RESOLUCION Nº 027-2011-SUNARP/SN - Disponen reprogramar la fecha de realización de la I Olimpiada Nacional Registral Trujillo - 2011

Fecha de disposición04 Febrero 2011
Fecha de publicación04 Febrero 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 4 de febrero de 2011 435693
los valores denominados “Segunda Emisión del Segundo
Programa de Certif‌i cados de Depósito Negociables –
Banco Wiese Sudameris” correspondientes al “Segundo
Programa de Certif‌i cados de Depósito Negociables
- Banco Wiese Sudameris”; “Primera Emisión de Bonos
Hipotecarios Scotiabank Perú” correspondientes al
“Primer Programa de Instrumentos Representativos de
Deuda – Scotiabank Perú”; “Primer Programa de Bonos
Corporativos Scotiabank Perú – Segunda Emisión” y
“Primer Programa de Bonos Corporativos Scotiabank
Perú – Cuarta Emisión” correspondientes al “Primer
Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Perú”; y
“Primer Programa de Bonos Hipotecarios Scotiabank Perú
– Primera Emisión” correspondientes al “Primer Programa
de Bonos Hipotecarios Scotiabank Perú”.
Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores
señalados en el artículo anterior del Registro Público del
Mercado de Valores.
Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en la página de CONASEV en
internet.
Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a
Scotiabank Perú S.A.A., en su calidad de emisor; a la
Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
YVONKA ANGELA HURTADO CRUZ
Directora de Emisores
597548-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen reprogramar la fecha de
realización de la I Olimpiada Nacional
Registral Trujillo - 2011
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 027-2011-SUNARP/SN
Lima, 3 de febrero de 2011
VISTOS, el Of‌i cio N° 018-2011-Z.R. N° V/JEF de fecha
10 de enero de 2011; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 413-2010-SUNARP/SN
de fecha 30 de diciembre de 2010, se dispuso of‌i cializar la
organización de Ia Olimpiada Nacional Registral – Trujillo
2011, con el objetivo de promover la comunicación interna
y contribuir a la promoción de la armonía de las relaciones
laborales y el clima laboral.
Que, la organización del evento se encargó a la Zona
Registral N° V – Sede Trujillo, habiéndose programado
como fechas para el desarrollo del mismo, los días 25, 26
y 27 de febrero de 2011.
Que, el Jefe de la zona Registral N° V – Sede Trujillo,
ha manifestado que existen inconvenientes relacionados
con la disponibilidad de la infraestructura deportiva y
logística, que impedirán el desarrollo del evento en las
fechas programadas, solicitando que se lleven a cabo los
días 04, 05, y 06 de marzo del año en curso; pedido que
resulta procedente por los motivos expuestos.
De conformidad al literal v) del artículo 7° del Estatuto
de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema
N° 135-2002-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Reprogramar la fecha de realización
de la I Olimpiada Nacional Registral Trujillo – 2011, en
consecuencia el evento se llevará a cabo los días 04, 05 y
06 de marzo de 2011, en la ciudad de Trujillo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALVARO DELGADO SCHEELJE
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
599285-1
Designan funcionarios responsables de
brindar información a que se refiere
la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública y su Reglamento
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL
DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 032-2011-SUNARP/GG
Lima, 3 de febrero de 2011
VISTO; el Of‌i cio N° 054-2011-SUNARP-Z.R.N°IX-
GAF/JEF, de fecha 18 de enero de 2011, remitido por el
Jefe de la Zona Registral N° IX - Sede Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, Ley N° Nº 27806, tiene por f‌i nalidad promover la
transparencia de los actos del Estado y regular el derecho
fundamental del acceso a la información establecido en el
de fecha 24 de abril de 2003, se aprobó el Texto Único
Ordenado de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, estableciendo en su
artículo 8° que las entidades de la Administración Pública
deberán identif‌i car al funcionario responsable de brindar
la información que se solicite;
Que, el artículo 4° de su Reglamento, aprobado
obligatoriedad en la designación de los funcionarios
responsables de entregar la información y de elaborar el
Portal de Transparencia, para las entidades que cuenten
con Of‌i cinas Desconcentradas, a f‌i n de tramitarse la
información solicitada con mayor celeridad;
Que, mediante Resolución N° 402-2003-SUNARP/SN,
se designó a los funcionarios responsables de brindar
información solicitada al amparo de la Ley Nº 27806;
Que, mediante Resolución N° 218-2004-SUNARP/
SN, publicada el 28 de mayo de 2004, se aprobó el
procedimiento para la atención de solicitudes de acceso a
la información que produzca o posea la SUNARP – Sede
Central y sus Órganos Desconcentrados;
Que, mediante documento de Visto, el Jefe de la Zona
Registral N° IX – Sede Lima, propone que los encargados
de brindar información de carácter pública de conformidad
con lo establecido en las normas referidas en los
considerandos precedentes, sea el Registrador Público o
Funcionario encargado de la Of‌i cina Registral;
Que, dicha regla se complementa con la disposición
según la cual en la Sede de la Zona Registral, y en la Sede
Central, el encargado de brindar la información en virtud
de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información es
el Gerente de Administración y Finanzas;
Que, mediante la Resolución N° 201-2007-SUNARP/
SN, de fecha 06 de julio de 2007, se delegó a la Gerencia
General, entre otras funciones, la facultad de designar a
los funcionarios responsables de brindar información de
conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27806 y su
Texto Único Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo
N° 043-2003-PCM;
Estando a lo dispuesto en las normas citadas y
conforme al artículo 14° literal k) del Estatuto de la
SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-
2002-JUS;

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