RESOLUCION DE ALCALDIA N° 671-2015-MPC-AL - Rectifican error material contenido en el artículo segundo de la R.A. N° 1028-2014-MPC-AL

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Fecha de la disposición19 de Julio de 2015
557760 NORMAS LEGALES Domingo 19 de julio de 2015 /
El Peruano
Que, mediante Memorándum N° 297-2015-GAF-MSS
la Gerencia de Administración y Finanzas emite el Informe
Técnico que sustenta la actualización de valores de ocho
servicios no exclusivos, correspondientes a servicios que
brinda la Secretaría General;
Estando a la opinión favorable de la Gerencia de
Asesoría Jurídica, emitida mediante Informe N°459-
2015-GAJ-MSS, y en uso de las facultades que le
con ere el Artículo 20° numeral 6) de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modi car el Texto Único de
Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
de Santiago de Surco, en relación a los servicios que se
brindan a través de la Secretaría General, correspondientes
a celebración de Matrimonios Civiles, que se detallan en
el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará
en vigencia el día 20 de julio de 2015.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la
presente Resolución en el Diario O cial El Peruano. La
publicación del Anexo N° 1 de la presente Resolución se
realizará en el portal institucional de la Municipalidad www.
munisurco.gob.pe, en la misma fecha de su publicación
en el Diario O cial, para su debida difusión.
Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la
presente Resolución, a la Gerencia de Administración y
Finanzas y la Gerencia de Tecnologías de la Información,
bajo responsabilidad.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1264884-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Exoneran del pago de derechos
administrativos a los contrayentes
que participen del II Matrimonio Civil
Comunitario 2015
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2015
Callao, 9 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL
CALLAO, Visto los Dictámenes Núms. 035-2015-MPC/
CMPC-SR-COAD de la Comisión de Administración y
02-2015-MPC/CMPC-SR-COSERSOSA de la Comisión
de Servicios Sociales y Sanidad, en Sesión Ordinaria
celebrada en la fecha, con el voto EN MAYORIA de sus
integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento
de Organización Interior, aprobado por Ordenanza
Municipal Nº 000034-2004 le con eren y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la
siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL
Artículo 1º.- Exonerar del pago de derechos
administrativos por concepto de trámite matrimonial,
examen pre-nupcial y dispensa de publicación de edicto,
a los contrayentes que participen del II Matrimonio Civil
Comunitario 2015, convocado por la Municipalidad
Provincial del Callao, para el mes de agosto del presente
año.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la
Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza
Municipal.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
1264741-1
Rectifican error material contenido
en el artículo segundo de la R.A. N°
1028-2014-MPC-AL
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 671-2015-MPC-AL
Callao, 1 de junio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Vistos, el Expediente Nº 10529554 y acumulados,
Informe Técnico Nº 005-2015-MPC-GGDU-GPUC-LASC
de fecha 30 de marzo del 2015, emitido por la Gerencia de
Planeamiento Urbano y Catastro, Resolución de Alcaldía
Nº 1028-2014-MPC-AL de fecha 9 de octubre del 2014 y
Resolución de Alcaldía Nº 000067 de fecha 3 de febrero
del 2010; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº
1028-2014-MPC-AL de fecha 9 de octubre del 2014, se
modi ca la Resolución de Alcaldía Nº 000067 de fecha
3 de febrero del 2010, que declaró Habilitado de O cio
a nivel de Recepción de Obras el predio ubicado en el
Ex Fundo Bocanegra de la Provincia Constitucional del
Callao, con frente a la Av. Alejandro Bertello, inscrito en
la Ficha Registral Nº 18431-B, continuada en la Partida
Electrónica Nº 70059031 del Registro de la Propiedad
Inmueble del Callao, aprobándose el Plano modi cado de
Replanteo de Lotización de Habilitación Urbana de o cio,
así como la Memoria Descriptiva;
Que, el referido acto administrativo, no ha logrado
su inscripción registral, pues los actos administrativos
de inscripción efectuados por el Titular Registral, no han
podido culminar debido a las observaciones efectuadas
por la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos – SUNARP, conforme consta en la Esquela
de Observación, de fecha 9 de enero del 2015, lo que
ha generado que se lleven a cabo las correspondientes
subsanaciones;
Que, el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley
del Procedimiento Administrativo General Nº 27444,
señala que los errores materiales o aritmético en los
actos administrativos pueden ser recti cados con efecto
retroactivo, en cualquier momento, de o cio o a instancia
de los administrados, siempre que no se altere lo
sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión;
Que, mediante Informe Técnico Nº 005-2015-MPC-
GGDU/GPUC/LASC de fecha 30 de marzo del 2015, la
Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro dependiente
de la Gerencia General de Desarrollo Urbano emite opinión
recomendando que se efectúen las correcciones de los
errores materiales incurridos en el Plano de Replanteo de
Lotización de Habilitación Urbana de o cio y la Memoria
Descriptiva, en relación a las observaciones efectuadas
por los Registros Públicos;
Que, en tal sentido, la Gerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro elaboró el Plano de Replanteo de
Lotización de Habilitación Urbana de o cio y la respectiva
Memoria Descriptiva, los cuales reemplazan al plano
signado con el Código 16-2014-MPC-GGDU-GPUC,
así como su Memoria Descriptiva, los cuales fueron
aprobados por Resolución de Alcaldía Nº 1028-2014-MPC-

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