07 078-2001-ITINCI - Constituyen la Comisión Multisectorial de Prospectiva Tecnológica Industrial

Fecha de publicación06 Marzo 2001
Fecha de disposición06 Marzo 2001
Pág. 199571
NORMAS LEGALES
Lima, martes 6 de marzo de 2001
Derivado del Sector 3: Si I4 es :Sector 3
Si I4 es > 110 :Sector 4
Derivado del Sector 4: Si I4 es > 110 :Sector 4
Si I4 es :Sector 3
Artículo 4º.- Los Factores de Ponderación a emplearse
para el cálculo de los Valores Agregados de Distribución
para cada concesión durante el período noviembre 2001-
octubre 2005 serán las ventas de energía de cada sistema
eléctrico en MT y BT, según corresponda, durante el
período anual inmediato anterior a la fecha de aplicación.
Artículo 5º.- La Comisión de Tarifas de Energía clasi-
ficará a cada uno de los sistemas eléctricos de acuerdo a lo
dispuesto en el Artículo 3º y calculará los factores de
ponderación a que se refiere el artículo anterior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO LEÓN MARTÍNEZ
Director General
Dirección General de Electricidad
19401
MITINCI
Constituyen la Comisión Multisecto-
rial de Prospectiva Tecnológica In-
dustrial RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 078-2001-ITINCI
Lima, 3 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los Artículos 14º y 59º de la
Constitución Política del Perú, es deber del Estado orientar
el desarrollo del país, estimular la creación de riqueza y
promover el desarrollo científico y tecnológico del país;
Que, es rol del Estado propiciar un ambiente favorable
para la inserción de la economía nacional en la dinámica de
los cambios tecnológicos que se suscitan en el mundo;
Que, la experiencia internacional demuestra que los
ejercicios de prospectiva tecnológica constituyen un impor-
tante instrumento de análisis de escenarios futuros, con la
finalidad de diseñar la política de innovación tecnológica,
como parte fundamental de una política nacional de com-
petitividad industrial;
Que, la Organización de las Naciones Unida para el Desa-
rrollo Industrial (ONUDI) ha establecido un Programa Regio-
nal de Prospectiva Tecnológica en la Industria para América
Latina y el Caribe, con el objetivo de promover el desarrollo de
estudios sistemáticos de evaluación del desarrollo científico y
tecnológico, en su relación con la generación de competitivida-
des industriales, la creación de riqueza y la mejora de la calidad
de vida, en coordinación con otros sectores;
Que, es de interés nacional insertarse en dicho Progra-
ma Regional con el objeto de intercambiar experiencias y
reforzar la integración con el resto de América Latina;
Que, a solicitud del Ministerio de Industria, Turismo,
Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales,
ONUDI ha aceptado la incorporación del Perú al Programa
antes mencionado;
Que, la implementación de un Programa Nacional de
Prospectiva Tecnológica Industrial requiere de una amplia
participación de los Sectores Público, Privado y Académi-
co, para la realización de los estudios respectivos y la
propuesta de políticas para el desarrollo tecnológico que de
ellos se desprendan;
Que, en consecuencia, es necesario crear los mecanis-
mos de coordinación intersectorial para consolidar la inno-
vación tecnológica en las distintas cadenas productivas;
De conformidad con el Artículo 5º del Decreto Ley Nº
21292 y con el Decreto Legislativo Nº 560, "Ley del Poder
Ejecutivo";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Constituir la Comisión Multisectorial de
Prospectiva Tecnológica Industrial como órgano respon-
sable de coordinar y dirigir el desarrollo del Programa
Nacional de Prospectiva Tecnológica Industrial, en el mar-
co del Programa Regional de Prospectiva Tecnológica para
América Latina y el Caribe de la Organización de las
Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI).
Artículo 2º.- La Comisión Multisectorial de Prospecti-
va Tecnológica Industrial estará conformada por:
- Un representante del Ministerio de Industria, Turis-
mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio-
nales, quien la presidirá.
- Un representante del Ministerio de Relaciones Exte-
riores.
- Un representante del Ministerio de Agricultura.
- Un representante del Ministerio de Transportes, Co-
municaciones, Vivienda y Construcción.
- Un representante del Ministerio de Energía y Minas.
- Un representante del Ministerio de Pesquería.
- Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y
Tecnología.
- Un representante de las Universidades Públicas.
- Un representante de las Universidades Privadas.
- Dos representantes del Sector Privado designados por
CONFIEP.
El Viceministerio de Industria tendrá a su cargo la
Secretaría Técnica de la Comisión.
Artículo 3º.- La Comisión Multisectorial de Prospecti-
va Tecnológica Industrial podrá invitar a otros represen-
tantes del sector público o privado a que la integren, o le
presten apoyo.
Artículo 4º.- Las instituciones señaladas en el Artículo
2º acreditarán a sus representantes titular y alterno dentro
de los quince días de publicada la presente Resolución
Suprema.
Tratándose de los representantes titulares y alternos
de las Universidades, los mismos serán designados por la
Asamblea Nacional de Rectores.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por
los Ministros de Educación y de Industria, Turismo, Inte-
gración y Negociaciones Comerciales Internacionales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIAL RUBIO CORREA
Ministro de Educación
JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
19449
PROMUDEH
Aceptan renuncia de asesora del
Despacho Viceministerial
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 050-2001-PROMUDEH
Lima, 5 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Suprema Nº 064-99-PRO-
MUDEH de fecha 19 de mayo de 1999, se designó a la
señora Dora Olivera Salmón como Asesora del Despacho
Viceministerial, Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano -
PROMUDEH;
Que la mencionada funcionaria ha formulado renuncia
al cargo que venía desempeñando;
De conformidad con lo dispuesto ene l Decreto Ley Nº
25515, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder
Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por De-
creto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-
PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 004-99-
PROMUDEH;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia
formulada por la señora DORA OLIVERA SALMON, al
cargo de Asesora del Despacho Viceministerial, Nivel Re-

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