RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 201-2015-CE-PJ - Facultan al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a designar domicilio procesal

EmisorCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2015
560781
NORMAS LEGALES
Sábado 5 de setiembre de 2015
El Peruano
/
Cuarto. Que, en ese sentido, la propuesta presentada
se encuentra dirigida a operadores del sistema de justicia
como instrumento fundamental para mejorar las condiciones
de acceso a la justicia de las comunidades nativas y de las
personas que se auto identi can como indígenas, nativos
y otro vocablo similar, a partir de un conjunto de acciones
y pautas dirigidas a asegurar su adecuada atención y
orientación legal. En esa perspectiva, el mencionado
protocolo permitirá jar las pautas de articulación
interinstitucional entre las entidades del sistema de justicia
estatal en aras de fortalecer la calidad de la orientación y
atención a la población de las comunidades nativas; así
como coadyuvar con las acciones para la adecuada atención
y orientación a la población de estas comunidades.
Quinto. Que, siendo así, de conformidad con la
política institucional de este Poder del Estado y acorde
con el compromiso asumido en materia de impartición de
justicia de paz; deviene en pertinente aprobar la propuesta
presentada por el Jefe de la O cina Nacional de Justicia de
Paz y Justicia Indígena; entendiéndose que la aprobación
del protocolo está referida especí camente a las líneas de
acción y acciones que correspondan al Poder Judicial.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 627-
2015 de la vigésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención
de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas; de conformidad con el informe del señor
Taboada Pilco; en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el “Protocolo de
Atención y Orientación Legal con Enfoque Intercultural a
Funcionarios del Sistema Estatal de Justicia”; el mismo
que en documento anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
La aprobación del protocolo se entiende referida
tanto a las líneas de acción como a las acciones que
corresponden especí camente a la participación y/o
actuación del Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación del
protocolo aprobado en la página Web del Poder Judicial.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, O cina de Control
de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la
Comisión de Trabajo sobre Justicia Indígena y Justicia de
Paz, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder
Judicial, O cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia
Indígena (ONAJUP), Presidencias de Cortes Superiores
de Justicia, y a la Gerencia General del Poder Judicial,
para su conocimiento y nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente
1283532-1
Facultan al Procurador Público a cargo de
los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a
designar domicilio procesal
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 201-2015-CE-PJ
Lima, 10 de junio de 2015
VISTO:
El O cio N° 2336-2015-PP-P/PJ, cursado por el
Procurador Público (e) del Poder judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa N°
325-SE-TP-CME-PJ, de fecha 29 de setiembre del 2000,
se facultó al Procurador Público a cargo de los Asuntos
Judiciales del Poder Judicial a designar como domicilio
procesal, la sedes de la Asesoría Legal o, en su defecto,
la sede de Administración de las Cortes Superiores
de Justicia de la República; asimismo, se estableció
medidas para cumplimiento de los Asesores Legales o los
Administradores de las Cortes Superiores.
Segundo. Que el Procurador Público (e) del Poder
Judicial, solicita que se actualice las disposiciones
contenidas en la mencionada Resolución Administrativa
N° 325-SE-TP-CME-PJ, debido a la incorporación
de los Gerentes Públicos en las diferentes Cortes
Superiores de Justicia del país. Asimismo, estando a la
creación de nuevos Distritos Judiciales y la consecuente
implementación de Módulos Básicos de Justicia y sub
O cinas de Administración a nivel nacional, aunado a
que la aplicación de las nuevas Leyes Procesales en
materia Penal y Laboral está vigente en algunos Distritos
Judiciales y es de aplicación progresiva en todas las
Cortes Superiores de Justicia; además, teniendo en
cuenta que la Procuraduría Pública de este Poder del
Estado, no tiene o cinas desconcentradas, debido a que
sólo tiene domicilio o cial en la Capital de la República.
Tercero. Que, en atención a las consideraciones
expuestas, corresponde dictar medidas pertinentes para
que la Procuraduría Pública del Poder Judicial cumpla sus
funciones adecuadamente.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 789-2015
de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención
de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Meneses
Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la
intervención del señor Lecaros Cornejo por encontrarse
de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Facultar al Procurador Público
a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a
designar domicilio procesal en las o cinas de Asesoría
Legal y/o en la Gerencia de Administración; y/o en las
o cinas de Administración y/o en las O cinas de Sub
Administración de los Distritos Judiciales del país.
Artículo Segundo.- Los Asesores Legales y/o
Gerentes y/o Administradores de las Cortes Superiores,
en su caso, deberán comunicar en el día y bajo
responsabilidad funcional, a la Procuraduría Pública a
cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, las
resoluciones judiciales y recaudos que se noti quen al
referido Órgano de Defensa Judicial del Estado.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución
Administrativa N° 325-SE-TP-CME-PJ, de fecha 29 de
setiembre del 2000.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, O cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de las Cortes
Superiores del país, Procuraduría Pública, y a la Gerencia
General del Poder Judicial, para su conocimiento y nes
consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente
1283532-2
Aprueban el “Protocolo de Actuación en
Audiencia de Conciliación y Juzgamiento
Anticipado”
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 208-2015-CE-PJ
Lima, 24 de junio de 2015
VISTO:
El O cio N° 439-2015-PP0099-CE-PJ, cursado por el
Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación

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