RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 381-2015-MDLO - Declaran como Zona Catastrada los Sectores 005, 013 y parte del 007 del Distrito de Los Olivos

EmisorMUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2015
561837
NORMAS LEGALES
Sábado 19 de setiembre de 2015
El Peruano
/
El Alcalde, Regidores y Funcionarios de la
Municipalidad no podrán participar del sorteo, así como
Personas Jurídicas.
IV. Del Procedimiento del Sorteo
4.1 Los vecinos participantes del sorteo, integrarán el
Padrón de Participantes Hábiles, debidamente veri cados
por la Subgerencia de Tecnología de Información y de
Comunicación y por la Gerencia de Rentas. El que será
publicado en la Pagina Web de la Municipalidad y en el
panel que se colocará en el frontis del Palacio Municipal,
en las siguientes secuencias: Pre publicación el 16 de
Setiembre y Publicación de nitiva el 26 de Setiembre a
las 13:00 horas.
Se considera Vecino Participante aquel contribuyente
puntual, persona natural o Sociedad Conyugal, propietaria
de inmuebles ubicados dentro del distrito de Independencia,
registrado ante la Administración Tributaria, que cumpla con
los requisitos establecidos en el Numeral III de la presente
base. El contribuyente que participe en el sorteo lo hará de
forma gratuita y automática.
4.2 La emisión de los cupones será a través del
sistema informático, para todos los contribuyentes que
cumplan condiciones mínimas establecidas en el punto
3.1; en la cantidad de cupones que les corresponda de
acuerdo a lo indicado en el punto 3.2
4.3 La entrega de los cupones del sorteo será de la
siguiente manera:
Se emitirán los cupones los cuales luego de la
veri cación del Notario serán depositados en el ánfora.
4.4 El día 25 de Setiembre de 2015 el Notario Público,
procederá a la veri cación y tendrá a su disposición la
Base de Datos de contribuyentes hábiles para participar
en el sorteo, así como todos los cupones que se muestren
en la relación de los contribuyentes hábiles y que entraran
en el ánfora del sorteo.
4.5 El Sorteo Público se desarrollará con las siguientes
características:
a) Todos los cupones de los contribuyentes hábiles al
sorteo entrarán al ánfora, los cuales serán veri cados por
el Notario Público.
b) Se solicitará a un menor de edad que se encuentren
entre el público para que extraiga un cupón hábil al sorteo
y que pasara a ser el premiado.
c) Se llamará al ganador y se efectuará la entrega del
premio en el mismo acto, en el caso que esté presente.
d) El Notario Público dará fe de los números que
salgan sorteados, de cada número ganador, de la entrega
de los premios y de los premios que queden en cartera
pendientes de entrega por no encontrarse los ganadores
en el mismo acto los cuales serán noti cados a efectos
de programar una nueva fecha de entrega de Premios, la
misma que será publicada, a n de que se cumpla con el
protocolo que norma el sorteo.
V. De los Ganadores y entrega de premios
Los que resulten ganadores, deben acreditar su
identidad mediante Documento Nacional de Identidad,
Carnet de Extranjería y otros según corresponda. Es
condición ineludible que el contribuyente ganador tenga
correctamente declarado su predio.
La entrega es personal, previa veri cación de la cuenta
corriente del contribuyente ganador, pudiendo ser ésta
realizada en el día del sorteo, de encontrarse presente el
ganador, contando con la conformidad del Notario. De no
encontrase presente el ganador, la entrega se realizará
en la o cina de la Gerencia de Rentas en nueva fecha
debidamente programada, cuyo código de contribuyente
corresponda al número ganador, mediante Acta de
Entrega del Premio con la suscripción y asentamiento
de huella digital del índice derecho del contribuyente
favorecido.
Si el contribuyente ganador no recoge el premio
obtenido dentro de los sesenta (60) días después de
realizado el sorteo, perderá todo derecho de reclamar
entrega alguna.
VI. De los Casos Especiales en la Entrega de
Premios
En caso que el contribuyente, cuyo código
corresponda al número ganador, hubiere fallecido, podrán
solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser
herederos mediante Sucesión Intestada o Declaratoria de
Heredero, poder o autorización de los demás integrantes
de la Sucesión para recibir los premios o en su defecto
los herederos puedan acreditar la liación mediante las
respectivas Actas de Nacimiento y/o partida matrimonio
en el caso de la cónyuge supérstite. Adicionalmente, en
estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos
deberán haber regularizado la condición de propiedad
y situación tributaria, mediante el procedimiento
correspondiente ante la Gerencia de Rentas.
En caso de que el ganador se encontrase impedido de
asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá
efectuarlo a través de un tercero debidamente premunido
de la autorización correspondiente, mediante poder
notarial. La persona autorizada se apersonará portando
el poder descrito y original de su Documento Nacional de
Identidad y copia del DNI del otorgante del poder.
Cualquier circunstancia no contemplada en estas
bases, será resuelta por la Gerencia de Rentas, sin que
su decisión sea objeto de queja o impugnación.
VII.- Del plazo para recoger los premios
Los ganadores del sorteo podrán recoger los premios
dentro de los (60) días calendarios, contados a partir
del día siguiente de realizado el evento. Dicho plazo es
improrrogable.
VIII.- De la Relación de Ganadores
La publicación de los contribuyentes ganadores de los
premios sorteados, será al día hábil siguiente del evento
y, será a través de los siguientes medios:
- Listados en las sedes de la Municipalidad de
Independencia.
- Listados en la Página Web de la Municipalidad de
Independencia.
IX.- De la Organización y difusión del Sorteo
La organización del evento del Primer Sorteo Público
Tributario denominado “PREMIA TU PUNTUALIDAD”
estará a cargo de la Gerencia de Rentas, que se encargara
del requerimiento logístico y otros para su realización.
El sometimiento a las bases implica que todos
los contribuyentes participantes, en especial quienes
resultase ganadores del Primer Sorteo Público Tributario
denominado “PREMIA TU PUNTUALIDAD” autorizan
a la Municipalidad de Independencia a utilizar y difundir
su imagen con nes publicitarios, exclusivamente
relacionados a la presente campaña, renunciando a
obtener bene cios económicos o de cualquier otra índole
por esta difusión o por su participación en los eventos
organizado por la Gerencia de Rentas.
EVANS R. SIFUENTES OCAÑA
Alcalde
1289683-1
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Declaran como Zona Catastrada los Sectores
005, 013 y parte del 007 del Distrito de Los
Olivos
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 381-2015-MDLO
Los Olivos, 4 de septiembre de 2015
VISTOS: el Informe Nº 0016-2015/MDLO/GDU/
SGCPU/LCOMECA de fecha 27 de marzo de 2015 del
Ingeniero Luis Comeca Ramírez de la Subgerencia de
Catastro y Planeamiento Urbano, el Informe Nº 0371-
2015/MDLO-GDU-SGCPU de fecha 16 de julio de 2015
de la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, el
Informe Nº 090-2015/MDLO-GDU de fecha 30 de julio de
2015 de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Proveído Nº
2959 -2015 de fecha 31 de julio de 2015 de la Gerencia

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