03 084-2003-PRODUCE - Oficializan el "Quinto Curso Nacional sobre Armado y Operatividad de Espineles" que se realiza en la sede del CEP-PAITA

Fecha de publicación10 Marzo 2003
Fecha de disposición10 Marzo 2003
Pág. 240542
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 10 de marzo de 2003
Oficializan el "Quinto Curso Nacional
sobre Armado y Operatividad de
Espineles" que se realiza en la sede
del CEP-PAITA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 084-2003-PRODUCE
Lima, 6 de marzo del 2003
VISTO:
El Oficio Nº 048-2003-PRODUCE/CEP-PAITA-CD de
fecha 12 de febrero del 2003;
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Convenio de Cooperación Técnica
suscrito entre el Gobierno del Japón y el Gobierno de la
República del Perú, y el Registro de Conversaciones de
fecha 20 de enero de 1999, sostenido entre el Represen-
tante Residente de la Oficina en el Perú de la Agencia de
Cooperación Internacional de Japón (JICA) y el Vicemi-
nistro de Pesquería, se programó el "Quinto Curso Nacio-
nal sobre Armado y Operatividad de Espineles" que se
realiza en la ciudad de Paita, departamento de Piura, entre
el 17 de febrero al 19 de marzo de 2003;
Que, en armonía del documento de Visto, es conveniente
otorgar el carácter oficial al curso antes señalado, teniendo en
consideración que permitirá capacitar a técnicos y profesiona-
les que desempeñan labores en el área extractiva y/o de ins-
trucción con pescadores sobre el armado y operatividad de los
diferentes tipos de espineles, como efecto de la cooperación
internacional proveniente de la JICA Japón;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y modificatoria, Ley Nº
27779 - Ley de creación del Ministerio de la Producción,
Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Minis-
terio de la Producción; y, en uso de las atribuciones confe-
ridas por el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº
002-2002-PRODUCE - Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de la Producción;
Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Oficializar el "Quinto Curso Nacional sobre
Armado y Operatividad de Espineles", que se realiza en la
ciudad de Paita, departamento de Piura, del 17 de febrero
al 19 de marzo del 2003, en la sede del Centro de Entrena-
miento Pesquero de Paita (CEP-PAITA).
Artículo 2º.- Los gastos que demande la realización
del mencionado evento, serán cubiertos con cargo a los
fondos del Acuerdo suscrito entre la Agencia de Coopera-
ción Internacional del Japón (JICA) y el Centro de Entrena-
miento Pesquero de Paita (CEP-PAITA), no significando
gasto alguno al Presupuesto del Ministerio de la Produc-
ción.
Artículo 3º.- Agradecer a la Agencia de Cooperación
Internacional del Japón (JICA) por su valioso aporte al
desarrollo de la pesca en el Perú.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ
Ministro de la Producción
04595
SALUD
Oficializan creación del Banco de Ayu-
das Biomecánicas y Audífonos "José
Carlos Mariátegui" en el Instituto Na-
cional de Rehabilitación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 240-2003-SA/DM
Lima, 5 de marzo del 2003
Visto el Oficio Nº 125-DG-INR-2003 del Instituto Nacio-
nal de Rehabilitación;
CONSIDERANDO:
Que, en aplicación de la Ley Nº 27657 - Ley del Minis-
terio de Salud y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 013-2002-SA, el Ministerio de Salud es el ente
rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la
intervención del Sistema Coordinado y Descentralizado de
Salud con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona
humana, a través de la promoción, protección, recupera-
ción y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un
entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fun-
damentales de la persona, desde su concepción hasta su
muerte natural;
Que, el artículo 18.1 de la Ley Nº 27050 - Ley General
de la Persona con Discapacidad, señala que las prótesis,
aparatos ortopédicos, medicinas, drogas y toda ayuda com-
pensatoria para la rehabilitación física de las personas con
discapacidad, serán proporcionados por los servicios de
medicina física del Ministerio de Salud, con el apoyo y
coordinación del Consejo Nacional de Integración de la
Persona con Discapacidad - CONADIS;
Que, en el Instituto Nacional de Rehabilitación viene
funcionando desde 1980 un Banco de Ayudas Biomecáni-
cas y un Banco de Audífonos, con la finalidad de brindar
apoyo a las personas que requieren de dichas ayudas
para su rehabilitación integral;
Que, el Banco de Ayudas Biomecánicas cuenta con un
Comité de Administración de Sillas de Ruedas y Otras Ayu-
das Biomecánicas que viene trabajando en la gestión de
los recursos con que cuenta el mencionado Banco, en
tanto el Banco de Audífonos cuenta para su gestión, con
un Comité de Administración;
Que, el mencionado Banco de Audífonos se encarga
de la administración de los audífonos adquiridos con recur-
sos del Instituto, así como de la coordinación de donacio-
nes de audífonos, lo que se produce directamente entre
donante y donatario;
Que, resulta conveniente oficializar la creación y unifi-
cación de los mencionados Bancos, a fin de garantizar su
óptimo funcionamiento en beneficio de la persona con dis-
capacidad;
Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso-
ría Jurídica;
De conformidad con lo previsto en el artículo 8º literal I)
de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Oficializar la creación del Banco de Ayu-
das Biomecánicas y Audífonos "José Carlos Mariátegui"
en el Instituto Nacional de Rehabilitación del Ministerio de
Salud.
Artículo 2º.- Encargar al mencionado Banco la adminis-
tración de las ayudas biomecánicas y audífonos prove-
nientes de donaciones y adquiridos con fondos del Institu-
to Nacional de Rehabilitación, debiendo velar por su co-
rrecta utilización.
Artículo 3º.- Conformar, dentro del plazo de quince
días de publicada la presente Resolución, una Comisión
para la evaluación de la labor que vienen llevando a cabo
el Comité de Administración de Sillas de Ruedas y Otras
Ayudas Biomecánicas y el Comité de Administración del
Banco de Audífonos del Instituto Nacional de Rehabilita-
ción, así como para la revisión y perfeccionamiento de las
normas y reglamentos con las que opera. Dicha Comisión
estará integrada por:
- Un representante de la Alta Dirección del Ministerio de
Salud.
- El representante del Ministerio de Salud ante el Con-
sejo Nacional de Integración de la Persona con Discapaci-
dad - CONADIS, o la persona que éste designe.
- Un representante del Comité de Administración de
Sillas de Ruedas y Otras Ayudas Biomecánicas.
- Un representante del Comité de Administración del
Banco de Audífonos.
La Comisión cuenta con un plazo de sesenta días con-
tados a partir de su instalación, para la elaboración de las
directivas necesarias para el funcionamiento adecuado del
Banco.
Artículo 4º.- Disponer que por Resolución del Direc-
tor General del Instituto Nacional de Rehabilitación y a
recomendación de la Comisión, se establecerá el órga-
no encargado de la gestión del Banco de Ayudas
Biomecánicas y Audífonos "José Carlos Mariátegui" y
su composición.

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