RESOLUCION MINISTERIAL N° 161-2015 DE/SG - Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Bolivia y Brasil

Fecha de disposición03 Marzo 2015
Fecha de publicación03 Marzo 2015
SecciónSección Única
Martes 3 de marzo de 2015
547819
Año XXXII - Nº 13172
AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Anexo D.S. N° 012-2015-PCM.- Reglamento de
Organización y Funciones del OSITRAN 547821
R.M. N° 049-2015-PCM.- Aprueban el Plan Operativo
Informático 2015 del Pliego 001: Presidencia del Consejo
de Ministros 547838
R.M. N° 050-2015-PCM.- Aprueban el “Plan Anual
de Transferencia de Competencias Sectoriales a los
Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión
Descentralizada del Año 2015” de la PCM 547838
AMBIENTE
R.M. N° 038-2015-MINAM.- Designan Directora Ejecutiva
del Proyecto Especial Parque Ecológico Nacional “Antonio
Raimondi” 547839
DEFENSA
RR.MM. N°s. 161 y 162-2015 DE/SG.- Autorizan ingreso
al territorio de la República de personal militar de Bolivia y
Brasil 547839
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 036-2015-EF.- Autorizan Crédito Suplementario
a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento con cargo a los recursos del Fondo para
la Inclusión Económica en Zonas Rurales - FONIE en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015
547840
EDUCACION
D.S. N° 004-2015-MINEDU.- Autorizan otorgar
subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo
“A” de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015 547841
R.M. N° 177-2015-MINEDU.- Conforman las Unidades de
Educación Ambiental, de Arte y Cultura y de Educación
Comunitaria 547842
R.M. N° 178-2015-MINEDU.- Designan responsable de
la Unidad Ejecutora 120: “Programa Nacional de Dotación
de Materiales Educativos” y modif‌i can la R.M. N° 021-
2015-MINEDU 547843
R.M. N° 179-2015-MINEDU.- Designan Director ejecutivo
del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de
los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 547844
ENERGIA Y MINAS
R.M. N° 099-2015-MEM/DM.- Precisan que el Ministerio
de Energía y Minas (Unidad Ejecutora 001: Central)
ostenta la calidad de “Entidad Pública Tipo A”, para los
f‌i nes del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos y def‌i nen como “Entidad Pública Tipo B” a la
Dirección General de Electrif‌i cación Rural 547845
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R.M. N° 0029-2015-JUS.- Designan Jefe de Gabinete del
Despacho Ministerial 547845
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
R.M. N° 015-2015-MIMP.- Aprueban la “Guía para el
uso del lenguaje inclusivo. Si no me nombras, no existo”
547846
R.M. N° 024-2015-MIMP.- Designan Directora General
de la Dirección General de Igualdad de Género y no
Discriminación del Ministerio 547846
PRODUCE
R.M. N° 051-2015-PRODUCE.- Constituyen Grupo de
Trabajo para revisar y analizar el estado de la pesquería
del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) y proponer
medidas para perfeccionar su ordenamiento 547847
R.M. N° 052-2015-PRODUCE.- Incorporan procedimientos
N°s. 38 y 43 del TUPA del Ministerio de la Producción a la
Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP) 547848
R.M. N° 053-2015-PRODUCE.- Autorizan al IMARPE la
realización de una Pesca Exploratoria en la Zona Sur del
Mar Peruano 547848
Res. N° 19-2015-ITP/DE.- Designan Secretaria General
del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP 547850
SALUD
R.M. N° 128-2015/MINSA.- Designan Director Ejecutivo
de la Of‌i cina de Proyectos de Inversión de la Of‌i cina
General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio
547850
Sumario
El Peruano
Martes 3 de marzo de 2015
547820
R.M. N° 129-2015/MINSA.- Aprueban transferencia
f‌i nanciera a favor de la OPS/OMS y el UNICEF, para
la adquisión de diversos productos durante el ejercicio
presupuestal 2015 547851
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.D. N° 791-2015-MTC/15.- Autorizan a Motor Sport
S.A. como entidad verif‌i cadora para realizar inspección
física y documentaria de los vehículos usados dentro del
procedimiento de su nacionalización 547852
ORGANISMOS EJECUTORES
AGENCIA DE COMPRAS DE LAS
FUERZAS ARMADAS
R.J. N° 023-2015-ACFFAA.- Designan Secretario
General de la Agencia de Compras de las Fuerzas
Armadas 547853
R.J. N° 024-2015-ACFFAA.- Designan Director de
la Dirección de Estudios de Mercado de la Agencia de
Compras de las Fuerzas Armadas 547853
R.J. N° 030-2015-ACFFAA.- Designan responsables
de brindar información y de la actualización del portal de
transparencia y del portal institucional de la Agencia de
Compras de las Fuerzas Armadas 547854
ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN
DE LA PROPIEDAD INFORMAL
R.D. N° 034-2015-COFOPRI/DE.- Designan Jefe de la
Of‌i cina Zonal de Ancash y encargan funciones de Jefe de
la Of‌i cina Zonal de Cusco de COFOPRI 547854
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
