RESOLUCION MINISTERIAL Nº 435-2015-MINEDU - Dejan sin efecto la R.M. N° 0393-2013-ED
Fecha de publicación | 10 Septiembre 2015 |
Fecha de disposición | 10 Septiembre 2015 |
561091
NORMAS LEGALES
Jueves 10 de setiembre de 2015
El Peruano
/
del Ministerio de Educación, a través del procedimiento
establecido especialmente para ello, a fi n de convocar a
concurso público de admisión.
24.2 El número de estudiantes admitidos puede ser
menor a la meta de atención autorizada.”
Artículo 2.- Cuadro de Equivalencias
Disponer que toda referencia efectuada en el
Reglamento de la Ley de Institutos y Escuelas de
Educación Superior, a los órganos u unidades orgánicas
del Ministerio de Educación, deberá entenderse realizada
a los órganos y las unidades orgánicas contempladas
en el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo
N° 001-2015-MINEDU, de conformidad con el Cuadro de
Equivalencias aprobado por Resolución Ministerial N°
073-2015-MINEDU.
Artículo 3.- Revalidación de Institutos y Escuelas
de Educación Superior creados o autorizados con
anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley N°
29394
Los Institutos y Escuelas de Educación Superior
creados o autorizados con anterioridad a la entrada en
vigencia de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas
de Educación Superior, deberán realizar su procedimiento
de revalidación de acuerdo con el cronograma que
establezca el Ministerio de Educación. Las posteriores
revalidaciones se efectuarán conforme a lo establecido
en el numeral 6.2 del artículo 6 del presente Reglamento.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1285601-1
Dejan sin efecto la R.M. N° 05002012ED,
que oicializó elección de Presidenta del
COSUSINEACE, para el período 20112014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 434-2015-MINEDU
Lima, 8 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la
Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa
(SINEACE), dicho sistema es el conjunto de organismos,
normas y procedimientos estructurados e integrados
funcionalmente, destinados a defi nir y establecer
los criterios, estándares y procesos de evaluación,
acreditación y certifi cación, a fi n de asegurar los niveles
básicos de calidad que deben brindar las instituciones
a las que se refi ere la Ley N° 28044, Ley General de
Educación, y promover su desarrollo cualitativo;
Que, el artículo 8 de la referida Ley establecía que
el Presidente del Consejo Superior del SINEACE -
COSUSINEACE es elegido, por y entre sus miembros, por
un período de tres años, no pudiendo ser reelegido para
un período inmediato.
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0500-
2012-ED se ofi cializó la elección de la señora Peregrina
Angélica Cruz Morgan Lora como Presidenta del
COSUSINEACE, para el periodo 2011-2014.
Que, mediante la Décima Segunda Disposición
Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley
Universitaria, se declaró en reorganización el SINEACE
y se deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del
numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la
Que, al haber vencido el periodo por el cual fue
elegida la señora Morgan Lora como Presidenta del
COSUSINEACE, y al haberse derogado el Capítulo II
del Título I (referido al Ente Rector) de la Ley N° 28740,
resulta necesario dejar sin efecto la resolución que
ofi cializa la elección de la Presidenta del COSUSINEACE
para el periodo 2011-2014;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modifi cado por la Ley N° 26510; la Ley N° 28740, Ley
del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
Certifi cación de la Calidad Educativa; y el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Educación
aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución
Ministerial N° 0500-2012-ED.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1285127-1
Dejan sin efecto la R.M. N° 03932013ED
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 435-2015-MINEDU
Lima, 8 de setiembre de 2015
Visto, el Informe Nº 033-2015-MINEDU/VMGP-
DIGESU; y, el Informe N° 619-2015-MINEDU/SG-OGAJ
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0393-2013-
ED, de fecha 02 de agosto de 2013, se designó a los
señores VICTOR MELITON ZANABRIA HUISA, SILVERIO
APAZA APAZA, y JULIO GOMEZ MENDEZ, como
Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente
Administrativo, respectivamente, de la Comisión
Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de
Huanta;
Que, la referida designación se realizó en el marco de
lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 29658, Ley que crea la Universidad
Nacional Autónoma de Huanta, y la derogada Ley N°
23733, Ley Universitaria;
Universitaria, establece que aprobada la Ley de creación
de una universidad pública, el Ministerio de Educación
constituye una Comisión Organizadora integrada por tres
(3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los
mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1)
miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la
misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto,
reglamentos y documentos de gestión académica y
administrativa de la universidad, formulados en los
instrumentos de planeamiento, así como su conducción
y dirección hasta que se constituyan los órganos de
gobierno que le correspondan;
Que, de acuerdo al literal l) del artículo 9 del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-2015-MINEDU,
es función del Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones
Organizadoras de las universidades públicas creadas por
Ley;
Que, en ese sentido resulta necesario dejar sin efecto
la Resolución Ministerial N° 0393-2013-ED;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley
Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la
Ley Nº 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; y el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº
001-2015-MINEDU;
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