ANEXO D.S. N° 017-2014-SA - Reglamento que regula el Procedimiento Especial de Contratación de Servicios de Salud, Servicios de Albergue incluido la alimentación, cuando corresponda, y compra, dispensación o expendio de medicamentos esenciales de manera complementaria a la oferta pública

Fecha de disposición17 Julio 2014
Fecha de publicación17 Julio 2014
El Peruano
Jueves 17 de julio de 2014 527937
Artículo 3º.- El Instituto del Mar del Perú – IMARPE
efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales
indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del
recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta
blanca (Anchoa nasus) debiendo informar y recomendar
oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas
de ordenamiento pesquero.
Artículo 4º.- El incumplimiento de lo dispuesto en
la presente Resolución Ministerial, será sancionado
conforme al Texto Único Ordenado del Reglamento
de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas,
aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-
PRODUCE.
Artículo 5º.- La Dirección General de Políticas
y Desarrollo Pesquero, la Dirección General de
Extracción y Producción Pesquera para Consumo
Humano Directo, la Dirección General de Extracción y
Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto
y la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del
Ministerio de la Producción, así como las Direcciones
Regionales con competencia pesquera y la Dirección
General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de
Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del
ámbito de sus respectivas competencias, velarán por
el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial y
realizarán las acciones de difusión que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
1111834-1
SALUD
Reglamento que regula el Procedimiento
Especial de Contratación de Servicios
de Salud, Servicios de Albergue incluido
la alimentación, cuando corresponda,
y compra, dispensación o expendio de
medicamentos esenciales de manera
complementaria a la oferta pública
ANEXO - DECRETO SUPREMO
N° 017-2014-SA
(El Decreto Supremo en referencia fue publicado en la
edición del día viernes 11 de julio de 2014, en la página
527502)
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Ámbito de aplicación
1.1 Las disposiciones del presente Reglamento
resultan de aplicación a los procesos de contratación
de servicios de salud que, de manera complementaria
a la oferta pública, celebren el Seguro Integral de Salud
(SIS) y el Seguro Social de Salud (EsSalud) con IPRESS
privadas, así como a las contrataciones de servicios de
albergues incluido alimentación, cuando corresponda, a
través de Centros de Atención Residencial privados.
1.2 Asimismo, para el caso del Seguro Integral de
Salud (SIS) las disposiciones del presente Reglamento
son de obligatorio cumplimiento en la compra,
dispensación o expendio de un conjunto de medicamentos
esenciales (Denominación Común Internacional) de
manera complementaria a la oferta pública a las Of‌i cinas
Farmacéuticas privadas y a aquellas que se encuentren
bajo el mecanismo de Farmacias Inclusivas.
Artículo 2.- Def‌i niciones
2.1 Para la aplicación de lo dispuesto en el presente
Reglamento, deben tenerse en cuenta las siguientes
def‌i niciones:
- Bases: Documento que contiene el conjunto de
reglas en el que se especif‌i can los requerimientos técnicos
mínimos, mecanismos de pago o tarifario, proforma
de contrato, así como los derechos y obligaciones de
las Entidades privadas que actúen en el proceso de
contratación regulado en el presente Reglamento.
- Catálogo de Servicios de Salud: Listado de
prestaciones de salud requeridos por las Entidades
Contratantes.
- Centros de Atención Residencial: Establecimientos
destinados a brindar servicio de albergue al asegurado y/
o su acompañante, de las Entidades Contratantes.
- Comités Especiales de Contratación: Órganos
colegiados integrados por representantes de la Entidad
contratante, que se encargan de la conducción del
proceso de selección hasta su culminación.
- Comités Farmacoterapéuticos: Son instancias
técnicas de carácter permanente y obligatorio que se encargan
de promover la racionalidad del uso de los medicamentos
y están consideradas dentro de la estructura funcional de
los establecimientos de salud públicos a partir del nivel II,
incluyendo a los del Ministerio de Salud, EsSalud, Fuerzas
Armadas, Policía Nacional del Perú, Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales, y sus equivalentes en el sub sector
privado. Dependen directamente de la Dirección General del
establecimiento o su equivalente. Se encuentran regulados
por la NTS N° 086-MINSA/DIGEMID-V.01, aprobada por
Resolución Ministerial N° 829-2010/MINSA.
- Comisión Ad Hoc u otras que hagan sus veces:
Son aquellas que se encargan de los actos preparatorios
señalados en el artículo 4° del presente Reglamento.
- Contrato de Bienes o Servicios: Documento suscrito
por la Entidad contratante y la IPRESS privada, centro de
atención residencial u of‌i cina farmacéutica privada, según
corresponda, que establece las obligaciones de las partes.
También forman parte del contrato las bases, incluyendo
el pliego absolutorio de consultas, la expresión de interés
y otros documentos derivados del proceso de selección
que establezcan obligaciones para las partes y que se
hayan señalado expresamente en el contrato.
- Expediente de Contratación: Conjunto de
documentos que contiene todas las actuaciones referidas
al proceso de contratación bajo el alcance del presente
Reglamento.
- Expresión de Interés: Conjunto de documentos
requeridos en las Bases, presentado por las Entidades
privadas manifestando su voluntad de contratar. La expresión
de interés constituye una oferta que obliga a las IPRESS,
centros de atención residencial y of‌i cinas farmacéuticas
privadas a celebrar el contrato respectivo con la entidad
contratante, en caso de ser declarada elegible.
- Mecanismo de Farmacias Inclusivas: Comprende
a los establecimientos farmacéuticos privados de
dispensación de medicamentos (farmacias o boticas),
a través de los cuales se entregan los medicamentos
para determinadas enfermedades crónicas a favor de los
asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS).
- Mecanismo de Pago: Forma en que los recursos
f‌i nancieros se distribuyen desde el Financiador (IAFAS)
a un proveedor de bienes y servicios. Incluye el pago
por servicios, capitado, paciente mes, reembolso, entre
otros.
- Of‌i cinas Farmacéuticas Privadas: Establecimientos
farmacéuticos del sector privado bajo la responsabilidad o
administración de un químico farmacéutico, en los que se
pueden realizar preparados farmacéuticos, y se dispensan
al consumidor f‌i nal productos farmacéuticos, dispositivos
médicos (con excepción de equipos biomédicos y de
tecnología controlada), y productos sanitarios.
- Prestación de Salud: Actividad o conjunto
de actividades de salud orientadas a la promoción,
prevención, diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación
de determinadas condiciones, enfermedades, patologías
o problemas de salud, que incluyen todos los recursos
necesarios para la provisión de los mismos.
- Requerimiento Técnico Mínimo: Requisitos
mínimos indispensables que deben reunir los bienes y
servicios a contratar.
- Servicios de Albergue: Servicios orientados a
satisfacer las necesidades de alojamiento, incluyendo
la alimentación a los asegurados y a su acompañante,
cuando corresponda.
- Servicios de Salud: Prestación o conjunto de
prestaciones de salud organizadas para dar atención a
las necesidades de salud de una población asegurada.
- Tarifa: Valor unitario por los bienes o servicios a
contratar.

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