Las políticas de competencia: ¿por qué y para qué?

Derecho y economía. El análisis económico de las instituciones legalesRegulación y libre competencia

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Resumen


I. El marco general peruano de protección de la competencia. II. El problema que enfrenta el derecho de la competencia. 2.1 Número de ofertantes en el mercado. 2.2 Barreras de entrada al mercado. 2.3 Inexistencia de bienes sustitutos adecuados. III. Los fines de la legislación de promoción de la libre competencia.. IV. La regla per se y la regla de la razón. 4.1 La regla de la razón. 4.2 La regla per se. V. Control de fusiones, remedios estructurales y barreras burocráticas. 5.1 Control de fusiones y remedios estructurales. a) El tamaño de la economía peruana. b) La falta de experiencia e información en la autoridad peruana.. c) La capacidad del mercado para corregir fusiones o escalas empresariales ineficientes. d) La escasez de recursos y la prioridad en su uso. 5.2 Los Remedios Estructurales: la Facultad de dividir empresas u ordenar la venta de activos. 5.3 Control de fusiones y adquisiciones. 5.4 La eliminación de barreras burocráticas. VI. La evolución del derecho de la competencia y los últimos desarrollos en el Perú.

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Extracto


Las políticas de competencia: ¿por qué y para qué?

La presente sección se basa en el artículo «Las Normas de Protección de la Libre Competencia en el Perú» publicado en Anuario de la Competencia. Fundación ICO. Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales S.A. Madrid. Barcelona. 1999. El autor desea agradecer el aporte de Alejandro FALLA y Christian CHÁVEZ en el desarrollo de esta sección.

Había una vez un rey que, impulsado por las quejas del pueblo sobre el elevado precio del pan (producto de primera necesidad), decidió fijar el precio de este producto en x, es decir, estableció un control de precios. Al día siguiente, los panaderos cambiaron la harina con la que hacían el pan por una de menor calidad, esto los ayudó a reducir costos y a ganar más. Tuvo que darse, entonces, otro decreto por medio del cual se estableció el tipo de harina y la calidad que debía tener el pan; la consecuencia de esta medida fue que los panaderos redujeron el peso del pan para poder ganar más. A raíz de esto, se dio un decreto que determinó cuál debía ser el tamaño y el peso del pan, razón por la cual los panaderos optaron por poner una fruta confitada encima del pan convirtiéndolo así en un pastel, el cual, justamente por no ser pan, estaba libre de todos los controles. El rey no tuvo más remedio que extender la aplicación de las normas regulatorias del peso, precio y calidad del pan a los pasteles; y los panaderos contrarrestaron esta medida creando la regla de que para poder comprar pan era obligatorio comprar también leche, la que no estaba sujeta a controles de precios. Finalmente el rey, perdió la paciencia y estatizó las panaderías.

Si seguimos atentamente la secuencia, es fácil percatarnos de que una vez que el rey decidió dar ciertos pasos le resultó imposible dejar de dar otros. Ese es uno de los problemas que genera una regulación sectorial como la que existe en telecomunicaciones, energía eléctrica, infraestructura de transporte o agua y saneamiento. Crean esta suerte de espiral regulatorio del que no es fácil salir. El derecho de la competencia es una alternativa a esta conducta, que evita caer en el espiral. Es una alternativa porque no apunta al resultado del mercado, sino que se concentra en el proceso. Esta diferencia es esencial porque cuando cometemos el error de pensar que el control del resultado es la opción correcta, asimilamos el derecho de la competencia a las normas de regulación sectorial y con ello lo desnaturalizamos. Las normas de regulación sectorial están diseñadas para asegurar un resultado; cuando de ellas se trata es correcto pensar en tarifas, calidad, estándares, etc. El derecho de la competencia tiene otra finalidad que es proteger el proceso y no el resultado. Sin embargo el Derecho de la Competencia no está libre de caer en la misma espiral en la que cayó el rey de nuestra fábula, y convertirse en una suerte de regulador que distorsione la economía, como veremos más adelante.

El derecho de la competencia es al mercado lo que el sistema electoral es a la democracia. Los procesos de reforma económica se asemejan a los procesos de reforma política. Mientras que los procesos de reforma política democrática requieren, entre otras cosas, del desarrollo de un sistema electoral confiable y transparente que garantice que la voluntad de los ciudadanos va a reflejarse en la elección de las autoridades políticas deseadas por la mayoría, los procesos de reforma económica requieren del desarrollo de un sistema que garantice la confiabilidad y la transparencia de las elecciones económicas de los ciudadanos, tanto empresas como consumidores, es decir que garantice su posibilidad de hacer lo mejor posible para ellos mismos.

Los sistemas que confían en el mercado como asignador de recursos escasos parten del presupuesto de que es la decisión individual la que debe ser asegurada como medio para lograr el bienestar general. La «democracia del mercado» requiere por tanto de una garantía de que las «elecciones» de productos y servicios nos van a llevar a resultados que reflejen la «voluntad popular» de los consumidores.

Los sistemas electorales, en lo político, son considerados justos no precisamente por el sentido de sus resultados, sino por la transparencia con la que dichos resultados se obtienen. Un sistema es democrático no porque elige al mejor gobernante, sino por que elige al que la mayoría quiso elegir. De la misma manera un sistema de mercado debe de ser considerado justo no por sus resultados concretos, por el éxito de un producto sobre otro, sino porque estos resultados reflejen las preferencias concretas de los consumidores. No se trata de juicios de valor sobre lo que se decide, sino de la posibilidad de elegir libremente como valor en sí mismo. De allí se deriva el grado de institucionalización: de la confianza que despierta en los ciudadanos como sistema transparente, que trata igual a las personas y en el que a cada uno se le permite hacer...

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