RESOLUCION DIRECTORAL N° 457-2014-MTC/12 - Otorgan a la compañía Adara Aircraft S.A.C., permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo - fotografía y agrícola

Fecha de disposición30 Octubre 2014
Fecha de publicación30 Octubre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 30 de octubre de 2014 536307
de octubre al 03 de noviembre de 2014 a la ciudad de Sao
Paulo, República Federativa del Brasil, de acuerdo con el
detalle consignado en el anexo que forma parte integrante
de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº
601-2014-MTC/12.04 y Nº 359-2014-MTC/12.04 de la
Dirección General de Aeronáutica Civil y de la Dirección
de Seguridad Aeronáutica, respectivamente.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje
autorizado precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por la empresa Helif‌l ight Perú S.A.C., a través
de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo
que forma parte integrante de la presente resolución,
abonados a la Of‌i cina de Finanzas de la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto
de viáticos.
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el
artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,
el Inspector mencionado en la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar
un informe al Despacho Ministerial, con copia a la
Oficina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos durante
el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC)
Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10
Cuadro Resumen de Viajes
RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN
EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE
AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 30 DE OCTUBRE AL 03 DE NOVIEMBRE DE 2014 Y SUSTENTADO EN
LOS INFORMES Nº 359-2014-MTC/12.04 Y Nº 601-2014-MTC/12.04
ORDEN DE
INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS
(US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACIÓN Nºs
3078-2014-
MTC/12.04 30-Oct 03-Nov US$
1,000.00 HELIFLIGHT
PERU S.A.C.
Zuñiga
Campodónico,
Luis Miguel Martin
Milagros
SAO
PAUL O
REPÚBLICA
FEDERATIVA
DEL BRASIL
Chequeo técnico Inicial
en simulador de vuelo en
el equipo AS350B3, a su
personal aeronáutico
18829 y 18830
1157300-1
Otorgan a la compañía Adara Aircraft
S.A.C., permiso de operación de
aviación comercial: trabajo aéreo -
fotografía y agrícola
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 457-2014-MTC/12
Lima, 3 de octubre de 2014
Vista la solicitud la compañía ADARA AIRCRAFT
S.A.C., sobre el Permiso de Operación de Aviación
Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía y Agrícola;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Documento de Registro Nº 2014-
033194 del 27 de mayo del 2014, Documento de Registro
Nº 101934 del 11 de junio del 2014, Documento de
Registro Nº 140024 del 08 de agosto del 2014, Documento
de Registro Nº 154691 del 01 de setiembre 2014 y
Documento de Registro Nº 155922 del 02 de setiembre
del 2014 la compañía ADARA AIRCRAFT S.A.C. solicitó
Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo
Aéreo – Fotografía Aérea y Fumigación Aérea;
Que, según los términos del Memorando Nº 166-
2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico
de Licencias, Memorando Nº 375-2014-MTC/12.07.CER
emitido por el Coordinador Técnico de Certif‌i caciones,
Memorando Nº 1392-2014-MTC/12.LEG emitido por
la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 013-2014-
MTC/12.07.EEF emitido por el Coordinador Técnico de
Asuntos Económicos-Financieros e Informe Nº 332-2014-
MTC/12.07 emitido por el Director de Certif‌i caciones y
Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución
según el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 27444 – Ley
del Procedimiento Administrativo General, se considera
procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber
cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-
MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado
por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus
modif‌i catorias, así como las demás disposiciones legales
vigentes;
Que, la administración, en aplicación del principio
de presunción de veracidad, acepta las declaraciones
juradas y la presentación de documentos por parte del
interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley
del Procedimiento Administrativo General;
Que, en aplicación del artículo , literal g) de la
Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica
Civil es competente para otorgar, modif‌i car, suspender
y revocar los Permisos de Operación y Permisos de
Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la
expedición de la Resolución Directoral respectiva;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones
legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas
competentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a la compañía ADARA AIRCRAFT
S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación Comercial:
Trabajo Aéreo – Fotografía y Agrícola, de acuerdo a las
características señaladas en la presente Resolución, por
el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día
siguiente de la publicación de la presente Resolución en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
El presente Permiso de Operación tiene carácter
administrativo, por lo que para realizar sus operaciones
aéreas la compañía ADARA AIRCRAFT S.A.C. deberá
contar con el Certif‌i cado de Explotador correspondiente,
así como sus Especif‌i caciones Técnicas de Operación,
con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación
y de acuerdo a los procedimientos que establece la
Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar
su capacidad técnica.
NATURALEZA DEL SERVICIO:
- Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía y
Agrícola.
ÁMBITO DEL SERVICIO:
- Nacional
MATERIAL AERONÁUTICO:
- Maule MXT-7-180

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