favorable para el ingreso al país del personal
militar de la República del Ecuador;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio
de la República, del 20 al 26 de setiembre de 2015, con
la f‌i nalidad de participar en el “IX Congreso Mundial de
Medición en Lima”;
Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de
Requisitos para la Autorización y consentimiento para
el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la
República1, establece que el ingreso de personal
militar extranjero sin armas de guerra para realizar
actividades relacionadas a las medidas de fomento
de la conf‌i anza, actividades de asistencia cívica,
de planeamiento de futuros ejercicios militares, de
instrucción o entrenamiento con personal de las
Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de
coordinación o protocolares con autoridades militares
y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro
de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los motivos,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR