RESOLUCION N° 337-2013-RASS - Aclaran y complementan la Resolución N° 1167-2012-RASS que declara la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización San Antonio de Surco

Fecha de disposición21 Abril 2013
Fecha de publicación21 Abril 2013
El Peruano
Domingo 21 de abril de 2013
493286
evaluación de las Peticiones de Cambio de Zonif‌i cación
y elaborará un informe único, emitiendo su opinión sobre
el total de las peticiones; el que será elevado al Concejo
Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo
respectivo, donde expresará su opinión, la misma que no
tiene carácter vinculante;
Que, con Memorando Nº 235 -2013-GPV-MSS
del 26.03.2013, la Gerencia de Participación Vecinal
remite los resultados de la consulta vecinal para el
Cambio Específ‌i co de Zonif‌i cación de Residencial de
Densidad Baja a Residencial de Densidad Media de los
Lotes 07 y 08, Manzana A, Urbanización Los Rosales,
siendo el resultado de acuerdo al Informe Nº 012-2013-
MDG-GPV-MSS del 21.03.2013, Favorable 19.05% (8
encuestados), Desfavorable 73.81% (31 encuestados) y
se abstienen 07.14% (03 encuestados) de un total de 42
personas encuestadas; y con Memorando Nº 243-2013-
GPV-MSS del 27.03.2013, la Gerencia de Participación
Vecinal remite los resultados de la consulta vecinal para
el Cambio Específ‌i co de Zonif‌i cación de Residencial
de Densidad Baja a Residencial de Densidad Media
del Lotes 05, Manzana C, Urbanización Los Pinos de
Monterrico Chico, siendo el resultado de acuerdo al
Informe Nº 009-2013-CWAT-GPV-MSS: Favorable 0.0%
(0 encuestados), Desfavorable 62.50% (35 encuestados)
No ubicados 35.71 % (20 encuestados) y se abstienen
01.79% (01 encuestado) de un total de 56 personas
encuestadas;
Que, mediante Informe Nº 103-2013-GDU-MSS del
10.04.2013, la Gerencia de Desarrollo Urbano expresa su
conformidad al Informe Nº 153-2013-SGPUC-GDU-MSS
de fecha 08.04.2013 de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro, que se sustenta en los Informes Nº
010-013-CZB-APU, Nº 017-2013-SCF-APU, y Nº 92-2013-
GRP-AL del 08.04.2013 respectivamente, que contiene el
sustento técnico y legal de la Petición del Cambio Especif‌i co
de Zonif‌i cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a
zona Residencial de Densidad Media (RDM) de los Lotes 7
y 8, Manzana A, Primera Etapa, Urbanización Los Rosales,
y del Lote 5, Manzana C, Urbanización Los Pinos de
Monterrico Chico, Distrito de Santiago de Surco, solicitando
se remitan los actuados al Concejo Municipal para que
mediante Acuerdo de Concejo se declare DESFAVORABLE
el mencionado cambio de zonif‌i cación para su posterior
remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, con Informe Nº 265-2013-GAJ-MSS del
10.04.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que
las Peticiones de Cambio de Zonif‌i cación presentadas
mediante Documentos Nº 204439-2013 y 206020-2013, han
sido tramitados conforme al procedimiento establecido en
la Ordenanza Nº 1617-MML y su modif‌i catoria Ordenanza
Nº 1631-MML, y que habiendo emitido la Gerencia de
Desarrollo Urbano el Informe Técnico correspondiente,
concluye opinando por considerar desfavorable las
peticiones submateria, recomendando se eleven los
actuados al Concejo Municipal a f‌i n de que se emita el
Acuerdo de Concejo respectivo y, posteriormente se remitan
a la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, mediante Memorando Nº 328-2013-GM-MSS del
11.04.2013, la Gerencia Municipal expresa su conformidad
a la presente propuesta de declaración desfavorable de
las Peticiones de Cambio de Zonif‌i cación de Residencial
de Densidad Baja (RDB) a Zona Residencial de Densidad
Media (RDM) de los Lotes 7 y 8, Manzana A, Primera
Etapa, Urbanización Los Rosales, y del Lote 5, Manzana
C, Urbanización Los Pinos de Monterrico Chico, Distrito de
Santiago de Surco;
Estando al Dictamen Conjunto Nº 05-2013-CDL-CAJ-
MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos
Jurídicos, el Informe Nº 265-2013-GAJ-MSS de la Gerencia
de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas
por los Artículos 9º, numeral 8), 39º y 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972; el Concejo Municipal
adoptó por UNANIMIDAD con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta, el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- DECLARAR DESFAVORABLE las
peticiones de Cambio de Zonif‌i cación de Residencial de
Densidad Baja (RDB) a Zona Residencial de Densidad
Media (RDM) de los Lotes 7 y 8, Manzana A, Primera
Etapa, Urbanización Los Rosales, y del Lote 5, Manzana
C, Urbanización Los Pinos de Monterrico Chico, Distrito de
Santiago de Surco, de conformidad con el procedimiento
regulado en el Artículo 51º del Decreto Supremo Nº 004-
2011-VIVIENDA, concordante con las Ordenanzas Nº 912
-MML, Nº 620-MML y Nº 1617-MML y modif‌i catorias de la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría
General, la publicación del Acuerdo de Concejo en el
Diario Of‌i cial El Peruano; y la elevación de los actuados
administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima,
para la prosecución del trámite correspondiente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del
Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano y
a la Secretaría General.
