06 339-2001-EF/10 - Autorizan viaje de de profesionales de la CONASEV a España para participar en curso de regulación y supervisión de mercados financieros iberoamericanos

Fecha de publicación20 Noviembre 2001
Fecha de disposición20 Noviembre 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, martes 20 de noviembre de 2001 AÑO XIX - Nº 7821 Pág. 212863
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
P C M
Autorizan viaje de la Ministra de
Promoción de la Mujer y del Desarro-
llo Humano para participar en evento
sobre pobreza urbana, a realizarse
en México
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 594-2001-PCM
Lima, 19 de noviembre de 2001
Vistos la Carta de fecha 4 de octubre del 2001 de la
Secretaría de Desarrollo Social - SEDESOL;
CONSIDERANDO:
Que mediante el documento de vistos, la Secretaría de
Desarrollo Social - SEDESOL, invita a participar al Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, al Encuen-
tro Ministerial de Desarrollo Social de América Latina: La
Pobreza Urbana" el mismo que se realizará en la ciudad de
México D.F., México, los días 21 y 22 de noviembre del 2001;
Que resulta importante la participación de la señora Mi-
nistra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, con
el objeto de obtener importantes contribuciones para enrique-
cer y consolidar políticas públicas que enfrenten el problema
de la pobreza urbana en cada uno de los países;
Que los gastos por concepto de pasajes, viáticos correspon-
diente a la participación de la señora Ministra serán irrogados
por la Secretaría de Desarrollo Social - SEDESOL;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 560, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por Decre-
to Supremo Nº 031-89-EF, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM,
modificado por Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto
Supremo Nº 048-2001-PCM y modificatoria; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Ministra encargada
de la cartera de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano, señora LUZ DORIS SANCHEZ PINEDO, a la ciudad
de México D.F., México, del 21 y 22 de noviembre del 2001,
para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolución
no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a
exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna
clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
34782
Encargan la Cartera del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano al Ministro de Pesquería
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 595-2001-PCM
Lima, 19 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que la Ministra de Estado en el Despacho de Promoción de
la Mujer y del Desarrollo Humano, señora Luz Doris Sánchez
Pinedo, se ausentará del país para asistir al Encuentro Minis-
terial de Desarrollo Social de América Latina: La Pobreza
Urbana, que se llevarán a cabo en la ciudad de México D.F.,
México, los días 21 y 22 de noviembre del 2001;
Que en consecuencia es necesario encargar el Despacho de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano en tanto dure
la ausencia de la Titular;
De conformidad con el Artículo 127º de la Constitución
Política del Perú y el Artículo 38º del Decreto Legislativo
Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar la Cartera del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano al señor
JAVIER EDMUNDO REATEGUI ROSSELLO, Ministro de
Estado en el Despacho de Pesquería, a partir del 21 de noviem-
bre del 2001 y mientras dure la ausencia de la Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
34783
DEFENSA
Cesan a Comandante General de la
Marina de Guerra del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 852-DE/SG
Lima, 11 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, según el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 752 -
Ley de Situación Militar de los Oficiales del Ejército, Marina
de Guerra y Fuerza Aérea-, el Jefe Supremo de las Fuerzas
Armadas nombra al Comandante General de la Marina de
Guerra del Perú;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del
Poder Ejecutivo- y el Decreto Legislativo Nº 752;
Estando a lo informado por el señor Ministro de Defensa,
a lo opinado por el señor Presidente del Consejo de Ministros
y a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Cesar en el cargo de Comandante General de
la Marina de Guerra del Perú al Vicealmirante Alfredo Enri-
que PALACIOS DONGO, dándole las gracias por los impor-
tantes servicios prestados a la Nación.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el
Ministro de Defensa.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
DAVID WAISMAN RJAVINSTHI
Ministro de Defensa
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Pág. 212864
NORMAS LEGALES
Lima, martes 20 de noviembre de 2001
Nombran Comandante General de la
Marina de Guerra del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 853-DE/SG
Lima, 11 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, según el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 752 -
Ley de Situación Militar de los Oficiales del Ejército, Marina
de Guerra y Fuerza Aérea-, el Jefe Supremo de las Fuerzas
Armadas nombra al Comandante General de la Marina de
Guerra del Perú:
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del
Poder Ejecutivo- y el Decreto Legislativo Nº 752;
Estando a lo informado por el señor Ministro de Defensa,
a lo opinado por el señor Presidente del Consejo de Ministros
y a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Nombrar al Vicealmirante Ricardo Remigio
ARBOCCO LICETI como Comandante General de la Marina
de Guerra del Perú.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el
Ministro de Defensa.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
DAVID WAISMAN RJAVINSTHI
Ministro de Defensa
34735
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Amplían monto de emisión de Docu-
mentos Cancelatorios - Tesoro Público
para pago de tributos que gravan im-
portación y venta de fertilizantes y otros
DECRETO SUPREMO
