Algunos problemas eticos y juridicos de la globalizacion.

AutorMarciani Burgos, Betzab
CargoTemas en debate

Sumario 1. Introducción 2. ¿Qué es la globalización? 3. Los derechos humanos en el contexto de la globalización 3.1. ¿A más globalización, más derechos humanos? 3.2. El debilitamiento del Estado-nación y su influencia en la desprotección de los derechos fundamentales 3.3. El problema de la universalidad de los derechos humanos 3.3.1. Universalidad de los derechos humanos y pluralismo cultural 3.3.2. La ciudadanía como condición de discriminación 4. Perspectivas y propuestas 4.1. ¿Hacía el fin del Estado?: las propuestas del cosmopolitismo jurídico 4.2. Necesidad de una >: instituciones, regulaciones y jurisdicciones vinculantes a nivel global 5. Conclusión 6. Bibliografía 1. Introducción

Cuando se revisan los títulos de la bibliografía existente sobre el tema de la globalización y el Derecho, llama la atención advertir el tono acusador, alarmante, escéptico o, incluso, apocalíptico de algunos de ellos. Con frases que aluden a la >, al > y de su soberanía, que se refieren a la globalización como un >, o que forman parte de estudios sobre > se nos invita, provocadoramente, a replantear la situación real del Derecho y de los derechos en el contexto actual de múltiples y dinámicas relaciones internacionales de índole política, económica, social y cultural, y de vertiginoso desarrollo tecnológico, que se ha venido a denominar globalización.

Hoy que el discurso sobre los derechos humanos se extiende en el ámbito mundial a través de los diversos tratados internacionales suscritos por la mayoría de países del mundo (el caso paradigmático, sin duda, es la Declaración Universal de los Derechos Humanos), y de la creación de organismos y tribunales internacionales para su defensa y promoción. Hoy que existe una toma de conciencia general (de los Gobiernos, de la sociedad civil, del individuo común y corriente) acerca del valor de estos derechos y se adopta abiertamente una actitud proselitista a favor de ellos. Hoy, sin embargo, se pone en cuestión su declarada universalidad, no solo debido a las reacciones relativistas de grupos que anteponen la > a la universalidad (mediante la cual >, supuestamente, pretende uniformar el mundo a partir de sus valores), sino también debido a la propia actuación del > que reconoce y predica dichos derechos. Así, la muy cuestionable actuación de los Estados más desarrollados de Occidente frente a la violencia terrorista o la pobreza mundial (no solo consentida, sino perpetuada por los criterios del --no tan libre-- mercado mundial) demuestra la incongruencia del discurso de los derechos en relación con los hechos. Lo que estaría detrás de dicha incongruencia, entre otras cosas, serían las exigencias impuestas por el modelo de globalización económica que hoy existe. Dicho modelo económico, de corte neoliberal y de libre mercado, se muestra reticente a casi toda regulación que no provenga de los propios agentes del mercado y antepone el aspecto económico sobre cualquier otro (incluidos los propios derecho humanos).

Frente al gran progreso tecnológico y de las comunicaciones que nos brinda la globalización y que indudablemente contribuye a la mejora del nivel de vida de los seres humanos, paradójicamente, hoy se presentan grados de desigualdad nunca antes vistos, así como situaciones de pobreza y subdesarrollo que resultan incompatibles con el actual nivel de desarrollo científico y tecnológico de los países del primer mundo. (1) Con la globalización, surgen también otros problemas que se tornan inconmensurables para los propios países del primer mundo (ni qué decir para los del Tercer Mundo o cuarto mundo). El Estado-nación se muestra incapaz de resolver por sí solo problemas que trascienden sus fronteras, pero que lo afectan internamente, como es el caso del fenómeno de la inmigración masiva, el terrorismo, las mafias internacionales, la pornografía en Internet, la afectación del medio ambiente, etcétera.

En este contexto de problemas globales, se proponen también soluciones globales: procesos de integración, negociaciones multilaterales, propuestas cosmopolitas más o menos ambiciosas, entre otras. A un extremo, aparecen las tesis más radicales que proponen el fin de la soberanía del Estado (y del concepto de ciudadanía) y la creación de una forma de organización política y jurídica de nivel supraestatal, esto es, la creación de un Estado mundial con un Gobierno mundial, una jurisdicción mundial, una policía mundial, un parlamento mundial, etcétera. Del lado opuesto, desde una perspectiva realista, se advierte sobre los peligros de un Estado mundial que concentre todo el poder en sus manos, sin contrapesos que le impidan devenir en un Estado absoluto, y que simplemente sirva para legitimar y fortalecer el actual poder de facto de las superpotencias mundiales, principalmente de los Estados Unidos de América. A partir

de esa crítica se propone, más bien, el mantenimiento del Estado soberano y la necesidad de establecer relaciones de coordinación entre ámbitos regionales, estatales y supraestatales.

