RESOLUCION MINISTERIAL N° 167-2015-MINCETUR - Autorizan viaje de profesional del Ministerio a EE.UU., en comisión de servicios

Fecha de disposición07 Junio 2015
Fecha de publicación07 Junio 2015
El Peruano
Domingo 7 de junio de 2015
554514
Resolución Ministerial N° 025-2015-MINCETUR asignando
a la demandante el cargo de Técnico Administrativo II, con
arreglo al régimen privado, dentro de cualquiera de los
organismos que forman parte de su estructura, a efecto que
sea ocupado por la demandante;
Que, el artículo 4° del Texto Único Ordenado de
Decreto Supremo N° 017-93-JUS, establece que
“(…) toda persona y autoridad está obligada a acatar
y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de
índole administrativa, emanadas de autoridad judicial
competente, en sus propios términos, sin poder calif‌i car
su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos
o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil,
penal o administrativa que la ley señala(…) No se puede
dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de
cosa juzgada, ni modif‌i car su contenido, ni retardar su
ejecución, ni cortar procedimientos en trámite, bajo la
responsabilidad política, administrativa, civil y penal que
la ley determine en cada caso”;
Que, por lo expuesto, es necesario modif‌i car la
Resolución Ministerial N° 025-2015-MINCETUR, a f‌i n de
reordenar el cargo de Administrador IV por el de Técnico
Administrativo II de la Dirección General de Juegos
de Casino y Máquinas Tragamonedas, aprobando el
respectivo perf‌i l del puesto, de conformidad con la
Directiva Nº 001-2013-SERVIR/GDSRH “Formulación
del Manual de Perf‌i les de Puestos (MPP)”, aprobada
con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 161-2013-
SERVIR/PE;
De conformidad con los documentos del Visto;
Con la visación de los Directores Generales de la
Of‌i cina General de Administración, Of‌i cina General de
Planif‌i cación, Presupuesto y Desarrollo y Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica;
Según lo dispuesto por la Ley Nº 27790, Ley de
Organización y Funciones del MINCETUR, la Ley Nº
30057 – Ley del Servicio Civil, su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y la Directiva Nº
001-2013-SERVIR/GDSRH aprobado por Resolución de
Presidencia Ejecutiva Nº 161-2013-SERVIR/PE.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modif‌i car el artículo 1° de la Resolución
Ministerial N° 025-2015-MINCETUR, de acuerdo a los
siguientes términos:
“Artículo 1°.- Modif‌i car el Cuadro para Asignación
de Personal – CAP del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo - MINCETUR, aprobado por Resolución Suprema
N° 016-2002-MINCETUR y sus modif‌i catorias, reordenando
el cargo de Administrador IV de la Of‌i cina de Coordinación
Administrativa de la Dirección General de Juegos de Casino
y Máquinas Tragamonedas por el de Técnico Administrativo
II de la Of‌i cina de Coordinación Administrativa de la Dirección
General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas,
dentro de los términos que se consignan en el Anexo I, en
dos (2) folios, que visados y sellados, forman parte de la
presente Resolución Ministerial.”
Artículo 2°.- Modif‌i car el artículo 2° de la Resolución
Ministerial N° 025-2015-MINCETUR, de acuerdo a los
términos siguientes:
“Artículo 2°.- Aprobar el Formato de Perf‌i l de Puesto
de Técnico Administrativo II de la Of‌i cina de Coordinación
Administrativa de la Dirección General de Juegos de Casino
y Máquinas Tragamonedas, de acuerdo a los términos que
se consignan como Anexo II, en tres (3) folios, que visados y
sellados forman parte integrante de la presente Resolución
Ministerial.”
Artículo 3°.- Quedan vigentes los demás extremos de
la Resolución Ministerial N° 025-2015-MINCETUR.
Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y sus
anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) en la misma
fecha de la publicación of‌i cial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1247582-1
Autorizan viaje de profesional del
Ministerio a EE.UU., en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 167-2015-MINCETUR
Lima, 5 de junio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
- MINCETUR es el organismo público competente para
def‌i nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de
comercio exterior y de turismo; responsable en materia de
negociaciones comerciales internacionales y de integración,
af‌i n de alcanzar una mayor proyección competitiva en
cuanto a la convergencia, liberalización e integración
comercial;
Que, el Foro de Cooperación Económica del Asia
Pacíf‌i co – APEC, es un bloque plurilateral importante del
mundo actual, que se ocupa de asuntos relacionados con
los intercambios comerciales entre las economías miembro;
como mecanismo de cooperación y concertación económica
se orienta a la promoción, liberalización y facilitación del
comercio, las inversiones, la cooperación económica y
técnica y el desarrollo económico regional de 21 economías
de la Cuenca del Océano Pacíf‌i co que lo integran, entre
ellos el Perú, que desde su ingreso al APEC en 1998 ha
contribuido a incrementar los vínculos comerciales y de
inversión y ha aprovechado las oportunidades que la región
de Asia-Pacíf‌i co ofrece en el contexto bilateral y regional;
Que, mediante Resolución Suprema N° 061-2014-RE,
se declara de interés nacional el ejercicio por el Perú de la
Presidencia del APEC durante el año 2016, lo que conlleva
la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho Foro
y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2015
y 2016; en tal sentido el MINCETUR requiere involucrarse
en los trabajos previos durante el año 2015, para identif‌i car
actividades prioritarias a realizar y hacer el seguimiento de
los mismos en el año 2016;
Que, en el marco del APEC, se llevará a cabo la
Cuadragésima Reunión del Grupo de Trabajo de PYMES
del Foro APEC y Reuniones Conexas, en la ciudad de
Atlanta, Estados Unidos de América, del 10 al 11 de junio
de 2015;
Que, dicha reunión tiene como objetivos conocer el
estado de situación de las actividades que se han venido
realizando en el referido grupo de trabajo vinculadas a la
internacionalización de las PYMEs, conocer casos y políticas
exitosas que pueden ser implementadas o replicadas en
el Perú así como hacer el seguimiento para encontrar
sinergias y desarrollar posibles proyectos o iniciativas
con miras a 2016 en lo que respecta a la inserción de las
PYMEs y cadenas globales de valor;
Que, en tal sentido, se considera conveniente que un
representante del MINCETUR participe en dicho evento, para
cumplir tales objetivos así como efectuar coordinaciones en
temas relacionados al liderazgo del Perú en APEC 2016, y
asista a los talleres “Abordando los obstáculos al comercio
de productos para el cuidado de la salud: Apoyando a las
PYMEs a participar en las cadenas globales de valor” y
“Facilitando el Comercio para las PYMEs mediante una
mejor comprensión de las Medidas No Arancelarias en la
Región Asia-Pacíf‌i co”, que se llevarán a cabo los días 08 y
09 de junio de 2015;
Que, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se
autorice el viaje del señor Héctor Augusto Zevallos Urquieta,
profesional que presta servicios a la Dirección Nacional
de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales
Internacionales, del Viceministerio de Comercio Exterior,
para que en representación de MINCETUR, participe en el
evento antes mencionado;
Que, el Gobierno de los Estados Unidos de América
f‌i nanciará los gastos por concepto de pasajes aéreos, así
como el hospedaje y alimentación para el día 08 de junio, por
lo que el MINCETUR asumirá los gastos correspondientes
a viáticos para los días 09 al 11 de junio de 2015;
Que, el artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes
al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los
acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que
deben realizarse en categoría económica y ser autorizados
por Resolución del Titular de la Entidad;

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