77 017-2004-GR.PASCO/PRES 018-2004-GR.PASCO/PRES - Declaran nulidad de procesos de adjudicación directa selectiva convocados para la construcción de puentes carrozables Villar y Bella Esperanza

Fecha de disposición22 Enero 2004
Fecha de publicación22 Enero 2004
Pág. 260272
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 22 de enero de 2004
rios asignados y los bosques locales. Esta información será
proporcionada en el plazo máximo de 60 días.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Reglamento de la Presente Ordenanza
La Presidencia del Gobierno Regional aprobará en el
plazo de 60 días el reglamento del Sistema de Información
regional, a propuesta de la Gerencia de Recursos Natura-
les y Medio Ambiente y dictará las medidas que sean ne-
cesarias para la aplicación de la presente ordenanza.
Segunda.- Informes a la Comisión Ad hoc
La Gerencia de Recursos Naturales y Medio Ambiente
informará a la "Comisión Ad hoc para Concesiones Fores-
tales con Fines Maderables, que ha convocado al Concur-
so Público Nº 004-2003 INRENA; las áreas de bosques ya
asignadas o solicitadas por las Comunidades, poblaciones
rurales y centros poblados.
Tercera.- Asesoría a los Municipios Distritales
La Gerencia de Recursos Naturales y Medio Ambiente
asesorará a de Municipios Distritales de la Región Loreto a
identificar los poblados rurales y centros poblados, así como
a formalizar a su favor, áreas destinadas a Bosques Loca-
les. La Resolución de Alcaldía que apruebe la identificación
de áreas propuestas como bosques locales por los intere-
sados; debe incluir un croquis o plano de ubicación de los
mismos, con el mayor número de referencias topográficas.
Las Municipalidades distritales que promuevan acciones diri-
gidas a formalizar, en el más breve plazo posible, los Bosques
Locales de su jurisdicción contarán con el apoyo de la Gerencia
de Recursos Naturales y Medio Ambiente.
Cuarta.- Encargo a la Presidencia Gestiones con el
Ministerio de Agricultura
Encárguese a la Presidencia que realice las gestiones
con el Ministerio de Agricultura a fin de viabilizar la presen-
te ordenanza.
POR TANTO:
De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902,
concordande con el inciso o) del Artículo 12º del Reglamento de
Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto.
Promúlguese y publíquese.
ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI
Presidente
01232
GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Declaran nulidad de procesos de adjudi-
cación directa selectiva convocados
para la construcción de puentes
carrozables Villar y Bella Esperanza
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 017-2004-GR.PASCO/PRES
Cerro de Pasco, 9 de enero de 2004
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE PASCO
VISTO:
El Informe Nº 003-2004-G.R.PASCO/CEPAD de fecha
5 de enero de 2004;
CONSIDERANDO:
Nº 27867, se establece y norma la estructura, organiza-
ción, competencias y funciones de los gobiernos regiona-
les. Define la organización democrática, descentralizada y
desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Cons-
Que, con el informe del Visto y los contenidos en el
mismo, el Presidente del Comité Especial para la Adjudi-
cación Directa Selectiva Nº 014-2003-G.R.PASCO, hace
de conocimiento que se ha cumplido con el Cronograma
establecido para la Primera Convocatoria, así mismo hace
conocer que no se cumplió este Procedimiento con lo que
la Norma establece, la Ley de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado y su Reglamento;
Que, habiendo el CONSORCIO SÁNCHEZ MOYA - AQUA-
TEAM INGENIEROS SAC., presentado su carta sin número de
fecha 22 de diciembre el Recurso de Apelación, sin embargo el
Comité Especial de Adjudicación y Otorgamiento de la Buena
Pro correspondiente a los Estudios Definitivos: "CONSTRUC-
CIÓN PUENTE CARROZABLE BELLA ESPERANZA, PUEN-
TE CARROZABLE QUIRISHARI, CONSTRUCCIÓN PUENTE
CARROZABLE VILLAR", del ejercicio fiscal 2003. El Comité Es-
pecial debió haber declarado desierta la Licitación Pública en apli-
cación al Art. 32º del D.S. Nº 013-2001-PCM, ya que sólo se dio
una sola oferta válida, acto administrativo que no lo canalizó y
que el Comité declara que esta Licitación Pública no se ha obser-
vado las normas legales pertinentes, y en consecuencia deviene
en nulo;
Que, tal como lo dispone el Art. 26º del Reglamento de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 013-2001-
PCM que establece que el Titular del pliego o la máxima autori-
dad administrativa de la Entidad, según corresponda, podrá de-
clarar de oficio la nulidad del proceso de selección por causales
que contravengan la Norma del Texto Único Ordenado de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
Que, el marco legal vigente sobre Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado, Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisi-
ciones y Contrataciones del Estado Nº 012-2001-PCM, y su Re-
glamento D.S. Nº 013-2001-PCM, mediante la cual permite de-
clarar la nulidad de oficio del Procedimiento de Adjudicación Di-
recta Selectiva, para los Estudios Definitivos "CONSTRUCCIÓN
PUENTE CARROZABLE VILLAR", ya que a la fecha existe la
necesidad urgente de adjudicación;
Con las visaciones respectivas y en uso de las atribu-
ciones conferidas mediante Ley Nº 27867 y demás nor-
mas vigentes;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO,
DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA
Nº 014-2003-G.R.PASCO, correspondiente al Estudio Definiti-
vo "CONSTRUCCIÓN PUENTE CARROZABLE VILLAR", por
los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a un nuevo Proceso
a la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 014-2003-
G.R.PASCO, para la adjudicación de los Estudios Definiti-
vos "CONSTRUCCIÓN PUENTE CARROZABLE VILLAR",
debiéndose publicar la presente en el Diario Oficial El Pe-
ruano, dentro de los (5) cinco días siguientes a su expedi-
ción, bajo responsabilidad.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a
los organismos competentes del Gobierno Regional Pas-
co, al PROMPYME, CONSUCODE.
Regístrese, comuníquese y archívese.
VÍCTOR R. ESPINOZA SOTO
Presidente
01203
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 018-2004-GR.PASCO/PRES
Cerro de Pasco, 9 de enero de 2004
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE PASCO
VISTO:
El Informe Nº 002-2004-G.R.PASCO/CEPAD de fecha
5 de enero de 2004;
CONSIDERANDO:
Nº 27867, se establece y norma la estructura, organiza-
ción, competencias y funciones de los gobiernos regiona-
les. Define la organización democrática, descentralizada y
desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Cons-
Que, con el informe del Visto y los contenidos en el
mismo, el Presidente del Comité Especial para la Adjudi-
cación Directa Pública Nº 013-2003-G.R.PASCO, hace de
conocimiento que se ha cumplido con el Cronograma esta-
blecido para la Primera Convocatoria, así mismo hace co-
nocer que no se ha cumplido este Procedimiento con lo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR