RESOLUCION MINISTERIAL N° 367-2014-VIVIENDA - Aprueban Valores Unitarios Oficiales de Edificación para las localidades de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, Sierra y Selva, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2015

Fecha de publicación30 Octubre 2014
Fecha de disposición30 Octubre 2014
El Peruano
Jueves 30 de octubre de 2014 536311
que regula el Procedimiento Simplif‌i cado de Valuaciones
a ser aplicado en el caso de expropiaciones de bienes
inmuebles afectados para la ejecución de obras de
infraestructura, sobre proyectos de necesidad pública,
seguridad nacional, interés nacional y/o de gran
envergadura declarados por ley, así como de las obras
de infraestructura concesionadas o entregadas al sector
privado a través de cualquier otra modalidad de asociación
público - privada”.
Artículo 2.- Derógase la Resolución Ministerial Nº 182-
2013-VIVIENDA, que aprobó la Directiva Nº 001-2013-
VIVIENDA-VMCS/DNC, denominada “Directiva que regula
un Procedimiento Simplif‌i cado de Valuaciones a ser aplicado
en el caso de Expropiaciones de Bienes Inmuebles Afectados
para la Ejecución de Obras de Infraestructura sobre Proyectos
de Necesidad Pública, Seguridad Nacional, Interés Nacional
y/o de Gran Envergadura Declarados por Ley, así como de
las obras de Infraestructura Concesionadas o Entregadas
al Sector Privado a través de cualquier otra modalidad de
Asociación Público - Privada”.
Artículo 3.- La Directiva que se aprueba con la
presente Resolución, es de aplicación para la Dirección
de Construcción de la Dirección General de Políticas y
Regulación en Construcción y Saneamiento y demás órganos
intervinientes del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, así como para las entidades solicitantes del
servicio de valuación de bienes inmuebles.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, en el Portal
Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento y en el Portal del Estado Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1157029-1
Aprueban Valores Unitarios Oficiales
de Edificación para las localidades
de Lima Metropolitana y la Provincia
Constitucional del Callao, la Costa,
Sierra y Selva, vigentes para el Ejercicio
Fiscal 2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 367-2014-VIVIENDA
Lima, 29 de octubre de 2014
VISTO, el Informe Nº 053-2014-VIVIENDA/VMVU-
DGPRVU de la Dirección General de Políticas y
Regulación en Vivienda y Urbanismo; el Informe Nº 036-
2014-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU-JCSD y el Informe
Legal Nº 019-2014-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU-OGS
del Coordinador y del abogado del Área de Valores de la
Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y
Urbanismo, respectivamente; y,
CONSIDERANDO:
Que, el segundo párrafo del artículo 11 del Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
señala que a efectos de determinar el valor total de los
predios, se aplicará los valores arancelarios de terrenos
y valores unitarios of‌i ciales de edif‌i cación vigentes al 31
de octubre del año anterior y las tablas de depreciación
por antigüedad y estado de conservación, que formula
el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba
anualmente el Ministro de Vivienda, Construcción y
Saneamiento mediante Resolución Ministerial;
Que, asimismo, el tercer párrafo del antes citado artículo
establece que las instalaciones f‌i jas y permanentes serán
valorizadas por el contribuyente de acuerdo a la metodología
aprobada en el Reglamento Nacional de Tasaciones y de
acuerdo a lo que establezca el reglamento de la Ley de
Tributación Municipal, y considerando una depreciación de
acuerdo a su antigüedad y estado de conservación;
Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA,
se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional
de Tasaciones – CONATA con el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, correspondiéndole al citado
ministerio la calidad de entidad incorporante;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo
citado en el considerando anterior, establece que toda
referencia normativa al Consejo Nacional de Tasaciones
- CONATA se entenderá hecha al Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento - MVCS;
Que, el literal e) del artículo 66 del Reglamento de
Organización y Funciones – ROF del MVCS aprobado por
función de la Dirección General de Políticas y Regulación
en Vivienda y Urbanismo, el conducir y supervisar la
formulación de los valores arancelarios y supervisar su
aplicación en la valorización of‌i cial de terrenos urbanos y
rústicos de todo el país;
Que, en el marco de las normas citadas y de la función
asignada en el literal e) del artículo 66 del ROF del MVCS,
la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda
y Urbanismo, ha formulado los Valores Unitarios Of‌i ciales
de Edif‌i cación para las localidades de Lima Metropolitana
y Provincia Constitucional del Callao, la Costa, Sierra y
Selva; el Instructivo para la Determinación de la Base
Imponible de las Instalaciones Fijas y Permanentes para el
cálculo del Impuesto Predial; los Valores Unitarios a costo
directo de algunas obras complementarias e Instalaciones
Fijas y Permanentes para Lima Metropolitana y Provincia
Constitucional del Callao, Costa, Sierra y Selva, vigentes
para el Ejercicio Fiscal 2015, y precisión respecto a
las tablas de depreciación por antigüedad y estado de
conservación;
Que, respecto a las tablas de depreciación por
antigüedad y estado de conservación aludidas en el
segundo párrafo del artículo 11 del Texto Único Ordenado
de la Ley de Tributación Municipal, se debe tener en
cuenta las aprobadas por el Reglamento Nacional de
Tasaciones del Perú en su Artículo II.D.33, pues a la fecha
no ha existido variación, por lo que se debe precisar en la
parte resolutiva;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, y el Decreto Supremo Nº 010-2014-
VIVIENDA que aprueba su Reglamento de Organización
y Funciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Valores Unitarios Of‌i ciales de
Edif‌i cación para las localidades de Lima Metropolitana
y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, Sierra
y Selva, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2015, los que
en Anexo I forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Aprobar el Instructivo para la
Determinación de la Base Imponible de las Instalaciones
Fijas y Permanentes para el cálculo del Impuesto Predial,
vigente para el Ejercicio Fiscal 2015, la que en Anexo II
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Aprobar los Valores Unitarios a costo directo
de algunas Obras Complementarias e Instalaciones Fijas
y Permanentes para Lima Metropolitana y la Provincia
Constitucional del Callao, Costa, Sierra y Selva vigentes
para el Ejercicio Fiscal 2015, los que en Anexo III (III.1,
III.2, III.3 y III.4), forman parte integrante de la presente
Resolución.
Dichos valores podrán ser utilizados de manera
opcional por los Gobiernos Locales o contribuyentes
como una guía, a f‌i n de complementar el autoavalúo
en caso tuviera que declararse el rubro instalaciones
f‌i jas y permanentes; sin perjuicio que el contribuyente
pueda efectuar su declaración del citado rubro, según
el Instructivo indicado en el Anexo II del artículo 2 de la
presente Resolución.
Artículo 4.- Precisase que las Tablas de Depreciación
Nºs 1, 2, 3 y 4 por antigüedad y estado de conservación
según el material estructural predominante vigentes para
el Ejercicio Fiscal 2015, se encuentran contenidas en el
Artículo II.D.33 del Reglamento Nacional de Tasaciones
del Perú, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 126-2007-VIVIENDA, modif‌i cada por Resolución
Ministerial Nº 266-2012-VIVIENDA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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