Adecuación del derecho de daños peruano a las particularidades del daño ambiental: los residuos sólidos peligrosos

AutorLorenzo de la Puente Brunke (Perú)
Páginas21-42
Adecuación del derecho de daños peruano a las particularidades del daño ambiental
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ADECUACIÓN DEL DERECHO DE DAÑOS PERUANO
A LAS PARTICULARIDADES DEL DAÑO AMBIENTAL:
LOS RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS
LORENZO DE LA PUENTE BRUNKE
Socio del Estudio De la Puente Abogados
RESUMEN: El Derecho de daños peruano, además de estar expresado en el Código Civil
de 1984, tiene manifestaciones en la Ley General de Residuos Sólidos del 2000 y en la Ley
General del Ambiente de 2005. Manifestaciones de elementos nuevos en el Derecho peruano
que requieren, todavía, de desarrollo legislativo, así como de precisiones por nuestros tribunales
y profundo desarrollo doctrinario. El texto analiza las disposiciones del artículo 23 de la Ley
General de Residuos Sólidos, la primera norma que ha desarrollado las disposiciones que
sobre responsabilidad civil extracontractual contiene el Código Civil peruano, modulándolas
para que respondan mejor a los retos que el daño ambiental les impone.
Palabras clave: Daño ambiental / Responsabilidad civil extracontractual / Residuos
sólidos peligrosos / Prescripción
TITLE: Adequacy of the peruvian law of damages regarding the particularities of envi-
ronmental damage: hazardous solid waste.
ABSTRACT: The Peruvian Law on Damages, in addition to being expressed in the Civil
Code of 1984, is also manifested in the General Law for Solid Waste of 2000 and in the Ge-
neral Law of the Environment of 2005. These are manifestations of new elements in Peruvian
Law that still require legislative development, as well as precisions by new tribunals and a
deep doctrinal development. This text analyzes the provisions of article 23 of the General Law
for Solid Waste, the first rule that has developed the provisions contained by the Peruvian
Civil Law regarding extra-contractual civil liability, modulating them to better respond to the
challenges presented by environmental damage.
Keyword: Environmental damage/ Civil non-contractual Liability/ Hazardous Solid
Waste/ Statute of Limitations
Lorenzo de la Puente Brunke
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I. INTRODUCCIÓN
El Derecho de daños peruano, además de estar expresado en el Código Civil
de 1984, tiene, desde el 2000, manifestaciones peculiares en la Ley Nº 27314,
Ley General de Residuos Sólidos (en adelante LGRS). Estas peculiaridades
tienen que ver con la responsabilidad extracontractual por daños al ambiente en
el manejo1 de los residuos sólidos peligrosos.
Introducidas en el Derecho peruano, las disposiciones de la LGRS generan
dudas y plantean problemas aún no resueltos. Por ello, esta primera expresión de
la responsabilidad civil extracontractual en materia ambiental requiere, pues, de
mayor desarrollo legislativo, así como de precisiones por los tribunales y de un
profundo desarrollo doctrinario.
Con este texto pretendemos analizar las disposiciones del artículo 23 de la
LGRS2 y, para ello, nos serviremos de algunas disposiciones del Código Civil,
de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente (en adelante LGAMB); al igual
que de la legislación comparada y de algunas sentencias nacionales y extranjeras.
Sin embargo, tal como lo veremos más adelante, hay que tener presente que la
interpretación del sentido de estas disposiciones estaría incompleta si no acudié-
ramos a los principios generales del Derecho ambiental.
II. UNIDAD DEL DERECHO DE DAÑOS PERUANO
Nuestra participación en casos relativos a la responsabilidad por daños al
ambiente nos ha demostrado que ésta, aunque con características peculiares, no
deja de responder a las instituciones y principios del Derecho de daños peruano.
Es decir, expresado en el Código Civil de 1984, en la LGAMB o en la LGRS, el
Derecho de daños rige, sin desprenderse de sus raíces, cada una de estas mani-
festaciones del derecho positivo. La aplicación, pues, de las normas ambientales
para la solución de tales casos, nos confirma que siempre hay que volver a las
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