RESOLUCION MINISTERIAL N° 559-2014-MTC/02 - Definen al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL como Entidad Pública Tipo B sólo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición22 de Agosto de 2014
El Peruano
Viernes 22 de agosto de 2014
530568
el artículo 5 de la Ley Nº 30191 a favor del pliego
012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación
de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” hasta por la
suma de Tres Millones Quinientos Sesenta y Siete Mil
Doscientos Cincuenta y Siete con 00/100 nuevos soles
(S/ 3 567 257,00), a f‌i n que sean destinados a nueve
(09) proyectos de inversión pública de prevención,
mitigación y adecuada preparación para la respuesta
ante situaciones de desastre, según relación de
proyectos de inversión pública y montos detallados en
el Anexo que forma parte del referido dispositivo;
Que, en ese contexto, con Memorando Nº 137-
2014/TP/DE/UGPYTOS-UATEP e Informe Nº 111-
2014-TP/DE/UGPYTOS-UATEP, la Unidad de
Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de
la Unidad Gerencial de Proyectos, informa que los
organismos proponentes de los nuevos (09) proyectos
priorizados, comprendidas en el Decreto Supremo Nº
209-2014-EF, confirmaron su participación; asimismo,
informa que como resultado de la evaluación de los
expedientes técnicos declarados conformes, se
determina que el costo total del aporte del Programa
de los (09) proyectos priorizados asciende a la suma
total de S/. 3 521 845.81 (Tres Millones Quinientos
Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 81/100
Nuevos Soles), por lo que solicita se otorgue la
Certificación de Crédito Presupuestario para los nueve
(09) proyectos priorizados consignados en el cuadro
consolidado denominado “Relación de Proyectos de
la Acción de Contingencia AC-67”, y la emisión de la
resolución ministerial que autorice las transferencias
financieras del Aporte del Programa a favor de los
organismos ejecutores públicos;
Que, a través del Memorando Nº 429-2014-TP/DE/
UGPPME-UPP, la Unidad de Planif‌i cación y Presupuesto
de la Unidad Gerencial de Planif‌i cación, Presupuesto,
Monitoreo y Evaluación, otorga la Certif‌i cación de Crédito
Presupuestario - CCP Nº 308 por la suma total de S/. 3 521
845.81 (Tres Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos
Cuarenta y Cinco con 81/100 nuevos soles), la misma
que corresponde a los nueve (09) proyectos de inversión
pública def‌i nitivos de la Acción de Contingencia AC-67, en
Que, asimismo, mediante Informe Nº 368-2014-
TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría
Legal, concluye por la procedencia que se apruebe
la transferencia f‌i nanciera por S/. 3 521 845.81 (Tres
Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta
y Cinco con 81/100 nuevos soles) para nueve (09)
convenios priorizados en el marco de la Acción de
Contingencia AC-67;
Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del
Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva,
de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad
Gerencial de Planif‌i cación, Presupuesto, Monitoreo y
Evaluación del Programa para la Generación de Empleo
Social Inclusivo “Trabaja Perú” y de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral
8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto
Supremo Nº 004-2014-TR; y, el literal a) del numeral 12.1
del artículo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 30191,
Ley que establece medidas para la prevención, mitigación
y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones
de desastre; y, el Decreto Supremo Nº 209-2014-EF, que
aprueba el cambio de destino de los recursos autorizados
por el artículo 5º de la Ley Nº 30191 a favor del Programa
“Trabaja Perú” del pliego 012: Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia f‌i nanciera del
Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo
“Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del
sector público para el pago del Aporte Total del Programa
de nueve (09) convenios en el marco de la Acción de
Contingencia AC-67, por la suma total de S/. 3 521 845.81
(Tres Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos
Cuarenta y Cinco con 81/100 Nuevos Soles), conforme
al Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se ref‌i ere
el artículo precedente se publique en la página web del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.
trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la
presente Resolución Ministerial en el Diario Of‌i cial El
Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe
de la Of‌i cina General de Estadística y Tecnologías de la
Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1126658-2
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Definen al Proyecto Especial de
Infraestructura de Transporte Nacional
- PROVÍAS NACIONAL como Entidad
Pública Tipo B sólo para efectos del
Sistema Administrativo de Gestión de
Recursos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 559-2014-MTC/02
Lima, 12 de agosto de 2014
VISTO, el Memorándum N° 1596-2014-MTC/09.05
de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el
Memorándum N° 1528-2014-MTC/20 de la Dirección
Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de
Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio
Civil, se ha establecido un régimen único y exclusivo
para las personas que prestan servicios en las entidades
públicas del Estado, así como para aquellas personas
que están encargadas de su gestión, del ejercicio de
sus potestades y de la prestación de servicios a cargo
de estas;
Que, la Primera Disposición Complementaria
Transitoria de la Ley N° 30057 ha establecido que
la implementación del régimen previsto en dicha Ley
se realiza progresivamente, y concluye en un plazo
máximo de seis (6) años, conforme a las reglas de
gradualidad que establecen las normas reglamentarias,
en el marco de la programación de las leyes anuales
de presupuesto. La implementación del régimen
previsto en esta Ley se realiza por entidades públicas,
a partir de criterios de composición de los regímenes
al interior de las entidades, naturaleza de las funciones
de la entidad, nivel de gobierno, presupuesto y las
prioridades del Estado. La Presidencia Ejecutiva de
Servir emite una resolución de “inicio de proceso de
implementación” y otra de “culminación del proceso
de implementación” del nuevo régimen en una entidad
pública. Corresponde también a la Presidencia
Ejecutiva de Servir declarar la culminación del proceso
de implementación del Régimen de la Ley del Servicio
Civil en el sector público;
Que, asimismo, la Tercera Disposición
Complementaria Transitoria de la misma Ley, ha

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