RESOLUCION MINISTERIAL N° 129-2015-MINCETUR - Autorizan viajes de personal del Viceministerio de Comercio Exterior a EE.UU. y Filipinas, en comisión de servicios

Fecha de disposición12 Mayo 2015
Fecha de publicación12 Mayo 2015
El Peruano
Martes 12 de mayo de 2015 552369
la Política de Estado N° 33, referida a recursos hídricos
aprobada en el marco del Acuerdo Nacional;
Que, el Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-
2016, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-
2014-JUS, en el Lineamiento Estratégico 2 sobre “Diseño
y Fortalecimiento de la política pública de promoción y
protección de los derechos civiles, políticos, económicos,
sociales, culturales y ambientales”, incluye como Objetivo
18: “Ampliar la cobertura, la sostenibilidad y el mejoramiento
de la calidad de los servicios de saneamiento”;
Que, la referida propuesta ha sido sometida
a un proceso de socialización a través de talleres
macroregionales realizados en las ciudades de Arequipa,
Cusco, Chiclayo, Tarapoto, Huancayo y Lima, en los
que participaron funcionarios públicos de los niveles
nacional, regional y local, representantes de los colegios
profesionales, así como diversos agentes e instancias de
la sociedad civil, habiendo recibido comentarios y aportes
que han sido debidamente merituados;
Que, la Autoridad Nacional del Agua, a efectos de
proponer la versión de¿ nitiva de la Política y Estrategia
Nacional de Recursos Hídricos ha promovido mecanismos
de participación e implementado la difusión de su contenido
a través de su portal institucional, incorporando los aportes
y sugerencias de las personas naturales y jurídicas
vinculadas a la materia, así como de los representantes
de los gremios agrícola, poblacional, minero, eléctrico e
industrial, contándose además con la conformidad de su
Consejo Directivo, tal como consta en la Sesión del Consejo
Directivo de fecha 04 de noviembre de 2014;
Que, a ¿ n de lograr el aprovechamiento sostenible,
la conservación y el incremento de los recursos hídricos,
es necesario contar con un instrumento de plani¿ cación
vinculante que de¿ na los objetivos de interés nacional para
garantizar el uso sostenible de los recursos hídricos del país;
razón por la cual, se debe aprobar como Política de Estado,
la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos;
En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del
1 del artículo 4 y el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N°
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la Política y Estrategia
Nacional de Recursos Hídricos
Apruébase la Política y Estrategia Nacional de
Recursos Hídricos, como instrumento de plani¿ cación
de carácter vinculante, cuyo texto en Anexo forma parte
integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación del Anexo del presente
Decreto Supremo
El Anexo a que se re¿ ere el artículo 1 del presente
Decreto Supremo será publicado en el Portal del Estado
Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Institucional del
Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe); y,
el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua
(www.ana.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la
presente norma en el Diario O¿ cial El Peruano.
Artículo 3.- Financiamiento
Las acciones que se deriven de la aplicación de la
presente norma se sujetan al presupuesto institucional
de los Pliegos involucrados, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de
Agricultura y Riego.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once
días del mes de mayo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1235853-1
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan viaje de personal del
Viceministerio de Comercio Exterior
a EE.UU. y Filipinas, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 129-2015-MINCETUR
Lima, 11 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
- MINCETUR es el organismo público competente para
de¿ nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de
comercio exterior y de turismo; responsable en materia de
negociaciones comerciales internacionales y de integración,
a ¿ n de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto
a la convergencia, liberalización e integración comercial;
Que, el Acuerdo de Asociación Transpací¿ co – TPP, es
un proceso de negociación que abarca países de América,
Asia y Oceanía, y que busca convertirse en la base y el
medio para establecer el Área de Libre Comercio del Asia
Pací¿ co;
Que, en el marco de la Cumbre de Líderes del Foro
de Cooperación Económica del Asia Pací¿ co - APEC,
en noviembre de 2008, el Perú anunció que se uniría a
las negociaciones del TPP, acordando para tal ¿ n, con
las demás partes de dicho Acuerdo, realizar reuniones
intersesionales;
Que, en Guam, Estados Unidos de América, del 14 al
28 de mayo de 2015, se llevarán a cabo las Reuniones
de Jefes Negociadores y de Grupos Técnicos del TPP, en
las materias de: Acceso a Mercado, Reglas de Origen y
Textiles, Inversión y Medidas Disconformes, Propiedad
Intelectual, Política de Competencia – Sección B:
Empresas del Estado, Asuntos Ambientales y la Revisión
Legal de los capítulos negociados en el TPP; así mismo
se sostendrán Reuniones Bilaterales de Viceministros de
Comercio Exterior;
Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio
Exterior solicita que se autorice el viaje del equipo de
profesionales que prestan servicios al Viceministerio
de Comercio Exterior, para que en representación
del MINCETUR participen en las reuniones antes
mencionadas;
Que, el señor Boris Martín Gómez Del Corzo,
profesional que forma parte del equipo antes mencionado,
participará, asimismo, en las reuniones bilaterales del Foro
de Cooperación Económica del Asia Pací¿ co – APEC,
que se realizará en la ciudad de Boracay, República de
Filipinas, del 21 al 24 de mayo de 2015, razón por la cual
es necesario autorizar su viaje a Guam (Estados Unidos
de América) y a la ciudad de Boracay (República de
Filipinas);
Que, el artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos
públicos, salvo los casos excepcionales que la misma
Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el
marco de la negociación de los acuerdos comerciales
de importancia para el Perú, los que deben realizarse en
categoría económica y ser autorizados por Resolución del
Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley
que regula la autorización de viajes al exterior de los
servidores y funcionarios públicos, sus modi¿ catorias, y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a Guam, Estados Unidos
de América, del siguiente personal del Viceministerio
de Comercio Exterior, para que en representación del

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