RESOLUCION JEFATURAL N° 269-2014/JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Rosa de Camonashari, departamento de Junín.

Fecha de publicación21 Noviembre 2014
Fecha de disposición21 Noviembre 2014
El Peruano
Viernes 21 de noviembre de 2014 538081
Que, al respecto, conforme se señala en los numerales
201.1 y 201.2 del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General, los errores
materiales o aritméticos en los actos administrativos
pueden ser rectif‌i cados con efecto retroactivo, en cualquier
momento, de of‌i cio o a instancia del administrado, siempre
que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido
de la decisión, asimismo, la rectif‌i cación adoptará las
formas y modalidades de comunicación o publicación que
corresponda para el acto original;
Que, considerando lo expresado, se puede
concluir que los errores materiales para poder ser
rectificados por la Administración deben, en primer
lugar, evidenciarse por sí solos sin necesidad de
mayores razonamientos, manifestándose por su sola
contemplación. En segundo lugar, el error, debe ser tal,
que para su corrección sea necesario únicamente el
cotejo de datos que indefectiblemente se desprendan
del expediente administrativo y, que por consiguiente,
no requieran de mayor análisis; calificándose estos
errores como intranscendentes por dos razones: (i) no
conllevan a la nulidad del acto administrativo en tanto
no constituyan vicios de éste y, (ii) no afectan el sentido
de la decisión o la esencia del acto administrativo
mismo, lo cual es un requisito que comparte con el
error aritmético;
Estando a las atribuciones conferidas en la Ley
Nº 26497 – Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, Ley Nº 27619 – Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, modif‌i cado en parte por el Decreto Supremo Nº
056-2013-PCM, Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS
modif‌i cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-
JUS, Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General y el Reglamento de Organización y Funciones
del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil,
aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/
JNAC/RENIEC (10ABR2013);
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECTIFICAR, el error material
consignado en el Artículo Primero de la Resolución
Jefatural Nº 257-2014/JNAC/RENIEC (07NOV2014),
según el siguiente detalle:
DICE:
“ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR, el viaje en
comisión de servicios de la señora KATIUSKA SEGOVIA
VALENCIA, Sub Gerente de Procesamiento del Registro
Electoral de la Gerencia de Registro Electoral del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, del 09 al 15
de noviembre de 2014, a f‌i n de participar en el “I Curso
Internacional Especializado sobre el Uso de Tecnologías
en el Proceso Electoral”, a realizarse en la Ciudad de
México de los Estados Unidos Mexicanos”.
DEBE DECIR:
“ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR, el viaje
en comisión de servicios de la señora KATIUSKA
VALENCIA SEGOVIA, Sub Gerente de Procesamiento
del Registro Electoral de la Gerencia de Registro
Electoral del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, del 09 al 15 de noviembre de 2014, a fin
de participar en el “I Curso Internacional Especializado
sobre el Uso de Tecnologías en el Proceso Electoral”,
a realizarse en la Ciudad de México de los Estados
Unidos Mexicanos”.
Artículo Segundo.- DECLARAR, que quedan
subsistentes los demás extremos de la Resolución
Jefatural Nº 000257-2014/JNAC/RENIEC (07NOV2014).
Artículo Tercero.- REMITIR, copia de la presente
Resolución Jefatural a la Gerencia de Registro Electoral
y a la interesada para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1167596-1
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros
del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Santa Rosa de
Camonashari, departamento de Junín
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 269-2014/JNAC/RENIEC
Lima, 20 de noviembre de 2014
VISTOS:
El Informe Nº 000530-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC
(31OCT2014) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando Nº 000910-2014/GRC/RENIEC
(04NOV2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe Nº 000099-2014/GPRC/RENIEC (10NOV2014)
de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil;
Que, la Of‌i cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Santa
Rosa de Camonashari, Distrito de Perené, Provincia de
Chanchamayo, Departamento de Junín, a la cual hacen
referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente
para la regularización de delegación de funciones
registrales, habiendo sido calif‌i cado positivamente por la
Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la
Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico en materia
registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el
proceso de autorización de delegación de funciones de
las Of‌i cinas de Registros del Estado Civil en Centros
Poblados y Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, el Decreto Supremo Nº 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la
Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la
Of‌i cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del
Centro Poblado de Santa Rosa de Camonashari, Distrito

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