  1. ¿Qué es la globalización?

    El concepto de globalización es, en cierto modo, indeterminado y puede referirse a varios supuestos. Luis Prieto señala tres ámbitos que resultan relevantes para la discusión jurídica sobre el fenómeno de la globalización (2005: 6-7). Así, puede hablarse de los siguientes conceptos:

    1. Una globalización informativa o de las comunicaciones, caracterizada por la ruptura de las fronteras físicas traspasadas por la comunicación a través de Internet y también por la eliminación progresiva de las fronteras culturales. El autor sostiene que, aun cuando subsisten grandes diferencias culturales, económicas o religiosas en el mundo, puede rescatarse este valioso aporte de la globalización de las comunicaciones, pues . (Prieto 2005: 6).

    2. Una globalización económica. Algunas de sus características son la existencia de mercados financieros mundiales; la expansión de la inversión extranjera; la ampliación de empresas multinacionales con gran poder económico; la extensión del comercio internacional; la aparición de un mercado de trabajo mundial; la descentralización de las etapas de producción, que permite que las grandes empresas transnacionales realicen parte de su actividad en países que se ven compelidos a adecuar sus normas jurídicas a las necesidades de este mercado altamente móvil, y cuyos agentes buscan el mayor beneficio económico; etcétera.

      Para muchos de los críticos de la globalización, es su enfoque económico --vinculado a la ideología neoliberal-- el mayor culpable de los problemas derivados de esta. Así, se advierte que la lógica del libre mercado se ha trasladado también al ámbito de las funciones tradicionales del Estado. Debido a la presión de los actores económicos (las grandes transnacionales, muchas de ellas con mayor poder económico que los propios Estados en los que desarrollan sus actividades, pero también los organismos internacionales como la OMC, el FMI o el Banco Mundial), se ha producido un debilitamiento de la actividad reguladora (fenómeno de la desregulación), promotora (especialmente en el caso de los derechos sociales) e, incluso, sancionadora del Estado. Para algunos, el poder ha pasado del Estado al mercado global. (2)

    3. Una globalización humana. Caracterizada por fenómenos como el de la migración masiva de sujetos originarios de países pobres (a cuya pobreza hay que sumar, a veces, un contexto de violencia) hacia los países desarrollados o más prósperos. La movilidad de individuos o grupos pertenecientes a culturas diferentes que se asientan en su nuevo hogar, pero que no desean adoptar las costumbres o los valores de este, y, más bien, pretenden mantener las que llevan consigo, plantea cuestionamientos en relación con la tolerancia de algunas de estas formas de vida que, incluso, pueden entrar en contradicción con principios y valores fundamentales del Estado receptor. En otros casos, cuando no se advierte dicha contradicción y la tolerancia se impone ante las nuevas costumbres o creencias, se plantea la disyuntiva entre la neutralidad o la intervención del Estado frente a las demandas de protección e, incluso, promoción de las costumbres o diferencias que caracterizan a ciertas minorías culturales que ven amenazada su supervivencia.

      Dentro del fenómeno de la globalización humana pueden incluirse, también, los proyectos que persiguen el antiguo ideal cosmopolita del individuo ciudadano del mundo. Bajo esta perspectiva, se cuestiona la función que hoy en día cumple el concepto de ciudadanía como vínculo de pertenencia a un Estado y como requisito para el reconocimiento real, no ya meramente nominal, de los derechos (no solo políticos, sino también sociales e, incluso, civiles, como en el caso de la libertad de tránsito dentro del territorio de un Estado).

      Silas características de la globalización son globales, supraestatales omundiales, sus consecuencias y los problemas que conlleva también lo son. Por eso, David Held sostiene que ya no es posible distinguir entre > y >. Hoy en día los problemas se vuelven transfronterizos en muchos aspectos (2001: 39-40). Así, por ejemplo, el daño ecológico, el narcotráfico, las mafias internacionales, la afectación de derechos vía Internet, las armas de destrucción masiva, la pobreza extrema, etcétera, se presentan como realidades que sobrepasan cualquier estrategia estatal de solución. Más aún, desde los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 y a propósito de temas como la seguridad, ya no es posible distinguir entre política interna y política internacional. Como afirma Ferrajoli, actualmente se erige una > (2005: 78).

  2. Los derechos humanos en el contexto de la globalización

    3.1. ¿A más globalización, más derechos humanos?

    Lamentablemente, no. Esa parece ser la respuesta que describe de forma realista lo que acontece en diversos lugares del mundo, donde la globalización, esencialmente su modelo económico neoliberal, ha llegado, pero los derechos humanos no. Así, por ejemplo...

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