LEY N° 30076 - Ley que modifica el Código Penal, Código Procesal Penal, Código de Ejecución Penal y el Código de los Niños y Adolescentes y crea Registros y Protocolos con la finalidad de combatir la inseguridad ciudadana

Fecha de disposición19 Agosto 2013
Fecha de publicación19 Agosto 2013
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ley N° 30076.- Ley que modif‌i ca el Código Penal, Código
Procesal Penal, Código de Ejecución Penal y el Código de
los Niños y Adolescentes y crea Registros y Protocolos con
la f‌i nalidad de combatir la inseguridad ciudadana 501380
PODER EJECUTIVO
PRODUCE
R.M. N° 259-2013-PRODUCE.- Designan representante de la
Ministra de la Producción ante el Grupo de Trabajo Multisectorial
creado por R.S. N° 004-2013-PRODUCE 501393
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. N° 482-2013-MTC/03.- Otorgan concesión única a
Cable Mundo Amotape M&K S.A.C. para prestar servicios
públicos de telecomunicaciones en todo el territorio
nacional 501393
R.M. N° 486-2013-MTC/01.- Autorizan viaje del
Viceministro de Transportes y de profesionales a Brasil,
en comisión de servicios 501394
R.M. N° 487-2013-MTC/03.- Otorgan concesión única a
PRIMETIME TELEVISIÓN E.I.R.L. para prestar servicio público
de telecomunicaciones en todo el territorio nacional 501397
ORGANISMOS EJECUTORES
AGENCIA DE PROMOCION DE
LA INVERSION PRIVADA
Res. N° 149-2013.- Autorizan ampliación de plazo de
comisión de servicios de funcionario de PROINVERSIÓN
a que se ref‌i ere la Resolución de la Dirección Ejecutiva
N° 094-2013 501398
PODER
JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 651-2013-P-CSJLIMASUR/PJ.- Designan
Juez Supernumerario del Juzgado Mixto Transitorio de
Villa El Salvador, Corte Superior de Justicia de Lima Sur
501399
Res. Adm. N° 652-2013-P-CSJLIMASUR/PJ.- Encargan
el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de Lima Sur 501400
ORGANOS
AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 4782-2013.- Autorizan a Financiera Edyf‌i car
S.A. la apertura de agencia y of‌i cinas especiales en los
departamentos de Lima, Ica y La Libertad 501400
GOBIERNOS
LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
D.A. N° 006-2013/MM.- Aprueban modif‌i cación del TUPA
de la Municipalidad 501401
Sumario
Año XXX - Nº 12559 501379
AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Lunes 19 de agosto de 2013
El Peruano
Lunes 19 de agosto de 2013
501380
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30076
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República;
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, CÓDIGO
PROCESAL PENAL, CÓDIGO DE EJECUCIÓN
PENAL Y EL CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y
ADOLESCENTES Y CREA REGISTROS
Y PROTOCOLOS CON LA FINALIDAD DE
COMBATIR LA INSEGURIDAD CIUDADANA
Artículo 1. Modif‌i cación de diversos artículos del
Modifícanse los artículos 22, 36, 38, 45, 46, 46-B, 46-
C, 57, 58, 62, 64, 69, 70, 102, 170, 173, 186, 189, 194,
195, 200, 202, 204, 205, 279, 279-C, 317-A y 440 del
Código Penal, en los siguientes términos:
Artículo 22. Responsabilidad restringida por la
edad
Podrá reducirse prudencialmente la pena señalada
para el hecho punible cometido cuando el agente
tenga más de dieciocho y menos de veintiún años o
más de sesenta y cinco años al momento de realizar la
infracción, salvo que haya incurrido en forma reiterada
en los delitos previstos en los artículos 111, tercer
párrafo, y 124, cuarto párrafo.
Está excluido el agente integrante de una organización
criminal o que haya incurrido en delito de violación
de la libertad sexual, homicidio calif‌i cado, homicidio
calif‌i cado por la condición of‌i cial del agente, feminicidio,
extorsión, secuestro, robo agravado, tráf‌i co ilícito de
drogas, terrorismo, terrorismo agravado, apología,
atentado contra la seguridad nacional, traición a la
Patria u otro delito sancionado con pena privativa
de libertad no menor de veinticinco años o cadena
perpetua.
