RESOLUCION MINISTERIAL N° 003-2015-MC - Delegan facultades en la Secretaria General, Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias y diversos funcionarios durante el Año Fiscal 2015

Fecha de disposición10 Enero 2015
Fecha de publicación10 Enero 2015
El Peruano
Sábado 10 de enero de 2015 544479
CULTURA
Delegan facultades en la Secretaría
General, Viceministerio de Patrimonio
Cultural e Industrias y diversos
funcionarios durante el Año Fiscal
2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 003-2015-MC
Lima, 8 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio
de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con
personería jurídica de derecho público, constituyendo
pliego presupuestal del Estado;
Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N°
Ministros de Estados pueden delegar en los funcionarios
de su cartera ministerial, las facultades que no sean
privativas de su función y siempre que la normatividad lo
autorice;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad
puede delegar sus funciones en materia presupuestal
cuanado lo establezca expresamente la Ley General, las
Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de
creación de la Entidad, siendo responsable solidario con
el delegado;
Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40 de la
norma ley señalada en el considerando precedente, se
establece que las modif‌i caciones presupuestarias en el
nivel funcional programático son aprobadas mediante
Resolución del Titular, a propuesta de la Of‌i cina de
Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad;
pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación,
a través de disposición expresa, la misma que debe ser
publicada en el Diario Of‌i cial “El Peruano”;
Que, a través de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se establecen
normas para el proceso presupuestario que deben
observar los organismos del Sector Público durante el
Ejercicio Fiscal 2015;
por Decreto Legislativo N° 1017 y el Reglamento de la
Supremo N° 184-2008-EF y modif‌i catorias, establecen
disposiciones y lineamientos que deben observar
las Entidades del Sector Público en los procesos de
contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las
obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;
Que, el segundo párrafo del artículo 5 de la Ley de
Contrataciones del Estado, establece que el Titular de la
Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad
que la presente citada norma le otorga; no pudiendo ser
objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la
declaración de nulidad de of‌i cio y las autorizaciones de
prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que
se establezcan en el Reglamento;
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su
Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°
040-2014-PCM, se establece un régimen único y exclusivo
para las personas que prestan servicios en las entidades
públicas del Estado, así como para aquellas personas
que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus
potestades y de la prestación de servicios a cargo de
estas;
Que, teniendo en consideración las normas citadas
en los considerandos precedentes y con el propósito de
lograr una mayor f‌l uidez ena la marcha administrativa
del Ministerio de Cultura, es conveniente delegar las
facultades que no sean privativas a la función de la
Ministra de Cultura; así como las facultades y atribuciones
administrativas de gestión y resolución que no sean
propias de dicho cargo, durante el Año Fiscal 2015;
Con el visado de la Viceministra de Interculturalidad
encargada del Viceministerio de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales, de la Secretaria General, de la
Directora General (e) de la Dirección General y de la
Directora General de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en la Secretaria General del
Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2015, las
siguientes facultades:
1.1 En Materia Presupuestaria: Respecto del Pliego
003: Ministerio de Cultura
a. Aprobar todo documento de carácter normativo
que permita que la racionalización del gasto y el manejo
adecuado de los recursos asignados por toda fuente de
f‌i nanciamiento durante la ejecución presupuestaria del
ejercicio 2015, pudiendo dictar, medidas complementarias
que resulten necesarias, a excepción de aquellas que
correspondan a la Of‌i cina General de Administración o a
la que haga sus veces en las Unidades Ejecutoras del
Pliego 003 : Ministerio de Cultura, conforme a normatividad
vigente.
b. Aprobar y/o formalizar las modif‌i caciones
presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que
correspondan al Titular del Pliego 003: Ministerio de
Cultura, debidamente sustentadas por la Of‌i cina General
de Planeamiento y Presupuesto; así como la suscripción
de formatos, f‌i chas y documentación que tenga incidencia
presupuestaria.
c. Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio
de Cultura y sus respectivas modif‌i catorias.
d. Autorizar las transferencias f‌i nancieras al Comité
de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo
CAFAE de la entidad.
1.2 En materia de Contrataciones del Estado:
Respecto de la Unidad Ejecutora 001
a. Resolver los recursos de apelación interpuestos
en los procesos de selección de Adjudicación Directa
Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía, realizados
en el marco de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones
modif‌i cada por la Ley N° 29873, y en el Reglamento
el Decreto Supremo N° 184-2008-EF, modif‌i cado por
Decreto Supremo N° 138-2012-EF.
b. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como
sus modif‌i catorias.
c. Autorizar los procesos de estandarización.
d. Conformar los Comités o Comisiones encargadas
de la entrega de terreno y recepción de obras realizadas
en el marco de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones
modif‌i cada por la Ley N° 29873 y en el Reglamento de la
Ley N° 184-2008-EF, modif‌i cada por Decreto Supremo N°
138-2012-EF.
Asimismo, las facultades antes mencionadas, dentro
del ámbito de sus competencias, se delegan en los jefes
y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MC-
Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 005: Naylamp-
Lambayeque, 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan,
007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales.
1.3 En materia de Procedimientos Administrativos
Disciplinarios: Respecto del Pliego 003- Ministerio de
Cultura
a. Instaurar los procedimientos administrativos
disciplinarios a los funcionarios y servidores civiles en
el marco de la Ley N° 30057 y su reglamento, cuando
el Titular de la entidad actúe en calidad de órgano
instructor.
1.4 En materia de acciones administrativas:
Respecto del Pliego 003-Ministerio de Cultura
a. Suscribir contratos de auditoría externa para la
Entidad.
b. Suscribir contratos de consultoría derivados de
Convenios de Cooperación Técnica Internacional No
reembolsable u otros instrumentos de igual naturaleza.

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