RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 190-2012-CE-PJ - Reiteran horario de trabajo en las dependencias jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial

Fecha de disposición14 Octubre 2012
Fecha de publicación14 Octubre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 14 de octubre de 2012
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El Peruano
Lima, domingo 14 de octubre de 2012 476273
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el
Anexo Cruz Pampa, Distrito de Sincos, Provincia de Jauja,
Departamento y Distrito Judicial de Junín.
Artículo Segundo.- Los límites geográf‌i cos del
referido órgano jurisdiccional son los que aparecen
descritos en el informe de la Gerencia General del Poder
Judicial, que en documento anexo forma parte integrante
de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte
Superior de Justicia de Junín, Of‌i cina Nacional de Apoyo
a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder
Judicial, para su conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO
Presidente
853033-4
Reiteran horario de trabajo en las
dependencias jurisdiccionales y
administrativas del Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 190-2012-CE-PJ
Lima, 26 de setiembre de 2012
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa
N° 140-2012-CE-PJ, de fecha 24 de julio del año en
curso, este Órgano de Gobierno dejó sin efecto la
Directiva N° 002-97-SE-TP-CME-PJ, que regulaba el
control de asistencia, puntualidad y permanencia de
magistrados, auxiliares jurisdiccionales y personal
administrativo del Poder Judicial, aprobada por
Resolución Administrativa N° 228-97-SE-TP-CME-PJ,
del 13 de agosto de 1997. Disponiéndose que el control
de asistencia se regule conforme a las disposiciones
establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial y normas reglamentarias
correspondientes.
Segundo. Que la mencionada directiva también
dispuso que el horario del despacho judicial es no menor
de cuarenta horas semanales, a razón de ocho horas
diarias, de lunes a viernes, el cual no incluye el horario
de refrigerio.
Tercero. Que en cuanto al horario de trabajo en este
Poder del Estado, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
de conformidad con lo establecido en el artículo 25° de
la Constitución Política del Estado, expidió la Resolución
Administrativa N° 072-2002-CE-PJ, del 5 de junio de 2002,
por la que se aprobó las normas generales y específ‌i cas
que regulan la jornada laboral en las Cortes Superiores
de Justicia del país, señalándose que ésta es de ocho
horas diarias.
Cuarto. Que, asimismo, por Resolución Administrativa
N° 010-2004-CE-PJ, de fecha 3 de febrero de 2004, se
aprobó el Reglamento Interno de Trabajo del Poder
Judicial, el cual en el artículo quinto establece que la
jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias.
Quinto. Que, en tal sentido, siendo competencia de
este Órgano de Gobierno dictar medidas para que las
dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad
y ef‌i ciencia, es menester emitir pronunciamiento con este
objeto.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 911-
2012 de la cuadragésima sétima sesión del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado
con la intervención de los señores San Martín Castro,
Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva,
Palacios Dextre y Chaparro Guerra en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Reiterar que el horario de trabajo
en las dependencias jurisdiccionales y administrativas
del Poder Judicial es de ocho horas diarias, de lunes a
viernes, conforme a lo establecido por Resoluciones
Administrativas N°s. 072-2002-CE-PJ y 010-2004-CE-
PJ, de fechas 5 de junio de 2002 y 3 de febrero de 2004,
respectivamente.
Artículo Segundo.- Los Presidentes de las
Cortes Superiores de Justicia adoptarán las medidas
pertinentes para el adecuado control de asistencia y
puntualidad de los Jueces Especializados, Mixtos y de
Paz Letrados.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de
la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de
Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial,
Of‌i cina de Control Institucional del Poder Judicial, y a
la Gerencia General de este Poder del Estado, para su
conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
CESAR SAN MARTÍN CASTRO
Presidente
853033-5
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionaria
para participar en la II Reunión de
Estabilidad Financiera que se realizará
en Colombia
RESOLUCION DE DIRECTORIO
N° 0061-2012-PRE000
Lima, 18 de setiembre de 2012
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido invitación del Centro de Estudios
Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) y del Banco de la
República de Colombia para participar en la II Reunión de
Estabilidad Financiera, a realizarse en Bogotá, Colombia,
el 25 y 26 de octubre;
Es política del Banco Central de Reserva del
Perú mantener actualizados a sus funcionarios en
aspectos fundamentales relacionadas con su f‌i nalidad
y funciones;
La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad
Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la
consecución de la estabilidad monetaria mediante la
ejecución de los instrumentos de política monetaria,
la evaluación del sistema f‌i nanciero y la vigilancia del
funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas
que permitan mejorar su ef‌i ciencia;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619
y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y estando a lo
acordado por el Directorio en su sesión de 29 de agosto
de 2012;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de
la señorita Miriam Luna Baez, Especialista Senior en
Mercado de Capitales y Regulación Financiera de la
Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad
Financiera, a la ciudad de Bogotá, Colombia, el 25 y 26
de octubre y al pago de los gastos a f‌i n de que intervenga