Artículo 36. Inhabilitación
La inhabilitación produce, según disponga la
sentencia:
1. Privación de la función, cargo o comisión que
ejercía el condenado, aunque provenga de
elección popular;
2. Incapacidad o impedimento para obtener
mandato, cargo, empleo o comisión de carácter
público;
3. Suspensión de los derechos políticos que señale
la sentencia;
4. Incapacidad para ejercer por cuenta propia o
por intermedio de tercero profesión, comercio,
arte o industria, que deben especif‌i carse en la
sentencia;
5. Incapacidad para el ejercicio de la patria potestad,
tutela o curatela;
6. Suspensión o cancelación de la autorización
para portar o hacer uso de armas de fuego.
Incapacidad def‌i nitiva para renovar u obtener
licencia o certif‌i cación de autoridad competente
para portar o hacer uso de armas de fuego, en
caso de sentencia por delito doloso o cometido
bajo el inf‌l ujo del alcohol o las drogas.
7. Suspensión, cancelación o incapacidad def‌i nitiva
para obtener autorización para conducir cualquier
tipo de vehículo;
8. Privación de grados militares o policiales, títulos
honoríf‌i cos u otras distinciones que correspondan
al cargo, profesión u of‌i cio del que se hubiese
servido el agente para cometer el delito;
9. Incapacidad def‌i nitiva de las personas condenadas
con sentencia consentida o ejecutoriada por los
delitos de terrorismo tipif‌i cados en el Decreto Ley
25475, por el delito de apología del terrorismo
previsto en el inciso 2 del artículo 316 del Código
Penal, por cualquiera de los delitos de violación
de la libertad sexual tipif‌i cados en el Capítulo
IX del Título IV del Libro Segundo del Código
Penal o por los delitos de tráf‌i co ilícito de drogas
para ingresar o reingresar al servicio docente
o administrativo en instituciones de educación
básica o superior, pública o privada, en el
Ministerio de Educación o en sus organismos
públicos descentralizados o, en general, en todo
órgano dedicado a la educación, capacitación,
formación, resocialización o rehabilitación.
Esta medida se impone obligatoriamente en la
sentencia como pena principal;
10. Privación del derecho a residir en determinados
lugares o acudir a ellos;
11. Prohibición de aproximarse o comunicarse con
la víctima, sus familiares u otras personas que
determine el juez; o,
12. Prohibición de comunicarse con internos o visitar
establecimientos penitenciarios.
Artículo 38. Duración de la inhabilitación principal
La inhabilitación principal se extiende de seis meses a
diez años, salvo los supuestos de incapacidad def‌i nitiva a
que se ref‌i eren los numerales 6, 7 y 9 del artículo 36 del
Artículo 45. Presupuestos para fundamentar y
determinar la pena
El juez, al momento de fundamentar y determinar la
pena, tiene en cuenta:
1. Las carencias sociales que hubiese sufrido
el agente o el abuso de su cargo, posición
económica, formación, poder, of‌i cio, profesión o
función que ocupe en la sociedad;
2. Su cultura y sus costumbres; y,
3. Los intereses de la víctima, de su familia o de las
personas que de ella dependen.
Artículo 46. Circunstancias de atenuación y
agravación
1. Constituyen circunstancias de atenuación,
siempre que no estén previstas específ‌i camente
para sancionar el delito y no sean elementos
constitutivos del hecho punible, las siguientes:
a) La carencia de antecedentes penales;
b) El obrar por móviles nobles o altruistas;
c) El obrar en estado de emoción o de temor
excusables;
d) La inf‌l uencia de apremiantes circunstancias
personales o familiares en la ejecución de la
conducta punible;
e) Procurar voluntariamente, después de
consumado el delito, la disminución de sus
consecuencias;
f) Reparar voluntariamente el daño ocasionado
o las consecuencias derivadas del peligro
generado;
g) Presentarse voluntariamente a las autoridades
después de haber cometido la conducta
punible, para admitir su responsabilidad;
h) La edad del imputado en tanto que ella
hubiere inf‌l uido en la conducta punible.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR