1007 472-2003-SUNARP/SN - Disponen iniciar Proyecto Piloto del Registro de Predios en la Zona Registral N° V - Sede Trujillo

Fecha de disposición01 Octubre 2003
Fecha de publicación01 Octubre 2003
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 1 de octubre de 2003 Pág. 252315
Que, en consecuencia, en el presente caso al
producirse una situación enmarcada en los términos
establecidos en el inciso f) del Artículo 19º del Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre-
mo Nº013-2001-PCM, resulta procedente autorizar
la contratación del referido Servicio de Soporte Téc-
nico Oracle, mediante el proceso de Menor Cuantía,
de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º de
la norma acotada, y según el procedimiento que de-
terminan los Artículos 105º y 116º de su Reglamento;
Que, mediante el Informe Nº 143-2003-GL.AL.24/ONP
la Gerencia Legal, considera que resulta procedente la
exoneración de Concurso Público para contratar el Ser-
vicio de Soporte Técnico Oracle, en virtud que ésta se
encuentra enmarcada dentro de las disposiciones esta-
blecidas en las normas sobre Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-
2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Su-
premo Nº 013-2001-PCM y en uso de las facultades
conferidas por la Resolución Ministerial Nº 457-2003-
EF/10;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la exoneración del
Proceso de Concurso Público, al haberse configura-
do la causal a que se refiere el inciso f) del Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado, para contratar el Servicio de
Soporte Técnico Oracle, por los fundamentos ex-
puestos en la parte considerativa de la presente Re-
solución.
Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi-
nistración a contratar el Servicio de Soporte Técnico
Oracle, mediante el proceso de menor cuantía, cuyo
valor referencial es de US$ 181,298.29 (Ciento Ochenta
y Un Mil Doscientos Noventa y Ocho y 29/100 Dólares
Americanos), por el período de doce (12) meses, afectán-
dose a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directa-
mente Recaudados.
Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Admi-
nistración remita copia de la presente Resolución y de
los informes que sustentan esta exoneración, a la Con-
traloría General de la República, dentro de los diez días
calendario siguientes a la fecha de su aprobación, con-
forme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
JAVIER BERNARDO PENNY PESTANA
Jefe (e)
17956
OSINERG
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSIÓN EN ENERGÍA
OSINERG Nº 155-2003-OS/CD
Por Oficio Nº 281-2003-OSINERG-GART, el
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución
OSINERG Nº 155-2003-OS/CD, publicada en nues-
tra edición del día 25 de setiembre del año 2003, en
la página 251954.
En el punto 2.5.2 ANÁLISIS DEL OSINERG
DICE:
Informe OSINERG-GART-AL-2003-125
DEBE DECIR:
Informe OSINERG-GART-AL-2003-127
18017
SUNARP
Disponen iniciar Proyecto Piloto del
Registro de Predios en la Zona Regis-
tral Nº V - Sede Trujillo
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 472-2003-SUNARP/SN
Lima, 29 de setiembre de 2003
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27755, publicada el 15 de junio del
2002, se crea el Registro de Predios a cargo de la Superin-
tendencia Nacional de los Registros Públicos, el cual estará
integrado por el Registro de Propiedad Inmueble, el Registro
Predial Urbano y la Sección Especial de Predios Rurales;
Que, habiéndose incorporado el Registro Predial Urbano
como Órgano Desconcentrado de Competencia Nacional
de la SUNARP se cumplió con la primera etapa del proceso
de integración, correspondiendo en la segunda etapa de
este proceso, la integración del Registro Predial Urbano, el
Registro de Propiedad Inmueble y Sección Especial de Pre-
dios Rurales al Registro de Predios a cargo de las Oficinas
Registrales de la SUNARP, para lo cual, mediante Resolu-
ción del Superintendente Nacional Nº 255-2002-SUNARP/
SN de fecha 21 de junio del 2002, se constituyó la Comisión
para el funcionamiento del Registro de Predios, en cumpli-
miento de lo dispuesto en el artículo 13º de la Ley Nº 27755;
Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional
Nº 304-2002-SUNARP/SN de fecha 31 de julio del 2002 se
constituyeron Subcomisiones de apoyo a la Comisión Prin-
cipal, en materia Normativa, Informática, Catastro y de Plan
Piloto, con la finalidad de que coadyuven a la puesta en
marcha del Registro de Predios; actuando la Gerencia Ge-
neral de la SUNARP como Secretaría Técnica de coor-
dinación entre las indicadas Subcomisiones;
Que, para la ejecución del proceso de integración se
ha dispuesto la preparación y ejecución de un Plan Piloto
del Registro de Predios, el mismo que funcionará en las
Zona Registral Nº V - Sede Trujillo, Zona Registral Nº XI
- Sede Ica y Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa;
Que, de acuerdo al Informe Nº 006-2003-SUNARP-AGG/
GG, emitido por la Secretaría Técnica a cargo del Gerente
General de la Sede Central de la SUNARP, se han cumplido
las etapas previas necesarias para dar inicio a la ejecución
del Proyecto Piloto, el cual debe iniciarse el día 1º de octubre
del 2003 en la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo, en el que se
efectuarán las actividades necesarias para la puesta en
marcha del Registro de Predios;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la
Ley Nº 27755 y en uso de las facultades previstas en el
inciso w) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado
por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Disponer el Inicio del Proyecto Pilo-
to del Registro de Predios, a partir del 1º de octubre del
2003, en la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GAMARRA UGAZ
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
17972

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