RESOLUCION N° 010-2014-RD LIMA-ESTE-ROP/JNE - Inscriben a la organización política local distrital “Trabajando Juntos por San Isidro”, en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones

Fecha de disposición05 Julio 2014
Fecha de publicación05 Julio 2014
El Peruano
Sábado 5 de julio de 2014
527064
serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional
de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO VEGA LUNA
Defensor del Pueblo (e)
1106348-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Inscriben a la organización política
local distrital “Trabajando Juntos
por San Isidro”, en el Registro de
Organizaciones Políticas del Jurado
Nacional de Elecciones
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
RESOLUCIÓN
Nº 010-2014-RD LIMA-ESTE-ROP/JNE
Lima, 2 de julio de 2014
VISTA, la solicitud de inscripción presentada por
el ciudadano Jorge Jaime Deza Pineda, personero
legal titular de la organización política local distrital:
“TRABAJANDO JUNTOS POR SAN ISIDRO”, del distrito
de San Isidro, provincia y departamento de Lima.
CONSIDERANDO:
El 08 de mayo de 2014, el ciudadano Jorge Jaime
Deza Pineda solicitó la inscripción en el Registro
de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de
Elecciones de la organización política local distrital
TRABAJANDO JUNTOS POR SAN ISIDRO, del distrito
de San Isidro, provincia y departamento de Lima.
Revisada la solicitud y sus anexos, se advierte que estos
cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 17º
de la Ley Nº 28094, esto es: I) Relación de adherentes en
número no menor del 3% de los ciudadanos que sufragaron
en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la
circunscripción en la que la organización política desarrollará
sus actividades, conforme establece la Resolución Nº
0662-2011-JNE; en tal sentido, la Gerencia de Registro
Electoral del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado
Civil – RENIEC, informó a este Registro que se declararon
válidas 1,851 f‌i rmas, cantidad que superó las 1,736 f‌i rmas
necesarias para tal efecto; y, II) Actas de constitución de
comité en el distrito de San Isidro, suscrita por un mínimo de
50 af‌i liados debidamente identif‌i cados.
Adicionalmente, la organización política presentó
un acta de fundación, que contiene la denominación,
el domicilio legal, nombramiento de apoderado,
representante legal y personeros legales y técnicos, así
como el órgano directivo con las personas que lo integran
así como la aprobación de un ideario con los principios,
objetivos y la visión del distrito de San Isidro.
Con fecha 24 de junio de 2014, se publicó en el Diario
Of‌i cial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción
a efectos que cualquier persona natural o jurídica ejerza
su derecho de formular tacha contra la referida solicitud,
conforme señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; en ese
sentido, mediante comunicación recibida el 01 de julio de
2014, la Of‌i cina de Servicios al Ciudadano informó que
no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de
inscripción dentro del plazo de ley.
Es importante señalar que, las organizaciones
políticas se constituyen por iniciativa y decisión de
sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos
establecidos en la ley se inscriben en el Registro de
Organizaciones Políticas.
Estando a las consideraciones expuestas y de
conformidad con las funciones conferidas por Ley al
Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional
de Elecciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de
Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de
Elecciones a la organización política local distrital
TRABAJANDO JUNTOS POR SAN ISIDRO, del distrito
de San Isidro, provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Abrir la partida registral en el
Libro de Organizaciones Políticas Locales, Tomo 21,
Partida Electrónica número 26 y regístrese la inscripción
en el asiento número 1.
Artículo Tercero.- Téngase acreditados como
personeros legales, titular y alterno, a los ciudadanos
Jorge Jaime Deza Pineda y Luis F Masias Bustamante,
respectivamente.
Regístrese y notifíquese.
DAVID ROBERTO ALEJANDRO
ORDOÑEZ ABANTO
Registrador Delegado del Registro de
Organizaciones Políticas - Lima Este
1105535-1
Inscriben a la organización política
local distrital “Contigo Agustino”, en
el Registro de Organizaciones Políticas
del Jurado Nacional de Elecciones
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
RESOLUCIÓN
Nº 012-2014-RD LIMA-NORTE-ROP/JNE
Lima, 3 de julio de 2014
VISTA, la solicitud de inscripción presentada por el
ciudadano Víctor Miguel Rodríguez Flores, personero legal
titular de la organización política local distrital CONTIGO
AGUSTINO del distrito de El Agustino, provincia y
departamento de Lima.
CONSIDERANDO:
El 9 de mayo de 2014, el ciudadano Víctor Miguel
Rodríguez Flores solicitó la inscripción en el Registro
de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de
Elecciones de la organización política local distrital
CONTIGO AGUSTINO del distrito de El Agustino, provincia
y departamento de Lima.
Revisada la solicitud y sus anexos, se advierte que
éstos cumplen con los requisitos establecidos en el artículo
17 de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Políticos, esto es:
I) Relación de adherentes en número no menor del 3% de
los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de
carácter nacional, dentro de la circunscripción en la que la
organización política desarrollará sus actividades, conforme
lo establece la Resolución Nº 0662-2011-JNE; en tal sentido,
la Gerencia de Registro Electoral del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil – Reniec, informó a este Registro
que se declararon válidas 3,578 f‌i rmas, cantidad que superó
las 3.554 f‌i rmas necesarias para tal efecto; y, II) Acta de
constitución del comité distrital, suscrita por un mínimo de 50
af‌i liados debidamente identif‌i cados.
Adicionalmente, la organización política presentó
un acta de fundación, que contiene la denominación,
el domicilio legal, nombramiento de apoderado,
representante legal y personeros legales y técnicos, así
como el órgano directivo con las personas que lo integran
así como la aprobación de un ideario con los principios,
objetivos y la visión del distrito de El Agustino.
El 25 de junio de 2014, en el diario of‌i cial El Peruano,
se publicó la síntesis de la solicitud de inscripción, a
efectos que cualquier persona natural o jurídica ejerza
su derecho de formular tacha contra la referida solicitud,
conforme señala el artículo 10 de la Ley Nº 28094, Ley de
Partidos Políticos; en ese sentido, mediante comunicación,
de fecha 3 de julio de 2014, la Of‌i cina de Servicios al
Ciudadano informó que no se ha presentado tacha alguna
contra la solicitud de inscripción dentro del plazo de ley.
Asimismo, en la of‌i cina registral de Lima Norte, tampoco
se ha presentado solicitud de tacha contra la solicitud de

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