R.J. N° 081-2015-INEI.- Aprueban Índices Unif‌i cados
de Precios de la Construcción para las seis Áreas
Geográf‌i cas, correspondientes al mes de febrero de 2015
547855
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL
Res. Adm. N° 071-2015-CE-PJ.- Convierten Juzgado
Mixto en Juzgado de Trabajo de la provincia de Ilo,
Corte Superior de Justicia de Moquegua, y emiten otras
disposiciones 547855
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 089-2015-P-CSJLI/PJ.- Reconforman
salas, reasignan y designan magistrados en diversos
órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia
de Lima 547857
Res. Adm. N° 253-2015-P-CSJLIMASUR/PJ.- Designan
Juez Superior Supernumeraria para completar el
Colegiado de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte
Superior de Justicia de Lima Sur 547859
Res. Adm. N° 259-2015-P-CSJLIMASUR/PJ.- Designan
Juez Supernumerario del Primer Juzgado Civil Transitorio
de Villa El Salvador, Corte Superior de Justicia de Lima
Sur 547860
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Circular N° 011-2015-BCRP.- Índice de reajuste diario a
que se ref‌i ere el artículo 240° de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al
mes de marzo de 2015 547860
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 1148-2015.- Autorizan a Corporación Coril S.A.C.
para que organice una empresa de servicios f‌i duciarios,
bajo la denominación social de “Corf‌i d Corporación
Fiduciaria S.A.” 547861
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
Acuerdo N° 004-2015-GR.APURIMAC/CR.- Autorizan
viaje de Presidente del Gobierno Regional de Apurímac a
Canadá, en comisión de servicios 547862
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
D.A. N° 005-2015-MDJM.- Prorrogan vigencia de la
Ordenanza Nº 452-MDJM, que aprobó benef‌i cios para
pago de deudas tributarias y administrativas 547863
MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Ordenanza N° 253-MDPP.- Modif‌i can la Ordenanza
N° 251-MDPP, que otorgó benef‌i cios tributarios y no
tributarios en la jurisdicción del distrito 547863
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
D.A. N° 02-2015/MDSM.- Reajustan términos porcentuales
de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA de
la Municipalidad en función al nuevo valor de la UIT para
el año 2015 547864
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
R.D. N° 05-2015-MSS.- Modif‌i can el Nuevo Reglamento de
Parámetros Urbanísticos y Edif‌i catorios Correspondientes
al Sector del Distrito Conformante del Área de Tratamiento
Normativo III de Lima Metropolitana 547865
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
D.A. N° 002-2015-MDS.- Prorrogan fechas de
vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales, y aplicación de descuentos por su Pronto
Pago, correspondientes al ejercicio f‌i scal 2015 547866
El Peruano
Martes 3 de marzo de 2015 547821
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Reglamento de Organización y
Funciones del OSITRAN
(El Decreto Supremo en referencia fue publicado en la
edición del 28 de febrero de 2015)
ANEXO - DECRETO SUPREMO
Nº 012-2015-PCM
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES DEL OSITRAN
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Naturaleza Jurídica del OSITRAN
El OSITRAN es un Organismo Regulador adscrito a
la Presidencia del Consejo de Ministros. Tiene personería
jurídica de derecho público interno y autonomía
administrativa, funcional, técnica, económica y f‌i nanciera.
Su estructura orgánica se sujeta a lo dispuesto por el
presente Reglamento.
Artículo 2.- Ámbito de competencia y domicilio
El OSITRAN ejerce sus funciones a nivel nacional,
en el marco de lo establecido por la Ley N° 26917,
la Ley N° 27332 y la Ley N° 29754, sus normas
modif‌i catorias, reglamentarias y complementarias, así
como por el Reglamento General del OSITRAN, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus
modif‌i catorias.
El domicilio del OSITRAN se encuentra en la Provincia
y Departamento de Lima, pudiendo establecer órganos
desconcentrados en cualquier lugar del país.
Artículo 3.- Funciones generales
El OSITRAN, en el marco de su actividad supervisora,
reguladora, normativa, f‌i scalizadora y sancionadora, así
como de solución de controversias y atención de reclamos
de los usuarios, respecto de actividades o servicios que
involucran la explotación de la infraestructura de transporte
de uso público y su mercado, incluida la prestación de
servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros
en las vías que forman parte del Sistema Eléctrico de
Transporte Masivo de Lima y Callao – Metro de Lima
y Callao, y otras que se le asigne, tiene las siguientes
funciones generales:
1. Administrar, f‌i scalizar y supervisar los contratos
de concesión con criterios técnicos, en el ámbito de
su competencia, desarrollando todas las actividades
relacionadas al control posterior de los contratos bajo su
ámbito.
