RESOLUCION DIRECTORAL N° 4293-2014-MTC/15 - Autorizan a la empresa Metropolis Car S.A.C., la modificación de la R.D N° 3329-2013-MTC/15, variando la ubicación de su local en el departamento de Lima

Fecha de disposición12 Noviembre 2014
Fecha de publicación12 Noviembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 12 de noviembre de 2014 537467
se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 38º
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión
Artículo 10º.- La titular de la autorización deberá
cumplir con las disposiciones previstas en los literales
a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del
Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado
Artículo 11º.- La autorización a la que se contrae la
presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y
reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado,
debiendo adecuarse a las normas modif‌i catorias y
complementarias que se expidan.
Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
1162050-1
Otorgan a persona natural Permiso
de Operación para realizar Otras
Actividades Aeronáuticas -
Aerodeportivo con Ultraligeros de
acuerdo a la Ley de Aeronáutica Civil
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 400-2014-MTC/12
Lima, 29 de agosto del 2014
Vista la solicitud del señor ANDRES GUERRERO
NAVARRETE, sobre Permiso de Operación respecto
de Otras Actividades Aeronáuticas – Aerodeportivo con
Ultraligeros;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Documento de Registro N° 2014-008646
del 07 de febrero del 2014 y Documento de Registro
N° 2014-008646-A del 21 de marzo del 2014 el señor
ANDRES GUERRERO NAVARRETE, solicita Permiso de
Operación para realizar Otras Actividades Aeronáuticas
– Aerodeportivo con Ultraligeros;
Que, según los términos del Memorando Nº 060-
2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador
Técnico de Licencias, Memorando N° 523-2014-
MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, Memorando N° 312-
2014-MTC/12.07.CER y Memorando N° 366-2014-
MTC/12.07.CER emitidos por el Coordinador Técnico
de Certif‌i caciones e Informes Nº 210-2014-MTC/12.07
y N° 300-2014-MTC/12.07 emitidos por el Director de
Certif‌i caciones y Autorizaciones, que forman parte de la
presente resolución según el numeral 6.2 del artículo 6
General, se considera procedente atender lo solicitado
en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con
los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado
Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por
la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus
modif‌i catorias, así como las demás disposiciones
legales vigentes;
Que, el artículo 171° del Reglamento de la Ley de
Aeronáutica Civil aprobado por Decreto Supremo N° 050-
2001-MTC señala que el cumplimiento de los requisitos
exigidos para solicitar una autorización para realizar
actividades de aviación civil, no obliga necesariamente a
su otorgamiento en los términos solicitados cuando existan
razones técnicas que los justif‌i quen;
Que, la administración, en aplicación del principio
de presunción de veracidad, acepta las declaraciones
juradas y la presentación de documentos por parte del
interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444Ley del
Que, en aplicación del artículo , literal g) de la Ley
Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es
competente para otorgar, modif‌i car, suspender y revocar los
Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo
el presente procedimiento mediante la expedición de la
Resolución Directoral respectiva;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones
legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas
competentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar al señor ANDRES GUERRERO
NAVARRETE el Permiso de Operación para realizar Otras
Actividades Aeronáuticas – Aerodeportivo con Ultraligeros
de acuerdo al inciso d) del Artículo 167º de la Ley de
Aeronáutica Civil del Perú, por el plazo de un (01) año
contado a partir del día siguiente de la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, de
acuerdo al siguiente detalle:
NATURALEZA DEL SERVICIO:
- Otras Actividades Aeronáuticas – Aerodeportivo con
Ultraligeros.
AMBITO DEL SERVICIO:
- Nacional.
MATERIAL AERONÁUTICO:
- PARA TRIKE POWER 2 FLY Modelo FENIX
Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas al señor
ANDRES GUERRERO NAVARRETE deben adecuarse a
lo señalado por las Regulaciones Aeronáuticas del Perú
– RAP N° 103.
Artículo 3°.- El presente permiso de operación que se
otorga al señor ANDRES GUERRERO NAVARRETE no
autoriza la realización de actividades comerciales.
Artículo 4º.- El señor ANDRES GUERRERO
NAVARRETE podrá hacer uso de las instalaciones de
aeropuertos y/o aeródromos privados, previa autorización
de sus propietarios y explotadores.
Artículo 5º.- El presente Permiso de Operación será
revocado de inmediato en forma automática, cuando el
peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la
presente Resolución.
Artículo 6°.- Si la administración verif‌i case la existencia
de fraude o falsedad en la documentación presentada o en
las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección
General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo
Artículo 7º.- El señor ANDRES GUERRERO
NAVARRETE deberá respetar la riqueza cultural, histórica
y turística que sustenta la buena imagen del país.
Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación queda
27261 y su Reglamento, la Regulación Aeronáutica del
Perú; y demás disposiciones legales vigentes, así como a
las Directivas que dicte esta Dirección General.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER B. HURTADO GUTIERREZ
Director General de Aeronáutica Civil (e)
1146359-1
Autorizan a la empresa Metropolis
Car S.A.C., la modificación de la R.D.
Nº 3329-2013-MTC/15, variando la
ubicación de su local en el departamento
de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 4293-2014-MTC/15
Lima, 21 de octubre de 2014

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