RESOLUCION N° 1949-2014 - Autorizan a la Financiera Proempresa S.A. el cierre de oficina bajo la modalidad de local compartido y apertura de oficina especial, ubicadas en el departamento de Arequipa

Fecha de disposición10 Abril 2014
Fecha de publicación10 Abril 2014
El Peruano
Jueves 10 de abril de 2014 520767
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN
DE INSTITUCIONES PREVISIONALES Y DE
SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO
PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y
REASEGUROS S.A., para que se le autorice el cierre de
dos (02) of‌i cinas especiales f‌i jas permanentes, ubicadas en
la provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución SBS N° 9530-2012 de
fecha 27 de diciembre de 2012, se autorizó a la Compañía
la apertura de of‌i cinas especiales ubicadas en las
siguientes direcciones: i) Calle La Habana N° 194, pisos
4 y 5, distrito de San Isidro, provincia y departamento de
Lima; y ii) Calle Canevaro N° 245, Manzana D2, Lote 8,
Zona B, distrito de San Juan de Miraf‌l ores, provincia y
departamento de Lima;
Que, en aplicación de los numerales 5.1 y 8.1 del
Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de
of‌i cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos
y cajeros corresponsales, aprobado por la Resolución SBS
N° 6285-2013 de fecha 18 de octubre de 2013, la empresa
solicitante ha cumplido con presentar la documentación
correspondiente para el cierre de las citadas of‌i cinas
especiales f‌i jas permanentes;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión de Seguros “B”; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de
la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros y sus modif‌i catorias, la Resolución SBS
N° 6285-2013; y, en virtud de la facultad delegada mediante
Resolución SBS N° 842-2012 del 27 de enero de 2012;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a EL PACÍFICO PERUANO
SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.,
el cierre de dos (02) of‌i cinas especiales f‌i jas permanentes
ubicadas en las siguientes direcciones:
i. Calle La Habana N° 194, pisos 4 y 5, distrito de San
Isidro, provincia y departamento de Lima,
ii. Calle Canevaro N° 245, Manzana D2, Lote 8, Zona B,
distrito de San Juan de Miraf‌l ores, provincia y departamento
de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS IZAGUIRRE CASTRO
Intendente General de Supervisión de
Instituciones Previsionales y de Seguros
1071922-1
Autorizan a la Financiera Proempresa
S.A. el cierre de oficina bajo la
modalidad de local compartido y
apertura de oficina especial, ubicadas
en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 1949-2014
Lima, 1 de abril de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Financiera Proempresa
S.A.. para que esta Superintendencia autorice el cierre
de una (1) Of‌i cina bajo la modalidad de Local Compartido
con el Banco de la Nación y la apertura de una (1) Of‌i cina
Especial en el departamento de Arequipa; y,
CONSIDERANDO:
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar
la documentación correspondiente para el cierre de una
(1) Of‌i cina bajo la modalidad de Local Compartido con
el Banco de la Nación y la apertura de una (1) Of‌i cina
Especial, conforme lo establecen los Procedimientos 11º
y 14º del Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) actualmente vigente;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
30º y 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros – Ley Nº 26702, por la resolución SBS
Nº 6285-2013 y en virtud de las facultades delegadas por
Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de
2009;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Financiera
Proempresa S.A. el cierre de una (1) Of‌i cina bajo la
modalidad del Local Compartido con el Banco de la
Nación ubicada en la esquina Av. Buenaventura y Av.
Brasil S/N, distrito de Orcopampa, provincia de Castilla,
departamento de Arequipa.
Artículo Segundo.- Autorizar a la Financiera
Proempresa S.A. la apertura de una (1) Of‌i cina Especial
ubicada en Av. Buenaventura Nº 412, Cercado, distrito
de Orcopampa,, provincia de Castilla , departamento de
Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microf‌i nanzas
1071487-1
Autorizan la inscripción de persona
jurídica en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1952-2014
Lima, 1 de abril de 2014
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Ricardo Domingo
Puccio Sala para que se autorice la inscripción de la empresa
HOWDEN INSURANCE BROKERS LIMITED en el Registro
de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección I: De los
Corredores de Reaseguros B: Extranjeros; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Reglamento del Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por
Resolución S.B.S. Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero
de 2011, se estableció los requisitos formales para la
inscripción de los Corredores de Reaseguros en el citado
Registro;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
exigidos por la referida norma administrativa;
Que, la Comisión Evaluadora Interna de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación
Interna de Expediente Nº 03-2014-CEI celebrada el 03 de
marzo de 2014, en concordancia con lo dispuesto en el
artículo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros, ha calif‌i cado y aprobado la
inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702 y sus modif‌i catorias; en virtud de la facultad
delegada por la Resolución S.B.S. Nº 2348-2013 del 12 de
abril de 2013.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el
Registro de Intermediarios y auxiliares de Seguros, Sección
I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros a la
empresa HOWDEN INSURANCE BROKERS LIMITED,
con matrícula Nº C.RE-061.

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