RESOLUCION DIRECTORAL Nº 165-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE - Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva de AGRO RURAL

Fecha de disposición30 Junio 2015
Fecha de publicación30 Junio 2015
El Peruano
Martes 30 de junio de 2015
556282
Que, conforme a los Decretos Supremos N° 011-2007-
AG y 016-2014-MINAGRI, la Licencia y Autorización de
caza, así como la Guía de Transporte Forestal y de Fauna
Silvestre son otorgadas, según corresponda, por los
Gobiernos Regionales y las Administraciones Técnicas
Forestales y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional
Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR;
Que, de acuerdo al artículo 239 del Reglamento, para
la práctica de la caza y/o captura con nes comerciales,
se requiere: a) licencia de cazador comercial; b)
autorización de caza y/o captura comercial y c) pago de
los derechos correspondientes; asimismo, el artículo 318
del Reglamento establece que el transporte de productos
de fauna silvestre, al estado natural, se realiza con la Guía
de Transporte de Fauna Silvestre;
Que, el artículo 241 del Reglamento establece que la
práctica de la caza deportiva y de la caza comercial se
rige por los Calendarios Regionales de Caza; los cuales
contienen el listado de especies, cantidades, ámbito
geográ co, épocas de caza y monto de los derechos de
aprovechamiento, tienen vigencia anual y son publicados
antes del inicio de cada temporada de caza;
Que, el artículo 21 de la LFFS, establece las
modalidades de manejo y aprovechamiento de fauna
silvestre, indicándose que los calendarios de caza se
aprueba por resolución ministerial del Ministerio de
Agricultura y Riego;
Que, con Resolución Ministerial N° 0010-2014-
MINAGRI, se aprobó el Calendario de Caza Comercial
de Especies de Fauna Silvestre No Amenazadas de las
Clases Aves, Reptiles y Mamíferos para el periodo 2014,
fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado;
Que, con el O cio de Visto, sustentado en el Informe
N° 020-2015-SERFOR-DGGSPFFS-DGSPFS, en el
Informe Técnico N° 007-2015-SERFOR-DGPCFFS-DPR,
en el Informe N° 001-2015-SERFOR/DGGCFFS-DGC y en
el Informe Legal N° 105-2015-SERFOR-OGAJ, el SERFOR
propone el Calendario de Caza Comercial de Especies
de Fauna Silvestre No Amenazadas de las Clases Aves,
Reptiles y Mamíferos para el periodo 2015, fuera de las
Áreas Naturales Protegidas por el Estado, exponiéndose las
consideraciones técnicas y legales para el establecimiento
de las especies, ámbitos geográ cos y pago por derecho
de aprovechamiento por ejemplar cazado o capturado de
las especies, precisando que según la legislación vigente,
las mismas no se encuentran amenazadas y la actividad
comercial de caza o captura y comercialización de las
mismas no afectan su supervivencia;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar el
Calendario de Caza Comercial de Especies de Fauna
Silvestre No Amenazadas de las Clases Aves, Reptiles
y Mamíferos para el periodo 2015, fuera de las Áreas
Naturales Protegidas por el Estado;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi cado por
la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, y su
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Calendario de Caza Comercial
de Especies de Fauna Silvestre No Amenazadas de las
Clases Aves, Reptiles y Mamíferos para el periodo 2015,
fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado,
cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente
Resolución Ministerial, el cual tendrá vigencia de un (01)
año calendario.
Artículo 2.- Las autorizaciones de caza o captura
con nes comerciales de las especies establecidas
por la presente Resolución deberán indicar el nombre
cientí co y el nombre común del especimen; la cantidad
autorizada; el monto de derecho de pago por derecho de
aprovechamiento; y la ubicación geográ ca (localidad,
distrito, provincia y departamento) donde se realizará la
caza o captura.
Artículo 3.- Los especímenes cazados o capturados
deberán ser transportados portando la Guía de
Transporte de Fauna Silvestre, la cual deberá contener,
adicionalmente, el número de la Resolución expedida por
la Autoridad Forestal y de Fauna Silvestre competente
que autorizó la caza o captura.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial y su Anexo en el Diario O cial El
Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe) y en los Portales Institucionales del Ministerio
de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), así como
del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.
serfor.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1255716-12
Designan Asesor de la Dirección
Ejecutiva de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 165-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 26 de junio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 085-
2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 01
de abril de 2015, se designó a la Abogada Leslie Carol
Urteaga Peña en el cargo de Asesora de la Dirección
Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y
Riego;
Que, la citada funcionaria ha presentado renuncia al
cargo que venía desempeñando, la misma que se ha visto
pertinente aceptar y designar a su reemplazante;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos
y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de
Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 0015-2015-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- ACEPTAR, a partir del 01 de julio de 2015,
la renuncia formulada por la Abogada Leslie Carol Urteaga
Peña en el cargo de Asesora de la Dirección Ejecutiva del
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO
RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- DESIGNAR, a partir del 01 de julio de
2015, al señor Gino Garlik Bartra Garcia en el cargo
de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del
Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de
con anza.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal
Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO ANTONIO VINELLI RUÍZ
Director Ejecutivo
Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural – AGRO RURAL
1256506-1
Designan Director de la Dirección
Zonal Puno de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 166-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 26 de junio de 2015

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