RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 342-2014-P-CSJLI/PJ - Disponen la redistribución de expedientes en trámite de diversos juzgados de trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, a la Mesa de Partes de la sede 'Custer' de la Corte Superior de Justicia de Lima

Fecha de disposición22 Noviembre 2014
Fecha de publicación22 Noviembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Sábado 22 de noviembre de 2014
538212
2014-P-CSJLI/PJ de fecha 06 de octubre del dos mil
catorce Of‌i cio Nº 706-2014-UPD/CSJLI-PJ de fecha 14
de noviembre del dos mil catorce; y,
CONSIDERANDO:
Primero.-
Que, mediante Resolución Administrativa Nº308-2014-
CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
resuelve convertir órganos jurisdiccionales en la Corte
Superior de Justicia de Lima.
Segundo.-
Que conforme lo indica el artículo tercero de la
Resolución Administrativa Nº308-2014-CE-PJ de vistos se
debe tomar las acciones correspondientes con la f‌i nalidad
de cumplir con la disposición emitida en el artículo tercero
inciso (a) de la citada resolución, emitiendo la Unidad de
Planeamiento y Desarrollo el Of‌i cio Nº 33-2014-P-CSJLI/
PJ, solicitando a los Juzgados Penales con Reos Libres
el inventario de sus expedientes en trámite adscritos al
Distrito de Chorrillos, siendo este requerido también
vía correo institucional sin respuesta de la totalidad
dependencias judiciales penales a la actualidad.
Tercero.-
Que, a lo anteriormente expuesto, se colige la
necesidad de adoptar una decisión administrativa que
asegure el correcto y oportuno cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo tres inciso (a) de la Resolución
Administrativa Nº308-2014-CE-PJ, por lo que deberá
realizarse el proceso de redistribución sin importar el
listado de expedientes adscritos a chorrillos remitidos por
algunos Juzgados Penales que cumplieron en remitir lo
solicitado, y que todas las dependencias penales con
procesos con reos libres remitan sus expedientes en
trámite adscritos al distrito de Chorrillos correspondiente
hoy en día a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
Cuarto.-
Que en mérito a lo indicado, corresponde a la
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima,
disponer las acciones administrativas respectivas a f‌i n de
que se dé cumplimiento a lo antes citado; en consecuencia,
se debe ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para
tal f‌i n, con sujeción a los lineamientos dispuestos de la
acotada Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial.
Quinto.-
Que, por razones expuestas, en uso de las facultades
conferidas en el inciso 3 del artículo 90º del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e
inciso 3 del artículo 9º del Reglamento de Organización
y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que
operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante
Resolución Administrativa Nº214-2012-CE-PJ de fecha
05 de noviembre del 2012.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: DISPONER que los Juzgados
Penales Permanentes para Procesos con Reos Libres de
la Corte Superior de Justicia de Lima, remitan expedientes
en trámite a la Mesa de Partes Única de la sede Anselmo
Barreto León de esta Corte Superior de Justicia de Lima
de aquellos expedientes cuya causa provenga del Distrito
de Chorrillos.
Artículo Segundo: DISPONER que la remisión
de expedientes en trámite para cada uno de los recién
convertidos Juzgados Penales Permanentes del Distrito
de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
deberán ser aquellos que no se encuentren expeditos
para sentenciar ni tengan vista de causa al 31 de octubre
de 2014, y cuyas causas provengan del Distrito de
Chorrillos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
19º del Código de Procedimientos Penales y el artículo
50, inciso 3 del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica
Artículo Tercero.- DISPONER que la remisión de
expedientes de los Juzgados Penales Permanentes de la
Corte Superior de Justicia de Lima a la Mesa de Partes
Única de la sede Anselmo Barreto León, sea en el término
de 10 días hábiles a partir de la publicación de la presente
Resolución, los mismos que deberán ser remitidos con
sus escritos y cargos de notif‌i cación debidamente cosidos
y foliados en números y letras, adjuntando los anexos
completos, bajo responsabilidad funcional.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Mesa de Partes
Única de la sede Anselmo Barreto León en el término
de 10 días hábiles de terminada la recepción remita la
totalidad de expedientes a la Mesa de Parte de los
Juzgados Penales de la Corte Superior de Lima Sur.
Artículo Quinto.- DISPONER que aquellas causas
que correspondan a la Corte Superior de Lima Sur que
hayan sido elevadas en grado y al Ministerio Público y que
aún no hayan retornado serán recepcionados conforme
lleguen a la Mesa de Partes Única de la sede Anselmo
Barreto León para su remisión a la Mesa de Partes de los
Juzgados Penales de la Corte Superior de Lima Sur.
Artículo Sexto.- PONER, en conocimiento de la
Of‌i cina Desconcentrada de Control de la Magistratura
de la Corte Superior de Justicia de Lima, ODECMA, el
contenido de la presente resolución para que vele por
su adecuado cumplimiento, procediendo conforme a sus
funciones y atribuciones en defecto de ello.
Artículo Séptimo: PONER la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de
la Gerencia General, Of‌i cina de Control de la Magistratura
Control de la Magistratura - OCMA, de la Unidad de
Planeamiento y Desarrollo, Gerencia de Administración
Distrital y Coordinación de Personal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente
1168230-1
Disponen la redistribución de
expedientes en trámite de diversos
juzgados de trabajo de la Corte Superior
de Justicia de Lima, a la Mesa de Partes
de la sede “Custer” de la Corte Superior
de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 342-2014-P-CSJLI/PJ
Lima, 18 de noviembre de 2014
VISTOS:
La Resolución Administrativa Nº 296-2014-CE-PJ de
fecha 27 de agosto del dos mil catorce; la Resolución
Administrativa Nº 283-2014-P-CSJLI/PJ de fecha
30 de septiembre del dos mil catorce; la Resolución
Administrativa Nº 307-2014-P-PJ de fecha 29 de octubre
del dos mil catorce; y el informe Nº 110-2014-AEPR-UPD-
CSJLI/PJ del 18 de noviembre del dos mil catorce; y,
CONSIDERANDO:
Primero.-
Que, mediante Resolución Administrativa Nº296-
2014-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial dispuso convertir al 1º y 2º Juzgado Especializado
en los Contencioso Administrativo Transitorio de Lima
por un periodo de seis (6) meses en 1º y 2º Juzgado
de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia
de Lima respectivamente, para que conozcan procesos
contenciosos previsionales con las mismas competencias
que el 5º, 6º, 7º y 23º Juzgado de Trabajo Transitorios de
Lima.
Segundo.-
Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 283-
2014-P-CSJLI/PJ de vistos, la Presidencia de la Corte
Superior de Justicia de Lima, dispone las acciones
administrativas para la redistribución de los expedientes
del 1º Juzgado Especializado en los Contencioso
Administrativo Transitorio de Lima en trámite que no se
encuentren expeditos para sentenciar al 30 de septiembre
del 2014, y los expedientes pendientes de ejecución,

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