2. Fijar las tarifas, peajes y otros cobros similares
y establecer reglas claras y precisas para su correcta
aplicación, así como para su revisión y modif‌i cación,
cuando no exista competencia en el mercado, en los
casos que corresponda;
3. Velar por el cumplimiento de las cláusulas tarifarias
y de reajuste tarifario que éste contiene, en el caso que
exista un contrato de concesión con el Estado;
4. Velar por el libre funcionamiento del mercado,
cuando exista competencia en el mercado y no existan
cláusulas tarifarias;
5. Adoptar las medidas correctivas y aplicar sanciones
sobre las materias que son de su competencia o que le
han sido delegadas.
6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre
contaminación ambiental en la explotación de la
infraestructura pública de transporte, con excepción de
aquellos aspectos que por ley corresponden al ámbito de
responsabilidad de otras autoridades.
7. Interpretar los títulos en virtud de los cuales las
entidades prestadoras realizan sus actividades de
explotación de la infraestructura de transporte de uso
público de competencia del OSITRAN, así como los
referidos a la prestación de servicios públicos de transporte
ferroviario de pasajeros en las vías que forman parte del
Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao
– Metro de Lima y Callao.
8. Emitir opinión técnica sobre la procedencia de la
renegociación o revisión de los contratos de concesión.
En caso ésta sea procedente, elaborará el informe
técnico correspondiente y lo trasladará al Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
9. Declarar la suspensión temporal de la concesión o su
caducidad, cuando la entidad prestadora incurra en alguna
de las causales establecidas en las normas con rango de
Ley, que regulan la entrega en concesión al sector privado
de las obras públicas de infraestructura y de servicios
públicos, normas reglamentarias y complementarias o en
el contrato de concesión.
10. Contratar temporalmente los servicios de empresas
especializadas, hasta la suscripción de un nuevo contrato
de concesión, en casos excepcionales en los cuales exista
suspensión de la concesión, terminación de contrato o
caducidad del mismo, a f‌i n de evitar la paralización del
servicio. Los contratos temporales no tendrán, en ningún
caso, duración superior a un año calendario.
11. Cobrar los derechos, tasas, penalidades y cualquier
otro monto que deban pagar las entidades prestadoras
de infraestructura pública nacional de transporte,
según lo establezcan la Ley, los contratos de concesión
respectivos, y los Reglamentos aprobados por el Consejo
Directivo del OSITRAN; así como efectuar los pagos que
correspondan en el cumplimiento de las obligaciones que
se pudiere haber contraído con éstos, con terceros y con
el Estado, en virtud de la legislación de la materia y de lo
establecido en los contratos de concesión.
12. Proveer información y emitir opinión en aspectos
de su competencia cuando el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones lo requiera.
13. Ejercer facultades coactivas para el cobro de las
deudas en su favor derivadas de multas, sanciones, tasas
y obligaciones originadas de los contratos de concesión.
14. Actuar como institución organizadora de los
arbitrajes que deban resolver las controversias entre
los operadores, entidades prestadoras de servicios; de
éstos entre sí y las de carácter patrimonial que pudieren
surgir entre el Estado y los concesionarios, tomando en
cuenta que la vía arbitral es obligatoria para la solución de
controversias entre entidades prestadoras.
15. Regular la coordinación de las relaciones entre
distintas entidades prestadoras y otros agentes vinculados
a la actividad.
16. Expedir las directivas de procedimiento para aplicar
sanciones, atender y resolver reclamos y controversias
que surjan entre los usuarios y entidades prestadoras,
velando por la ef‌i cacia y celeridad de dichos trámites.
17. Llevar a cabo las acciones que requiera la
promoción de una efectiva y leal competencia entre las
entidades prestadoras vinculadas a la infraestructura
pública nacional de transporte de uso público.
18. Cautelar el acceso universal en el uso de la
infraestructura pública nacional de transporte y en general,
proteger los intereses de todas las partes que intervienen
en las actividades relacionadas a dicha infraestructura.
19. Ejercer la supervisión de los servicios públicos
de transporte ferroviario de pasajeros en las vías
concesionadas que forman parte del Sistema Eléctrico de
Transporte Masivo de Lima y Callao;
20. Otras funciones que señale la normativa
correspondiente.
Artículo 4.- Base legal
La actuación del OSITRAN se sustenta en las
siguientes normas:
1. Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión
Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y
Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo;
2. Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos
Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios
Públicos, su modif‌i catoria y su Reglamento;
3. Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplif‌i cación
de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas;
4. Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional;
5. Decreto Legislativo N° 1012, Decreto Legislativo que
aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público – Privadas
para la Generación de Empleo Productivo y Dicta Normas

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