RESOLUCION MINISTERIAL Nº 229-2015-MINCETUR - Designan representantes del Ministerio ante el Consejo Nacional de la Tara - CONATARA

EmisorCOMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2015
559275
NORMAS LEGALES
Sábado 15 de agosto de 2015
El Peruano
/
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ACEPTAR, la renuncia formulada por el
Ingeniero Marco Alberto Cuentas Cortez, en el cargo de
Director de la Dirección Zonal Cusco del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del
Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Artículo 2º.- DESIGNAR, al señor Jorge Ttito Tairo,
en el cargo de Director de la Dirección Zonal Cusco del
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO
RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo
considerado de con anza.
Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal
Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO ANTONIO VINELLI RUÍZ
Director Ejecutivo
Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural – AGRO RURAL
1274559-1
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan representantes del Ministerio
ante el Consejo Nacional de la Tara -
CONATARA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 229-2015-MINCETUR
Lima, 11 de agosto de 2015
Visto el Memorándum N° 572-2015-MINCETUR/
VMCE del Viceministro de Comercio Exterior.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 013-2010-
AG se constituyó el Consejo Nacional de la Tara –
CONATARA, como un espacio de concertación e
institucionalización del diálogo y cooperación entre los
agentes públicos y privados, inmersos en los ciclos
del proceso productivo de la cadena agrícola, cuyo
objetivo primordial es generar compromisos especí cos
de competitividad, para darle mayor valor agregado
a la tara, y promover su inserción en los mercados
nacionales e internacionales;
Que, el CONATARA se encuentra conformada, entre
otros, por un representante titular y alterno del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR;
Que, mediante Resolución Ministerial N°
043-2014-MINCETUR se designaron a los representantes
titular y alterno del MINCETUR ante la CONATARA,
designación que es necesario actualizar;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos y la Ley N° 27790,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, y la Resolución Suprema
N° 013-2010-AG.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por concluida las designaciones
efectuadas mediante Resolución Ministerial N°
043-2014-MINCETUR.
Artículo 2°.- Designar como representantes del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR
ante el Consejo Nacional de la Tara - CONATARA, a las
siguientes personas:
- Carla Ledesma Morán, representante titular.
- María del Pilar Alarcón Tarazona, representante
alterno.
Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución
al Ministerio de Agricultura y Riego, para los nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1273294-1
CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación
a los “Conocimientos, prácticas y rituales
asociados a la faena comunal del ‘repaje’ o
Wasichakuy de la iglesia de San Francisco
de Asís de Marcapata”, provincia de
Quispicanchi, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 097-2015-VMPCIC-MC
Lima, 12 de agosto de 2015
Vista la solicitud de fecha 20 de julio de 2015, realizada
por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, y
el Informe Nº 269-2015-DPI-DGPC/MC, emitido por la
Dirección de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:
Perú señala que es función del Estado la protección del
Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el numeral 2) del Artículo 1º de la Ley Nº
28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la
Nación, establece que integran el Patrimonio Cultural
de la Nación las creaciones de una comunidad cultural
fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos
de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente
responden a las expectativas de la comunidad, como
expresión de la identidad cultural y social, además
de los valores transmitidos oralmente, tales como
los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber
y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos,
gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o
religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos
y otras expresiones o manifestaciones culturales que
en conjunto conforman nuestra diversidad cultural
como país;
Que, el literal b) del artículo 7° de la Ley N° 29565
dispone que es competencia exclusiva del Ministerio de
Cultura respecto de otros niveles de gobierno, realizar
acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la
Nación;
Que, corresponde al Ministerio de Cultura en
cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con
la participación activa de la comunidad, realizar una
permanente identi cación de dichas manifestaciones
tradicionales del país que deben ser declaradas como
Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante solicitud de fecha 20 de julio de
2015, realizada por la Dirección Desconcentrada de
Cultura de Cusco, se presenta el expediente mediante
el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes, la
declaratoria de la “Fiesta del repaje o wasichakuy del
templo San Francisco de Asís de Marcapata”, provincia
de Quispicanchi, región Cusco, como Patrimonio Cultural
de la Nación;
Que, mediante Informe N° 388-2015-DGPC-VMPCIC/
MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva
al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias
Culturales el Informe Nº 269-2015-DPI-DGPC/MC del 03
de agosto de 2015, emitido por la Dirección de Patrimonio
Inmaterial, a través del cual se recomienda la declaratoria
de los “Conocimientos, prácticas y rituales asociados a
la faena comunal del ‘repaje’ o wasichakuy de la iglesia
de San Francisco de Asís de Marcapata, provincia de
Quispicanchi, Cusco”, como Patrimonio Cultural de la
Nación;
NL20150815.pdf 5 8/17/2015 8:23:35 AM

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