en el certamen indicado en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será
como sigue:
Pasaje US$ 433,50
Viáticos US$ 600,00
-----------------
TOTAL US$ 1033,50
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de
derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o
denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
851578-1
Autorizan viaje de funcionaria para
participar en La Semana de Pagos
Global 2012, a realizarse en Portugal
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
N° 068-2012-BCRP
Lima, 3 de octubre de 2012
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido invitación del Grupo de Desarrollo
de Sistemas de Pago del Banco Mundial y el Centro de
Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) para
participar en La Semana de Pagos Global 2012, que se
realizará en la ciudad de Lisboa, Portugal, del 23 al 26
de octubre;
La citada reunión está dirigida a fortalecer los sistemas
de pago y liquidación de valores existentes e intercambiar
información y experiencias sobre mercados f‌i nancieros
y operaciones y otros temas de interés para los Bancos
Centrales en América Latina;
Para el cumplimiento del anterior considerando, la
Gerencia Central de Operaciones tiene entre sus funciones
la de coordinar y supervisar el normal desarrollo de las
operaciones monetarias, cambiarias, administración de
reservas internacionales y gestión del circulante, así
como efectuar las propuestas normativas y de políticas
en dichos temas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619
y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y, estando
a lo acordado por el Directorio en su sesión de 13 de
septiembre del 2012;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de
la señora Marylin Choy Chong, Gerente Central de
Operaciones, a la ciudad de Lisboa, Portugal, del 23 al 26
de octubre y al pago de los gastos, a f‌i n de que intervenga
en la reunión indicada en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será
como sigue:
Pasaje y T.U.U.A. US$ 1999,94
Viáticos US$ 1560,00
-----------------
TOTAL US$ 3559,94
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de
derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o
denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
851581-1
CONTRALORIA GENERAL
Dan por concluida designación de Jefe
del Órgano de Control Institucional del
Gobierno Regional Moquegua
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 372-2012-CG
Lima, 12 de octubre de 2012
Visto, la Hoja Informativa N° 00007-2012-CG/COP,
emitida por la Gerencia de Control Operativo de la
Gerencia Central de Operaciones de la Contraloría
General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18º de
la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República, el
jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una
vinculación de dependencia funcional y administrativa con
la Contraloría General de la República, en su condición
de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus
lineamientos y disposiciones;
Que, el artículo 19° de la referida Ley N° 27785,
modif‌i cado por la Ley N° 28557, dispone que este Órgano
Superior de Control, aplicando el principio de carácter
técnico y especializado del control, nombra mediante
concurso público de méritos a los jefes de los Órganos
de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento
(25%) de los mismos, por designación directa del personal
profesional de la Contraloría General; asimismo, establece
que los jefes de los Órganos de Control Institucional
pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del
servicio;
Que, los literales a), b) y c) del artículo 24º del
Reglamento de los Órganos de Control Institucional,
aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 220-
2011-CG, establecen las modalidades a través de las
cuales se efectúa la designación, tales como, por concurso
público de méritos, por designación directa del personal
profesional de la Contraloría General, de acuerdo a las
disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría
General, y por traslado en la oportunidad que se considere
conveniente;
Que, de acuerdo al artículo 26° del Reglamento de los
Órganos de Control Institucional, los jefes de los Órganos
de Control Institucional designados por la Contraloría
General, ejercerán sus funciones en las entidades por
un período de tres (03) años. Excepcionalmente, y por
razones debidamente fundamentadas y calif‌i cadas,
podrán permanecer por un periodo menor a los tres (03)
años o, de ser el caso, un tiempo mayor en la entidad, el
cual no deberá exceder de cinco (05) años;
Que, conforme a lo dispuesto en los literales c) de
los artículos 47° y 48° del Reglamento de los Órganos
de Control Institucional, la Contraloría General de la
República puede disponer que el titular de la entidad,
a f‌i n de garantizar el normal desarrollo de la actividad
del Órgano de Control Institucional, disponga la
encargatura de las funciones de dicho órgano, a un
profesional que reúna los requisitos establecidos en el
artículo 25° del Reglamento de los Órganos de Control
Institucional, dando cuenta de ello a este Órgano
Superior de Control;
Que, de acuerdo a la Hoja Informativa del visto,
por razones de interés institucional y convenir a las
necesidades del servicio, en el marco de las nuevas
políticas institucionales que se vienen implementando en
la Contraloría General de la República, resulta necesario
dar por concluida la designación del señor Oscar Grabiel
Celedonio Romero en el cargo de jefe del Órgano de
Control Institucional del Gobierno Regional Moquegua;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº
27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de
la Contraloría General de la República y modif‌i catorias; y a
lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control
Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº
220-2011-CG;

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