El régimen Fatca y sus principales aristas de aplicación en el Perú

AutorKaren Sheppard Castillo
CargoAbogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas103-124
N° 72, 2014
pp. 103-124
El régimen FATCA y sus principales aristas
de aplicación en el Perú
FATCA and its key provisions and the issues of its
application in Peru
KAREN SHEPPARD CASTILLO*
Resumen: Como respuesta al recurrente problema de evasión fiscal
internacional, el Congreso de los Estados Unidos emitió la Ley de Cumplimiento
Tributario de Cuentas Extranjeras (Foreign Acccount Tax Compliance Act,
comúnmente conocida por sus siglas FATCA). Dicha ley tiene por objeto
promover el cumplimiento tributario de ciudadanos y residentes de Estados
Unidos que son titulares de cuentas bancarias en el exterior, dado su sistema fiscal
basado en residencia y ciudadanía. A través de FATCA, se invita a las entidades
financieras locales a suscribir un acuerdo con la Administración tributaria
de Estados Unidos, mediante el cual se comprometan a brindar información
acerca de las cuentas cuyos titulares son ciudadanos o residentes de dicho país
bajo apercibimiento de sanción. La aplicación de esta norma en nuestro país
genera muchas preguntas relativas a su naturaleza, su extraterritorialidad, su
vulneración del derecho bancario, civil y penal, y demás aristas. Su inminente
aplicación, el 1 de julio de 2014, genera un clima de especial interés a la espera
de un pronunciamiento oficial de las autoridades locales. Definitivamente, la
importancia de FATCA reside en que marca una nueva etapa respecto de los
anteriores sistemas de intercambio de información que podría revolucionar la
forma de administrar los impuestos.
Palabras clave: FATCA – evasión fiscal – secreto bancario
Abstract: As an answer to the international tax evasion problem, the U.S.
Congress issued the Foreign Account Tax Compliance Act – FATCA. This Act
aims to promote tax compliance among citizens and U.S. residents holding
foreign bank accounts. To this effect, FATCA requires Foreign Financial
Institutions to enter into an agreement with the Internal Revenue Service
(IRS) to provide the IRS information about the identity and the status of
the bank accounts held by US persons. Entities not willing to enter into an
agreement with the IRS will be subject to a 30% withholding on U.S. sourced
income regardless of whether the income is tax exempt. The application of
this Act in our country brings a lot of concern regarding some issues, such
us extraterritoriality, bank secrecy, the application of civil and criminal law.
Since the effective date of implementation of FATCA is July 1, 2014, we
understand that an official opinion concerning these issues and the possibility
to enter into an Intergovernmental Agreement with the U.S. government will
be forthcoming in the following months.
Key words: FATCA – tax evasión – bank secrecy
* Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Máster en Tributación Internacional
por la University of Michigan. Profesora de Derecho Tributario Internacional del Programa de
Segunda Especialidad de la PUCP. La autora agradece especialmente por su valioso apoyo a Mayra
Galdo Meléndez. correo electrónico: sheppard.kp@pucp.edu.pe
KAREN SHEPPARD CASTILLO
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Derecho PUCP, N° 72, 2014 / ISSN 0251-3420
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN. II. ANTECEDENTES DE FATCA. II.1.
CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ENTRE ESTADOS UNIDOS Y
ANTILLAS HOLANDESAS. II.2. EXENCIÓN DE INTERESES. II.3. FOREIGN BANKS
AND FINANCIAL ACCOUNTS REPORT FBAR Y QUALIFIED INTERMEDIATE
QI. II.4. EL ESCÁNDALO DEL UNITED BANK OF SWITZERLAND AG UBS.
III. FATCA. III.1. NORMA DE PROMULGACIÓN. III.2. OBJETIVOS. III.3. DISEÑO.
III.4. DEFINICIONES. III.4.1. ENTIDAD FINANCIERA EXTRANJERA FFI.
III.4.2. ENTIDAD EXTRANJERA NO FINANCIERA NFFE. III.4.3. AGENTE DE
RETENCIÓN. III.4.4. PAGOS SUJETOS A RETENCIÓN. III.4.5. ENTIDADES
EXENTAS. III.5. ACUERDOS INTERGUBERNAMENTALES IGAS. III.6. PLAZOS.
IV. ALGUNOS CUESTIONAMIENTOS ACERCA DE LA APLICACIÓN DE FATCA.
IV.1. ES FATCA UNA MEDIDA ANTIELUSIVA? IV.2. ATENTA FATCA CONTRA
LA SOBERANÍA DE LOS ESTADOS Y ESPECÍFICAMENTE DE NUESTRO PAÍS?
IV.3. AFECTA FATCA EL DERECHO AL SECRETO BANCARIO? IV.4. ATENTA
FATCA CONTRA LA RESERVA BURSÁTIL? IV.5. ATENTA FATCA CONTRA NORMAS
PENALES? IV.6. ATENTA FATCA CONTRA NORMAS CIVILES? IV.7. CÓMO VA
A VERIFICAR EL GOBIERNO AMERICANO QUE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
CUMPLAN REALMENTE CON LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONEN?
IV.8. QUÉ BENEFICIOS NOS PODRÍA TRAER FATCA EN EL CONTEXTO DE UN IGA
CON EL PERÚ?
I. INTRODUCCIÓN
Como respuesta al recurrente problema de evasión fiscal internacional,
el cual cobra especial protagonismo en el escenario de una situación
económica complicada, el Congreso estadounidense emitió la Ley de
Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras (Foreign Acccount Tax
Compliance Act), comúnmente conocida por sus siglas FATCA. FATCA
tiene por objeto promover el cumplimiento tributario de ciudadanos
y residentes de Estados Unidos que manejan cuentas bancarias en el
exterior. Con la finalidad de conseguir dicho propósito, FATCA requiere
que las entidades financieras extranjeras (Foreign Financial Institutions,
en adelante FFI) suscriban un acuerdo con la Administración tributaria
americana (Internal Revenue Service, en adelante IRS), mediante el
cual se comprometan a proporcionarle información relativa a las cuentas
bancarias que los ciudadanos y residentes estadounidenses, así como las
empresas extranjeras de capital americano significativo, tengan en sus
respectivas entidades. Asimismo, requiere que entidades no financieras
(NFFE) informen a los agentes de retención acerca de sus beneficiarios
efectivos (aun cuando se trate de sus propias subsidiarias). Aquellas
entidades que no suscriban el referido acuerdo, se encontrarán sujetas
a una retención del 30% sobre los pagos de fuente estadounidense que
reciban, tales como intereses, dividendos y otros, independientemente
de que estos se encuentren o no gravados.
En la implementación de este régimen algunos países se han alineado
con Estados Unidos (tales como Reino Unido, Alemania, Francia, etc.)

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