ORDENANZA N° 1637 - Rectifican el plano de zonificación de Villa El Salvador, aprobado por Ordenanza N° 933-MML

Fecha de disposición09 Noviembre 2012
Fecha de publicación09 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478329
San Juan de Lurigancho, la rectif‌i cación aprobada en el
Artículo Primero de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 30 de octubre de 2012
SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE
Alcaldesa
863267-1
Rectifican el plano de zonificación
de Villa El Salvador, aprobado por
Ordenanza Nº 933-MML
ORDENANZA N° 1637
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30
de octubre de 2012, el Dictamen Nº 111-2012-MML-
CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE
ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO
VILLA EL SALVADOR, APROBADO POR ORDENANZA
N° 933-MML
Artículo Primero.- Rectif‌i car el Plano de Zonif‌i cación
de los Usos del Suelo del Distrito de Villa El Salvador
(Anexo Nº 01) aprobado con Ordenanza Nº933-MML
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 05 de mayo del
2006, de Educación Básica (E1) a Comercio Vecinal (CV)
para el predio cuya área es de 641.80 m2, ubicado en el
Sector 1, Barrio 2, Mz, O Lote 1, Parcela 3, 1er Sector,
Agrupamiento Pachacamac; según el gráf‌i co que como
Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza,
el mismo que será publicado en la página web de la
Municipalidad Metropolitana de Lima (www munlima.gob.
pe).Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano
de Planif‌i cación de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, incorpore en el Plano de Zonif‌i cación del Distrito de
Villa El Salvador, la rectif‌i cación aprobada en el Artículo
Primero de la presente Ordenanza.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 30 de octubre de 2012
SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE
Alcaldesa
863267-2
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Otorgan beneficios extraordinarios
de regularización de obligaciones
tributarias sustanciales, formales y
multas administrativas
Chosica, 30 de octubre de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
LURIGANCHO
VISTO: El Dictamen de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, Economía, Rentas; así como los informes de
la Gerencia de Rentas Nº 252 -2012-GR/MDLCH, y de
la Gerencia de Asesoría Jurídica Nº 680-2012-GAJ-
MDLCH, relacionados con el proyecto de Ordenanza que
dispone el Benef‌i cio Extraordinario de Regularización de
Obligaciones Tributarias Sustanciales, Formales y Multas
Administrativas.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 195º de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, otorga potestad
tributaria a los Gobiernos Locales al disponer que pueden
crear, modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos municipales, conforme a ley;
adicionalmente reconoce competencia para administrar
sus bienes y rentas.
Que, a tenor de lo dispuesto por el artículo 40º de la
Ley antes citada, las Ordenanzas de las Municipalidades
son normas de carácter general de mayor jerarquía en
la estructura normativa municipal y por medio de ellas
se aprueba entre otras cosas la creación, modif‌i cación,
supresión o exoneración de arbitrios, tasas, licencias,
derechos y contribuciones, correspondiendo al Concejo
Municipal aprobarlas conforme dispone el inciso 8) del
artículo 9º de la misma.
Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº
252 -2012-GR/MDLCH de fecha 26 de octubre de
2012, concluye porque resulta procedente conceder el
benef‌i cio de regularización de obligaciones formales por
parte de los contribuyentes que habiendo adquirido sus
propiedades bajo cualquier modalidad, no han formalizado
las declaraciones juradas de autovalúo en razón a
que estas están sujetas al pago de la multa tributaria
correspondiente.
Conforme a lo dispuesto por la Constitución Política
del Perú y de conformidad con el articulo 9º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y en uso de las
facultades contenidas con dispensa de trámite de la
aprobación del Acta, el Concejo aprobó por unanimidad la
siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE DISPONE BENEFICIOS
EXTRAORDINARIOS DE REGULARIZACION DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SUSTANCIALES,
FORMALES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS
Artículo 1º.- OBJETO
La Ordenanza tiene por objeto conceder benef‌i cios
extraordinarios para la regularización de deudas
tributarias y declaraciones juradas correspondientes
al impuesto predial; arbitrios municipales, así como de
multas tributarias y administrativas generadas antes
de su vigencia, cualquiera fuera el estado en que se
encuentren.
Artículo 2º.- ALCANCE
Podrán acogerse al benef‌i cio que dispone la presente
Ordenanza los propietarios de predios ubicados en la
jurisdicción del distrito de Lurigancho Chosica, respecto
de:
1. Obligaciones tributarias vencidas antes de la
vigencia de la presente Ordenanza, sean sustanciales o
formales.
2. Convenios de fraccionamiento suscritos con
anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza,
aun cuando hubiesen recaído sobre ellos resolución de
pérdida del convenio.
3. En cuanto a las Multas Administrativas, los
administrados podrán acogerse al benef‌i cio, cualquiera
sea el estado de cobranza en que se encuentren y que
hayan sido impuestas antes de la entrada en vigencia de
la presente Ordenanza.

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