Mando se registre, comunique y cumpla.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
927512-1
Aclaran y complementan la Resolución
Nº 1167-2012-RASS que declara la
Habilitación Urbana de Oficio de la
Urbanización San Antonio de Surco
RESOLUCIÓN Nº 337-2013-RASS
DS Nº 215002-2010–ACUM.
Santiago de Surco, 11 de abril del 2013
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO:
VISTO: El DS Nº 2150022010 – ACUM, el Informe Nº
83-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano,
los Informes Nros. 125-2013-SGPUC-GDU-MSS y 005-
2013-DCHT de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y
Catastro y el Informe Nº 230-2013-GAJ-MSS de la Gerencia
de Asesoría Jurídica respectivamente, sobre la aclaración
de la Resolución Nº 1167-2012-RASS que declaró la
Habilitación Urbana de Of‌i cio de la URBANIZACIÓN SAN
ANTONIO DE SURCO; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 1167-2012-RASS del
27.12.2012, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el
25.01.2013, se declaró la Habilitación Urbana de Of‌i cio del
terreno de 26,141.89 m2, inscrito en el Tomo 483, Fojas
31 y su continuación en la P.E. Nº 11093323 de la Zona
Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos, como Urbanización San Antonio de
Surco;
Que, mediante el Título Nº 2013-00008678,
presentado el 03.01.2013, por el propietario registral, la
Asociación de Propietarios del Ex Fundo San Antonio,
Lote 5, solicita la inscripción de la Habilitación Urbana de
Of‌i cio de la Urbanización San Antonio de Surco, ante la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Título
que ha sido objeto de las siguientes observaciones:
1. “Mediante el presente título se solicita la inscripción
de la Habilitación Urbana de Of‌i cio del predio inscrito en
la Partida Nº 11093323, para tales efectos se adjunta
a calif‌i cación la Resolución Nº 1167-2012-RASS del
27.12.2012. Al respecto, se advierte que en dicha
resolución se ha omitido dejar constancia expresa que
en la entidad municipal no existe en trámite ningún
procedimiento de habilitación urbana o de regularización
de una ejecutada al 11.07.2012, conforme lo establece el
artículo 24º-B inciso a) de la Ley Nº 29898 modif‌i cada de
2. “Según la Resolución Nº 1167-2012-RAS del
27,12.2012, existe un área de 82.00 m2 que tiene la
condición de reservada. Al respecto, solicitamos precisar
la naturaleza jurídica de dicha área, ya que en caso se
trate de un área reservada para futura compensación de
áreas deberá encontrarse plenamente establecido en la
resolución que aprueba la habilitación urbana”;
3. “Conforme lo establece el Artículo 24º de la Ley Nº
29090, la habilitación urbana de of‌i cio es un procedimiento
reservado exclusivamente a la municipalidad competente
donde se ubica el predio matriz. Por lo tanto, la determinación
de la valorización de la habilitación corresponde efectuarla
a la entidad municipal a través de sus órganos técnicos
encargados del procedimiento, siendo improcedente la
declaración jurada del propietario por no encontrarse
legitimada su intervención”;

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