RESOLUCION JEFATURAL N° 020-2015/JNAC/RENIEC - Disponen la gratuidad de procedimientos y entrega del DNI para personas con urgencias médicas, o que se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales o siniestros

EmisorREGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Fecha de la disposición31 de Enero de 2015
El Peruano
Sábado 31 de enero de 2015
545964
Que, la O cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de
Kimsa Marka, Distrito de Ilave, Provincia de El Collao,
Departamento de Puno, a la cual hacen referencia los
informes de vistos, ha formalizado expediente para la
regularización de delegación de funciones registrales,
habiendo sido cali cado positivamente por la Sub
Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la
Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico en materia
registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el
proceso de autorización de delegación de funciones de
las O cinas de Registros del Estado Civil en Centros
Poblados y Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde
aprobar la delegación referida, a fin de establecer la
vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el
acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes
servicios registrales, dado el carácter público del
registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de
la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas
que correspondan, para llevar adelante tal delegación,
a la Oficina de Registros del Estado Civil de la
Municipalidad del Centro Poblado de Kimsa Marka,
Distrito de Ilave, Provincia de El Collao, Departamento
de Puno.
Artículo 2°.- El Jefe de la O cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo
1°, queda encargado de las funciones registrales
cuya delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control
del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento,
Matrimonio y Defunción, a la O cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de
Kimsa Marka, Distrito de Ilave, Provincia de El Collao,
Departamento de Puno; correspondiendo a la Jefatura
Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir
instrucciones a ésta, a n de que el procedimiento registral
se realice conforme a las normas legales, reglamentarias
y administrativas, que regulan las inscripciones en los
Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.-
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1195448-1
Disponen la gratuidad de procedimientos
y entrega del DNI para personas con
urgencias médicas, o que se encuentren
en situación de vulnerabilidad y
exclusión social como consecuencia de
desastres naturales o siniestros
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 020-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 30 de enero de 2015
VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000171-2014/
GRIAS/RENIEC (29OCT2014), los Memorandos Nº
001063-2014/GRIAS/RENIEC (24DIC2014) y Nº 000017-
2015/GRIAS/RENIEC (13ENE2015) de la Gerencia de
Restitución de la Identidad y Apoyo Social, el Informe
Nº 000027-2014/GRIAS/SGFI/RENIEC (27OCT2014)
y la Hoja de Elevación Nº 000132-2014/GRIAS/SGFI/
RENIEC (24DIC2014) de la Sub Gerencia de Fomento
de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la
Identidad y Apoyo Social, los Memorandos Nº 003781-
2014/GPP/RENIEC (24NOV2014) y Nº 004265-2014/
GPP/RENIEC (26DIC2014) y la Hoja de Elevación
Nº 000008-2015/GPP/RENIEC (13ENE2015) de la
Gerencia de Plani cación y Presupuesto, el Informe
Nº 003519-2014/GPP/SGP/RENIEC (26DIC2014)
de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia
de Plani cación y Presupuesto, los Informes Nº
000161-2014/GPP/SGPL/RENIEC (24NOV2014) y Nº
000178-2014/GPP/SGPL/RENIEC (26DIC2014) de
la Sub Gerencia de Plani cación de la Gerencia de
Plani cación y Presupuesto, el Informe Nº 000028-
2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (20ENE2015) de la Sub
Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia
de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000049-
2015/GAJ/RENIEC (20ENE2015) de la Gerencia de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la
Constitución Política del Perú es competencia funcional
del Registro Nacional de Identi cación y Estado Civil,
entre otros, mantener actualizado el Registro Único
de Identi cación de las Personas Naturales y emitir el
documento que acredite su identidad;
Que el derecho a la identidad consagrado por la
fundamental de las personas, implica el reconocimiento
de la personalidad jurídica del individuo, el derecho
a tener un nombre y a ser designado por este, a estar
inscritos en los registros correspondientes y a contar con
los documentos de identi cación que los individualice;
Que, en virtud a lo establecido en el artículo 122º del
Reglamento de Organización y Funciones del Registro
Nacional de Identi cación y Estado Civil, aprobado
con Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC
(10ABR2013), la Gerencia de Restitución de la Identidad
y Apoyo Social, es el órgano de línea encargado de la
prevención y atención del problema de la indocumentación
a través de acciones operativas concretas que permitan
hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de
la población en situación de vulnerabilidad, considerando
los enfoques de derecho, género e interculturalidad;
Que en virtud a ello, la Gerencia de Restitución de la
Identidad y Apoyo Social mediante los documentos de
vistos, mani esta que correspondería emitirse la Resolución
Jefatural que disponga la gratuidad de los procedimientos de
inscripción, duplicado y renovación del DNI para las personas
con urgencias médicas (quienes se encuentran hospitalizadas,
requieran de intervención quirúrgica o necesiten a liarse al
seguro para recibir tratamiento), comprendiendo personas
menores y mayores de edad derivadas por instituciones
del Estado, Iglesias u organizaciones de la sociedad Civil,
cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre
debidamente justi cada. De igual manera en la renovación
y duplicado para personas menores y mayores de edad que
residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad
y exclusión social como consecuencia de desastres naturales,
o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona,
siempre que sean derivadas por instituciones del Estado,
Iglesia u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación
de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente
justi cada;
Que, asimismo se autorice de manera excepcional
la gratuidad en el cambio del lugar de entrega del
documento nacional de identidad y permitir que la entrega
del documento nacional de identidad de menores de edad
se realice a un familiar consanguíneo (abuelos, hermanos
mayores de edad, tíos) o terceros, presentando el formato
de carta poder otorgado por el progenitor declarante;
Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98-
PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional

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