RESOLUCION MINISTERIAL N° 787-2014 MTC/02 - Aprueban a APM Terminals Callao S.A. como empresa calificada para efectos del art. 3° del D. Leg. N° 973 por el desarrollo del proyecto 'Modernización del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao', y lista de bienes, servicios y contratos de construcción

Fecha de publicación24 Noviembre 2014
Fecha de disposición24 Noviembre 2014
El Peruano
Lunes 24 de noviembre de 2014 538275
sus Planes Regionales Multianuales de Inversión, y de
esa manera, se optimice la inversión en salud en el país,
priorizando las necesidades de salud de la población y
promoviendo el fortalecimiento de la atención primaria de
salud y del primer nivel de atención;
Que, en atención a las consideraciones
expuestas, resulta necesario emitir el acto resolutivo
correspondiente;
Con el visado del Director General de la Of‌i cina
General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, de
la Viceministra (e) de Salud Pública; y del Secretario
General; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud y en el Decreto Legislativo N° 1157,
Decreto Legislativo que aprueba la Modernización de la
Gestión de la Inversión Pública en Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico
denominado “Planeamiento Multianual de Inversiones en
Salud a nivel Regional V.02”, el mismo que forma parte
integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Encargar a la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto, a través de la Of‌i cina
de Proyectos de Inversión, la difusión, supervisión e
implementación del Documento Técnico aprobado
mediante el artículo 1° de la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
N° 577-2011/MINSA, que aprobó el Documento Técnico
“Planeamiento Multianual de Inversiones en Salud a nivel
Regional”.
Artículo 4º.- Encargar a la Of‌i cina General de
Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución
Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud,
en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/
transparencia/dge_normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1167936-4
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Aprueban a APM Terminals Callao S.A.
como empresa calificada para efectos
del art. 3º del D.Leg. Nº 973 por el
desarrollo del proyecto “Modernización
del Terminal Norte Multipropósito en
el Terminal Portuario del Callao”, y
lista de bienes, servicios y contratos de
construcción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 787-2014 MTC/02
Lima, 20 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3° del Decreto Legislativo N° 973,
que establece el Régimen Especial de Recuperación
Anticipada del Impuesto General a las Ventas, señala los
requisitos para acogerse al citado Régimen, entre ellos: I)
Suscribir un Contrato de Inversión para la realización de
inversiones en cualquier sector de la actividad económica
que genere renta de tercera categoría; II) Contar con un
proyecto que requiera de una etapa pre-productiva igual o
mayor a dos años, contados a partir de la fecha del inicio
del cronograma de inversiones contenido en el Contrato
de Inversión. Asimismo, dicho artículo indica que mediante
Resolución Ministerial del Sector competente se aprobará
a las personas naturales o jurídicas que calif‌i quen para
el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y
contratos de construcción que otorgarán la Recuperación
Anticipada del IGV, para cada Contrato;
Que, la empresa APM TERMINALS CALLAO S.A.,
al amparo de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N°
973 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°
084-2007-EF, suscribió un Contrato de Inversión con el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Agencia
de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN,
con relación al Proyecto “Modernización del Terminal
Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao”,
en adelante referido como la OBRA, por un monto de
inversión de US$ 1 023 377 815.00 (Mil Veintitrés Millones
Trescientos Setenta y Siete Mil Ochocientos Quince y
00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), en un
plazo total de doce (12) años, diez (10) meses y veintisiete
(27) días, contados a partir del 01 de octubre del 2012,
fecha de inicio de la etapa pre - productiva de la OBRA,
de conformidad con lo establecido en el numeral 7.3 del
artículo 7° del Decreto Legislativo N° 973, modif‌i cado por
Que, el numeral 5.1, artículo 5° del Decreto Supremo
N° 084-2007-EF, establece que el Ministerio de Economía
y Finanzas evaluará y aprobará el detalle de la lista de
bienes de capital, bienes intermedios, servicios y lista de
contratos de construcción aprobada y remitida por el Sector
competente, para el acogimiento del Régimen Especial de
Recuperación Anticipada del IGV; asimismo, el numeral
5.2 del mencionado dispositivo legal establece que el
Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente,
una vez cuente con el Contrato de Inversión suscrito, así
como con el respectivo informe del Ministerio de Economía
y Finanzas;
Que, con referencia a la lista de bienes, servicios y
contratos de construcción presentada por la empresa
APM TERMINALS CALLAO S.A. a efectos de acogerse
a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 973, ésta
ha sido materia de evaluación por parte del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, que a través del
Informe N° 025-2014-MTC/09 sustentado en los
Informes N° 517-2013-MTC/25 y 058-2012-APN/DIPLA-
UAJ-DIRTEC, aprueba la lista de bienes, servicios y
contratos de construcción remitida por el Concesionario,
dado que resultan necesarios para el desarrollo del
proyecto denominado “Modernización del Terminal Norte
Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao”;
Que, mediante el Informe N° 073-2014-EF/61.01
remitido a través del Of‌i cio N° 657-2014-EF/13.01, el
Ministerio de Economía y Finanzas evaluó y aprobó la
lista de bienes, servicios y contratos de construcción,
presentada por la empresa APM TERMINALS CALLAO
S.A. para su acogimiento al Régimen de Recuperación
Anticipada del IGV por el proyecto denominado
“Modernización del Terminal Norte Multipropósito en el
Terminal Portuario del Callao”;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 973, que establece el Régimen Especial
de Recuperación Anticipada del Impuesto General a
las Ventas y su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 084-2007-EF y la Ley N° 29370, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación de la empresa calif‌i cada.
Aprobar como empresa calif‌i cada, para efectos
del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 973 a APM
TERMINALS CALLAO S.A., por el desarrollo del
proyecto denominado “Modernización del Terminal Norte
Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao”, de
conformidad con el Contrato de Inversión suscrito con el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Agencia

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