RESOLUCION Nº 244-2011-SUNARP/SN - Aceptan renuncias y encargan funciones de Jefes de Zonas Registrales N°s. II, IV y X, Sedes Chiclayo, Iquitos y Cusco
Fecha de disposición | 17 Septiembre 2011 |
Fecha de publicación | 17 Septiembre 2011 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 17 de setiembre de 2011
450096
Aprueban Factores de Reajuste
aplicables a obras de edificación
correspondientes a las seis Áreas
Geográficas para las Obras del Sector
Privado producidas en el mes de agosto
de 2011
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 218-2011-INEI
Lima, 15 de setiembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena
Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto
Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación
y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la
Construcción (CREPCO);
Que, asimismo la Undécima Disposición
Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley,
dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e
Informática (INEI) las funciones de elaboración de los
Índices de los elementos que determinen el costo de las
Obras;
Que, para uso del Sector Privado de la Construcción,
deben elaborarse los Factores de Reajuste
correspondiente a las obras de edifi cación de las seis
(6) Áreas Geográfi cas del país, aplicables a las obras en
actual ejecución, siempre que sus contratos no estipulen
modalidad distinta de reajuste;
Que, para tal efecto, la Dirección Técnica de
Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-
08-2011/DTIE, referido a los Factores de Reajuste para
las Áreas Geográfi cas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes
al período del 01 al 31 de Agosto de 2011 y que cuenta con
la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación
de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción
(IUPC), por lo que resulta necesario expedir la Resolución
Jefatural pertinente, así como disponer su publicación en
el Diario Ofi cial El Peruano; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar los Factores de Reajuste
que debe aplicarse a las obras de edifi cación,
correspondiente a las seis (6) Áreas Geográfi cas para
las Obras del Sector Privado, derivados de la variación
de precios de todos los elementos que intervienen en el
costo de dichas obras, producidas en el período del 01
al 31 de Agosto de 2011, según se detalla en el cuadro
siguiente:
OBRAS DE EDIFICACIÓN
ÁREAS Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos
GEOGRÁFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido)
No. M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total
Elem. Elem. Elem. Elem.
1 1,0000 1,0018 1,0018 1,0000 1,0016 1,0016 1,0000 1,0016 1,0016 1,0000 1,0013 1,0013
2 1,0000 1,0015 1,0015 1,0000 1,0016 1,0016 1,0000 1,0016 1,0016 1,0000 1,0014 1,0014
3 1,0000 1,0017 1,0017 1,0000 1,0016 1,0016 1,0000 1,0018 1,0018 1,0000 1,0015 1,0015
4 1,0000 1,0011 1,0011 1,0000 1,0007 1,0007 1,0000 1,0010 1,0010 1,0000 1,0006 1,0006
5 1,0000 1,0034 1,0034 1,0000 1,0022 1,0022 1,0000 1,0020 1,0020 1,0000 1,0018 1,0018
6 1,0000 1,0009 1,0009 1,0000 1,0006 1,0006 1,0000 1,0009 1,0009 1,0000 1,0006 1,0006
Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplicados
a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra
ejecutada en el período correspondiente. En el caso de
obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre
los montos que aparecen en el Calendario de Avance
de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance
Acelerado, si lo hubiere.
Artículo 3º.- Los factores indicados no serán
aplicados:
a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan
sido reajustados como consecuencia de la variación
mencionada en el período correspondiente.
b) Sobre el monto del adelanto que el propietario
hubiera entregado oportunamente con el objeto de
comprar materiales específi cos.
Artículo 4º.- Los montos de obra a que se refi ere el
Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales,
mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos
generales y utilidad del contratista.
Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el
propietario hubiera entregado al contratista, no se
eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste,
cuando éstos derivan de los aumentos de mano de
obra.
Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba
por la presente Resolución, serán acumulativos por
multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente
aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto
contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato
respectivo.
Artículo 7º.- Las Áreas Geográfi cas comprenden los
departamentos siguientes:
a) Área Geográfi ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La
Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín.
b) Área Geográfi ca 2: Áncash, Lima, Provincia
Constitucional del Callao e Ica.
c) Área Geográfi ca 3: Huánuco, Pasco, Junín,
Huancavelica, Ayacucho y Ucayali.
d) Área Geográfi ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.
e) Área Geográfi ca 5: Loreto.
f) Área Geográfi ca 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre
de Dios.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO VÍLCHEZ DE LOS RÍOS
Jefe
692096-2
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aceptan renuncias y encargan funciones
de Jefes de Zonas Registrales Nºs. II, IV
y X, Sedes Chiclayo, Iquitos y Cusco
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Nº 243-2011-SUNARP/SN
Lima, 16 de setiembre de 2011
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