Nº 214-2001-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27400 se declara de preferente
interés nacional la emisión de Documentos Cancelatorios -
Tesoro Público, para el pago de tributos que gravan la impor-
tación y venta de fertilizantes, agroquímicos, equipos de riego
tecnificado, vacunos reproductores, vaquillonas registradas
con preñez certificada y ovinos de pelo para reproducción;
Que, mediante los Decretos Supremos Nºs. 026 y 119-
2001-EF se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a
emitir Documentos Cancelatorios - Tesoro Público hasta por la
suma de Ciento Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 120
000 000,00), para el pago de tributos a que se refiere la Ley
citada en el considerando precedente;
Que, las Superintendencias Nacionales de Administración
Tributaria y de Aduanas, registran una demanda proyectada
para el Año Fiscal 2001 que supera el monto autorizado para
la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público;
Que, en consecuencia es necesario incrementar el monto
para la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público
a fin de continuar promoviendo la productividad y moderniza-
ción del agro a nivel nacional, permitiendo mejorar la rentabi-
lidad de los agricultores;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del
Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado;
DECRETA:
Artículo 1º.- Amplíase en DIEZ MILLONES y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00) la emisión de Docu-
mentos Cancelatorios - Tesoro Público a que se refiere el
Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 026-2001-EF.
Artículo 2º.- Del monto señalado en el artículo prece-
dente, NUEVE MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/
. 9 000 000,00) se destinarán al pago de los tributos por la
importación y venta de fertilizantes cuyas partidas arance-
larias se detallan en el Anexo que forma parte de la Ley
Nº 27400, y UN MILLON y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 1 000 000,00) para las demás Partidas Arancelarias
consignadas en el mismo Anexo.
Artículo 3º.- Autorízase una Operación de Transferencia
de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2001, hasta por la suma de DIEZ MILLONES y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00); conforme al siguiente
detalle:
DE LA:
SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 :Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 :Administración General
FUNCION 03 :Administración y Planeamiento
PROGRAMA 006 :Planeamiento Gubernamental
SUBPROGRAMA 0019 :Planeamiento Presupuestario,
Financiero y Contable
ACTIVIDAD 00010 :Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
0 Reserva de Contingencia 10 000 000,00
TOTAL 10 000 000,00
A LA:
SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 013 :Ministerio de Agricultura
UNIDAD EJECUTORA 001 :Ministerio de Agricultura -
Administración Central
FUNCION 04 :Agraria
PROGRAMA 009 :Promoción de la Producción Agraria
SUBPROGRAMA 0050 :Promoción y Asistencia Comunitaria
ACTIVIDAD 00037 :Apoyo al Agro
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 Bienes y Servicios 10 000 000,00
TOTAL 10 000 000,00
Artículo 4º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus
veces de los Pliegos comprendidos en la presente norma,
solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las
codificaciones que se requieran como consecuencia de la incor-
poración de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y
Unidades de Medida.
Artículo 5º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus
veces, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren
las correspondientes "Notas para Modificación Presupuesta-
ria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la
presente norma.
Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será refrenda-
do por los Ministros de Economía y Finanzas y de Agricultura.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve
días del mes de noviembre del año dos mil uno.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
34811
Ratifican acuerdo de la COPRI que
aprueba Plan de Promoción y define
modalidad del proceso de promoción
de la inversión privada en EGASA y
EGESUR RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 496-2001-EF
Lima, 19 de noviembre de 2001
Pág. 212865
NORMAS LEGALES
Lima, martes 20 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. -
EGASA y la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. -
EGESUR fueron incluidas en el proceso de promoción de la
inversión privada a través de la Resolución Suprema Nº 370-94-
PCM del 6 de septiembre de 1994 y Resolución Suprema Nº 438-
96-PCM del 13 de septiembre de 1996, respectivamente;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 217-98-PCM de
fecha 23 de abril de 1998 se ratificó el acuerdo adoptado por la
Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI,
conforme al cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inver-
sión Privada en las Empresas Regionales de Electricidad;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 444-2001-EF de
fecha 14 de septiembre de 2001 se constituyó el Comité
Especial de Promoción de la Inversión Privada en Activos,
Proyectos y Empresas del Estado;
Que conforme a lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 4º
del Decreto Legislativo Nº 674, mediante acuerdo del 7 de
noviembre de 2001, la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada (COPRI) ha aprobado el Nuevo Plan de Promoción del
proceso a que se refiere el primer considerando;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 674;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ratifícase el acuerdo adoptado por la Comi-
sión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), por el cual
se aprueba el nuevo Plan de Promoción y se define que la
modalidad para llevar adelante el proceso de promoción de la
inversión privada en la Empresa de Generación Eléctrica de
Arequipa S.A. - EGASA y en la Empresa de Generación
Eléctrica del Sur S.A. - EGESUR, es la mencionada en los
literales a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674.
Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por
el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía
y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME QUIJANDRIA SALMON
Ministro de Energía y Minas
34812
Ratifican acuerdo de la COPRI que
aprueba Plan de Promoción y define
modalidad del proceso de promoción
de la inversión privada en Electro Nor
Oeste S.A., Electro Norte Medio S.A.,
Electro Centro S.A. y Electro Norte S.A.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 497-2001-EF
Lima, 19 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, las Empresas Electro Nor Oeste S.A., Electro Norte
Medio S.A., Electro Centro S.A. y Electro Norte S.A. fueron
incluidas en el proceso de promoción de la inversión privada por
Resolución Suprema Nº 355-92-PCM de fecha 2 de julio de 1992;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 311-96-PCM de
fecha 31 de agosto de 1996 se ratificó el acuerdo adoptado por
la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI,
conforme al cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inver-
sión Privada en las Empresas Regionales de Electricidad;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 444-2001-EF de
fecha 14 de septiembre de 2001 se constituyó el Comité
Especial de Promoción de la Inversión Privada en Activos,
Proyectos y Empresas del Estado;
Que conforme a lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 4º
del Decreto Legislativo Nº 674, mediante acuerdo del 7 de
noviembre de 2001, la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada (COPRI) ha aprobado el Nuevo Plan de Promoción del
proceso a que se refiere el primer considerando;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 674;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ratifíquese el acuerdo adoptado por la Comisión
de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), por el cual se
aprueba el nuevo Plan de Promoción y se define que la modalidad
para llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada
en las Empresas Electro Nor Oeste S.A., Electro Norte Medio S.A.,
Electro Centro S.A. y Electro Norte S.A., es la mencionada en los
literales a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674.
Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por
el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía
y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME QUIJANDRIA SALMON
Ministro de Energía y Minas
34813
Ratifican Acuerdo de la COPRI que
incluye a las acciones del Estado en la
Compañía de Seguros de Crédito y
Garantías S.A. en el proceso de promo-
ción de la inversión privada
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 498-2001-EF
Lima, 19 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada -
COPRI, mediante Acuerdo de fecha 19 de octubre de 2001,
acordó incluir dentro del proceso de promoción de la inversión
privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, las
acciones del Estado en la Compañía de Seguros de Crédito y
Garantías S.A. - SECREX;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 444-2001-EF, se
han constituido los Comités Especiales encargados de llevar
adelante los procesos de promoción de la inversión privada,
designándose a sus Miembros Permanentes como a Miembros
Especializados para diversos procesos de promoción, habién-
dose dispuesto que la competencia de dichos miembros será la
que se le asigne mediante Resolución Suprema;
Que, asimismo, la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada - COPRI, ha propuesta que el Comité Especial de
Promoción de la Inversión Privada en Activos, Proyectos y
Empresas del Estado constituido mediante Resolución Supre-
ma Nº 444-2001-EF, se encargue de llevar adelante el referido
proceso de promoción de la inversión privada;
Que, igualmente, la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada - COPRI, ha propuesto asignar al Miembro Especia-
lizado para el proceso de promoción de acciones remanentes de
propiedad del Estado en empresas ya privatizadas, nombrado
mediante Resolución Suprema Nº 444-2001-EF, llevar ade-
lante el referido proceso de promoción de la inversión privada;
De conformidad por lo dispuesto en los Artículos 4º y 5º del
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comi-
sión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, en virtud
del cual se incluye dentro del proceso de promoción de la
inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo
Nº 674, a las acciones del Estado en la Compañía de Seguros
de Crédito y Garantías S.A. - SECREX.
Artículo 2º.- Designar al Comité Especial de Promoción de
la Inversión Privada en Activos, Proyectos y Empresas del
Estado constituido mediante Resolución Suprema Nº 444-2001-
EF, para efectos de llevar adelante el proceso de promoción de
la inversión privada a que se refiere el artículo precedente.
Artículo 3º.- Designar al Miembro Especializado para el proceso
de promoción de acciones remanentes de propiedad del Estado en
empresas ya privatizadas, nombrado mediante Resolución Supre-
ma Nº 444-2001-EF, como encargado de llevar adelante el proceso de
promoción de la inversión privada a que se refiere el Artículo 1º.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
34814

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