RESOLUCION JEFATURAL Nº 252-2015-ANA - Oficializan el Simposium del Agua denominado 'Retos para una gestión moderna y responsable del agua' organizado por la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía

Fecha de publicación03 Octubre 2015
Fecha de disposición03 Octubre 2015
563227
NORMAS LEGALES
Sábado 3 de octubre de 2015
El Peruano
/
Disponen la publicación del proyecto de
documento “Protocolo Nacional para el
Monitoreo de la Calidad de los Recursos
Hídricos”, en el portal web de la Autoridad
Nacional del Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 251-2015-ANA
Lima, 2 de octubre de 2015
VISTO:
El Informe Técnico Nº 038-2015-ANA-DGCRH, de
fecha 22 de setiembre de 2015, emitido por el Director
de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos
Hídricos; y,
CONSIDERANDO:
Ley de Recursos Hídricos, establece como función de la
Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer
procedimientos para asegurar la gestión integral y
sostenible de los recursos hídricos, desarrollando entre
otras, acciones de administración, f‌i scalización, control y
vigilancia, para asegurar la preservación y conservación
de las fuentes naturales de agua, de los bienes naturales
asociados, y de la infraestructura hidráulica de la misma;
Que, en tal sentido, el artículo 76º de la Ley precitada
señala que la Autoridad Nacional del Agua controla,
supervisa, y f‌i scaliza, el cumplimiento de las normas
de calidad ambiental del agua sobre la base de los
Estándares de Calidad Ambiental del Agua (ECA-Agua)
y las disposiciones y programas para su implementación
establecidos por la autoridad ambiental;
Que, asimismo, el numeral 1) del artículo 126º del
Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado
por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG, establece que el
monitoreo de la calidad de las aguas, en el marco del
Plan Nacional de Vigilancia de la Calidad del Agua, se
efectúa de acuerdo al protocolo aprobado por la Autoridad
Nacional del Agua;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 182-2011-ANA,
de fecha 06 de abril de 2011, la Jefatura de la Autoridad
Nacional del Agua aprobó el documento denominado:
“Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los
Cuerpos Naturales de Agua Superf‌i cial”;
Que, de acuerdo al artículo 32º del Reglamento de
Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del
Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-
AG, la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos
Hídricos elabora, propone y supervisa la implementación
de normas y programas en materia de protección y
recuperación de la calidad de los recursos hídricos;
Que, mediante el Informe del visto, el Director de
la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos
Hídricos ha sustentado la necesidad de aprobar un
nuevo documento denominado “Protocolo Nacional para
el Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos”,
el cual recoge la experiencia vivida durante los 04 años
de aplicación del Protocolo anterior, y complementa las
metodologías ya establecidas;
Que, el “Protocolo Nacional para el Monitoreo de la
Calidad de los Recursos Hídricos” tiene por objetivo
estandarizar los criterios y procedimientos técnicos para
evaluar la calidad de los recursos hídricos, continentales
y marino costeros, considerando el diseño de las redes de
puntos de monitoreo, la frecuencia, el programa analítico,
la medición de parámetros en campo, la recolección,
preservación, almacenamiento, transporte de muestras
de agua, el aseguramiento de la calidad, la seguridad del
desarrollo del monitoreo, y la participación de los actores
en las cuencas de interés;
Que, sobre la publicación del documento propuesto,
el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
Reglamento que establece disposiciones relativas a la
publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión
de Normas Legales de Carácter General, señala que se
deben publicar los proyectos de disposiciones legales
de carácter general a f‌i n que las personas interesadas
formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, adicionalmente, el artículo 39º del Decreto
Supremo Nº 002-2009-MINAM, Reglamento sobre
Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental
y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos
Ambientales, dispone que los proyectos de normas que
regulen asuntos ambientales generales o que tengan
efectos ambientales deberán ser puestas en conocimiento
del público para recibir opiniones y sugerencias de los
interesados por un periodo mínimo de diez (10) días útiles;
Con los vistos de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica,
la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos
Hídricos, y la Secretaría General; y en uso de las
facultades conferidas en el Reglamento de Organización
y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dispóngase la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y la
pre publicación del proyecto de documento “Protocolo
Nacional para el Monitoreo de la Calidad de los Recursos
Hídricos”, en el portal web de la Autoridad Nacional del
Agua, www.ana.gob.pe, por quince (15) días hábiles, a f‌i n
que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a
la dirección electrónica fmejia@ana.gob.pe y mpalacios@
ana.gob.pe.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Gestión de
Calidad de los Recursos Hídricos la recepción y análisis
de los aportes y comentarios que se presenten respecto
del proyecto de Directiva citado en el artículo precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1295539-3
Oficializan el Simposium del Agua
denominado “Retos para una gestión
moderna y responsable del agua”
organizado por la Sociedad Nacional de
Minería, Petróleo y Energía
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 252 -2015-ANA
Lima, 2 de octubre de 2015
VISTO:
La Carta GG-C-137-15 de fecha 15 de setiembre
del 2015 del Gerente General de la Sociedad
Nacional de Minería Petróleo y Energía, el Informe N°
077-2015-DGCCI-ACINT de fecha 28 de setiembre
de 2015, del responsable del área de Coordinación
Nacional de la Dirección de Gestión del Conocimiento
y Coordinación Interinstitucional, y el Memorando N°
833-2015-ANA-DGCCI/ACINF de fecha 28 de setiembre
de 2015, de la Directora de la Dirección de Gestión del
Conocimiento y Coordinación Interinstitucional; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, modif‌i cado
por Ley N° 30048, se aprobó la Ley de Organizaciones
y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, que
creó la Autoridad Nacional del Agua, como organismo
público responsable de dictar normas y establece los
procedimientos para la gestión integrada y sostenible de
los recursos hídricos;

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