RESOLUCION MINISTERIAL N° 0061-2015-MINAGRI - Reconforman el Comité de Seguimiento y Monitoreo de los Proyectos de Inversión del Ministerio de Agricultura y Riego

Fecha de disposición18 Febrero 2015
Fecha de publicación18 Febrero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 18 de febrero de 2015 546895
AGRICULTURA Y RIEGO
Reconforman el Comité de Seguimiento
y Monitoreo de los Proyectos de
Inversión del Ministerio de Agricultura
y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0061-2015-MINAGRI
Lima, 12 de febrero de 2015
VISTOS:
El Of‌i cio N° 041-2015-MINAGRI-OGPP/OPI, de fecha
23 de enero de 2015, del Director General de la Of‌i cina
General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N°
025-2015-MINAGRI-OGPP/OPI, de fecha 21 de enero
de 2015, del Director de la Of‌i cina de Programación e
Inversiones; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional
de Inversión Pública, se creó el Sistema Nacional de
Inversión Pública, con la f‌i nalidad de optimizar el uso de
los Recursos Públicos destinados a la inversión, mediante
el establecimiento de principios, procesos, metodologías
y normas técnicas relacionados con las diversas fases de
los proyectos de inversión;
Que, en el artículo 4 del citado dispositivo, se señala
que todos los proyectos que se ejecutan en el marco
del Sistema Nacional de Inversión Pública se rigen por
las prioridades que establecen los planes estratégicos
nacionales, sectoriales, regionales y locales, por los
principios de economía, ef‌i cacia y ef‌i ciencia durante todas
sus fases y por el adecuado mantenimiento en el caso
de la infraestructura física para asegurar su utilidad en el
tiempo;
Que, el numeral 26.2 del artículo 26 de la Resolución
Directoral Nº 003-2011-EF-68.01, Directiva General del
Sistema Nacional de Inversión Pública, señala que el
seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública (PIP)
está a cargo de la Of‌i cina de Programación de Inversiones
(OPI) que declaró la viabilidad del PIP, quien podrá solicitar
toda la información que considere necesaria a los órganos
respectivos relacionados con la ejecución de los PIP;
Que, asimismo, en el numeral 26.3 de su artículo
26, señala que adicionalmente, la OPI conformará un
Comité de Seguimiento, a f‌i n que las áreas, órganos o
dependencia citadas a las sesiones de dicho Comité, le
brinden toda la información correspondiente al avance de
la ejecución y liquidación de los PIP, a que se ref‌i ere el
numeral 26.5 del artículo en mención;
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial
N° 0025-2012-AG, de fecha 27 de enero de 2012, se
conformó el Comité de Seguimiento y Monitoreo de los
Proyectos de Inversión del Ministerio de Agricultura, ahora
Ministerio de Agricultura y Riego, el mismo que tiene
como función el verif‌i car los avances de la ejecución de
los proyectos de inversión; estableciendo también a sus
integrantes, entre los cuales se encuentra el Viceministro
de Agricultura;
Que, mediante la Ley N° 30048, se modif‌i ca, entre
otros, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 997, que
aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego
(MINAGRI), estableciendo que ahora la Alta Dirección del
MINAGRI está conformada por el Ministro, el Viceministro
de Políticas Agrarias, el Viceministro de Desarrollo e
Infraestructura Agraria y Riego, y el Secretario General;
Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2014-
MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego,
estableciéndose en la Primera Disposición Complementaria
Final que el Ministerio de Agricultura y Riego expedirá las
normas complementarias necesarias para la adecuada
aplicación del referido Reglamento de Organización y
Funciones;
Que, en el marco de la nueva denominación, estructura
y funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, siendo
pertinente que las intervenciones del Gobierno Nacional
conlleven a mejorar la calidad de la inversión pública, el
cierre de brechas sociales y la importancia de garantizar
lo establecido en la Ley del Sistema Nacional de Inversión
Pública, así como la responsabilidad de mejorar la gestión
de la inversión, es necesario reconformar el Comité de
Seguimiento y Monitoreo de los Proyectos de Inversión
del Ministerio de Agricultura y Riego;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura, modif‌i cado por la Ley N° 30048, en cuanto a
la denominación como Ministerio de Agricultura y Riego; y,
su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Reconformar el Comité de Seguimiento
y Monitoreo de los Proyectos de Inversión del Ministerio
de Agricultura y Riego, que se encargará de verif‌i car los
avances de la ejecución de los proyectos de inversión
priorizados; el mismo que estará integrado por:
1) El Viceministro de Desarrollo e Infraestructura
Agraria y Riego, o su representante, quien asumirá la
Presidencia del Comité.
2) El Secretario General, o su representante.
3) El Director General de la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto, o su representante.
4) El Director de la Of‌i cina de Programación e
Inversiones, quien actuará como Secretario Técnico del
Comité.
Artículo 2.- Son funciones del Comité, en el marco del
Sistema Nacional de Inversión Pública, las siguientes:
1) Efectuar el seguimiento de los avances de la
ejecución de los proyectos de inversión pública en sus
diferentes fases, incluyendo la liquidación y el cierre del
proyecto.
2) Aprobar y actualizar anualmente la cartera
priorizada de proyectos de inversión pública materia de
seguimiento.
3) Otras que establezca el reglamento aprobado por
sus miembros, siendo la aprobación de este reglamento
de carácter facultativo.
Artículo 3.- El Comité de Seguimiento y Monitoreo
es de carácter permanente y se reunirá mensualmente.
Adicionalmente, el Presidente del Comité podrá convocar
a sus miembros cuando lo estime necesario.
Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial
en el Diario Of‌i cial El Peruano, y en el Portal Institucional
del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.
pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1201210-1
Delegan diversas facultades en el
Director General, en el Director de la
Unidad de Logística de la Oficina de
Administración y otros funcionarios
del SENASA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
0028-2015-MINAGRI-SENASA
10 de Febrero de 2015
VISTOS:
Resolución Jefatural N°046-2009-AG-SENASA de
fecha 19 de febrero de 2009, Resolución Jefatural N°0341-
2011-AG-SENASA de fecha 08 de noviembre de 2011, y
el Informe-0231-2014-MINAGRI-SENASA-OAJ-LGARCÍA
de fecha 11 de noviembre de 2014; y,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR